Don Javier Arias y don Lorenzo Fernández, de esta vecindad, mayores de veinticinco años de edad, han convenido en formalizar una compañía para el giro y manejo de la hacienda de Zimpizahua, propiedad del primero, la cual está situada en la jurisdicción del pueblo de Coatepec de este partido, bajo los términos y 24 condiciones que se mencionan, entre las cuales destacan las siguientes: 1.ª El capital que pone Arias es la hacienda de Zimpizahua con sus campos de caña, fábricas, máquinas, aperos, enseres y todo lo demás que exista. 2.ª El capital que pone Fernández será el de su industria y trabajo personal, comprometiéndose en proporcionar sin interés alguno el dinero necesario para las rayas de la misma finca en el tiempo que esté parada, con la condición que deberá reembolsarse de las anticipaciones que haya ahora con los productos de la misma hacienda. 3.ª La compañía será por el término de 3 años, con avalúo el primer año, y si no conviene a uno u otro, podrán separarse sin cumplir los tres años. Y habiendo oído y entendido el contenido de esta escritura otorgan que la aprueban, con firmar y ratificar el contrato de la compañía que tienen celebrado, obligándose como se obligan a su exacta observancia y a cumplir cada uno lo que le corresponde.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO NACIONALCOATEPEC, JURISDICCIÓN DE
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MX UV.USBIX ANX-P-0096-PX_0096_0052
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Unidad documental simple
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1838/12/20
Parte de Archivo Notarial de Xalapa