Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Joaquín Ildefonso de Torquemada, vecino de dicho pueblo, para que lo obligue como principal fiador y pagador de los diezmos de esta doctrina y Coatepec, los cuales pagará en los tiempos y plazos que le indiquen.
COATEPEC, DOCTRINA DE
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Don Antonio Vázquez Ruiz, dueño de una hacienda de labor en la jurisdicción de Jalapa, de donde es vecino, otorga poder especial a don Clemente de Lafragua, vecino de la Ciudad de Puebla, a través del cual se obliga como principal deudor y fiador a favor del arrendamiento de los diezmos de las doctrinas de Jalapa y Coatepec, que han recaído sobre don Miguel Cardeña, vecino en este pueblo de Jalapa.
Don Laureano Fernández de Ulloa, con poder especial que le confirió a don Joaquín Ildefonso de Torquemada, para cobrar los diezmos de esta Doctrina de Jalapa y Coatepec, pero habiendo fallecido Joaquín, el otorgante señala, le solicitó a don José de Torquemada, hijo de dicho difunto, le siga dejando en la cobranza de dichos diezmos, por lo que dicho Laureano otorga poder especial al Licenciado Juan de Lucena, Clérigo Presbítero de los Ángeles, para que lo obligue como fiador del Licenciado José de Torquemada, ratificando de esta manera el poder que tenía de dicho Joaquín.
Don Juan Miguel Rebolledo, vecino del pueblo de Coatepec y dueño de una hacienda de ganado mayor en el mismo lugar, otorga poder especial a don Clemente de Lafragua, para que lo obligue como principal deudor y fiador a favor del arrendamiento de los diezmos de las doctrinas de Jalapa y Coatepec, que han recaído sobre don Miguel Cardeña, vecino del pueblo de Jalapa.