El Presbítero don José de Castro, de esta vecindad, dijo que el ciudadano Juan Acosta a nombre de doña Feliciana Segovia le ha entregado la cantidad de 400 pesos para cubrir igual suma que el comparente le franqueó a la Segovia a virtud de escritura otorgada en esta villa, con hipoteca especial de una casita baja, ubicada en esta villa a la calle de San Francisco de Paula; y como enteramente pagada de ese crédito el comparente formaliza a favor de la Segovia el más amplio y eficaz recibo de la suma.
Sem títuloCALLE DE SAN FRANCISCO DE PAULA
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Francisco Antonio Ortiz, de esta vecindad, y su esposa Antonia de la Trinidad Domínguez, otorgan que venden, ceden y traspasan realmente en favor del presbítero don José Policarpo Rodríguez, también de esta vecindad, una casita de paredes, cubierta de madera y teja, situada en esta villa, en la callejuela que nombran de San Miguel, que es la que atraviesa de la primera cuadra de la de San Francisco de Paula para el barrio de los Berros, y se compone de 21 y media varas de frente hacia el oriente, y del otro lado, casa y solar del finado don Antonio Bremón, y 20 de fondo hacia el poniente, por donde linda con solar y juego de bochas que fue del finado José Arrieta, por el costado del norte, linda con el del casa que fue de don Juan Antonio Larriba, y por el del sur, con el confín del callejón de la Cerbatana y del otro lado paredes y huerta del difunto don Antonio Gomila y esposa doña Antonia Amaya. Cuya deslindada casita es la misma que la madre de la segunda María de Jesús Heredia hubo y compró del presbítero don José Balboa, cura que fue propietario de la parroquia de San José de la Laguna, por el año de 1780. Y es la que ahora la vende por la cantidad de 100 pesos en reales de contado de que otorga recibo en forma.
Sem títuloDoña Agustina [de] Zárate, y el Presbítero José María Tavera, viuda e hijo, albaceas de don José Antonio Tavera, dijeron que el finado quedó debiendo varios picos a don José Antonio de la Peña, Regidor Perpetuo Alférez Real, en su particular y como albacea de don José Antonio Liñeiro y de don Juan Gómez de Estrada, su padre político, que todos ascienden a la suma de 2 600 pesos 6 y 7 octavos reales, y como no dejó otros bienes con que satisfacer esta suma el acreedor ha querido beneficiarlos, por lo que se le otorga la correspondiente obligación con hipoteca de la casa que fue de su morada, ubicada en la Calle de San Francisco de Paula.
Don José Mariano González de Castro, Presbítero domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta Villa, en representación de los derechos de la Casa de Ejercicios Espirituales que se está fabricando en esta Villa, en la segunda cuadra de la Calle de San Francisco de Paula, vende al Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa y a doña María Josefa Vieyra, viuda y albacea del finado don Manuel del Valle, la porción de agua corriente que hay en dicha casa, por iguales partes para los susodichos, cuya cantidad de agua se midió en el mes de febrero arrojando como resultado 14 y medio cuartillos comunes por minuto. Cuya agua vende en precio de 500 pesos, 250 pesos cada uno.
El Bachiller José María Torquemada, Presbítero de esta vecindad, otorga que vende a José de Silva, vecino de esta Villa de Xalapa, una casa de vivienda de edificio bajo, con 12 y media varas de frente y 42 y media de fondo, cuya casa esta situada en la calle de San Francisco de Paula con la que hace frente al norte y del otro lado casas de don Felipe Montiel, al oriente linda con casa y solar de Manuel el Isleño, por el fondo, al sur, con solar de la casa de don Pedro Cruz, y al poniente con casa de los herederos de Bernabé Vázquez. La vende por precio de 300 pesos.
Doña Feliciana Segovia, vecina de Veracruz y residente en este suelo, otorga poder especial a don Juan Acosta, de esta vecindad, para que representando su persona, otorgue a favor del presbítero don José de Castro escritura de venta de una casa propia, ubicada en esta villa, en la primera calle de San Francisco de Paula, cuyos linderos están expresados en la escritura a favor de dicho presbítero, por 400 pesos que le ha franqueado con hipoteca de la relacionada casa y le ha de satisfacer en el plazo de seis meses que deben cumplirse el 26 de noviembre de este presente año, siendo condición que si pasado ese día no hubiese tenido efecto la solución de esa suma, en el siguiente que será el 27 próximo ceda la extensión de la escritura de venta por el nominado don Juan Acosta, a quien ha facultado competentemente para que la otorgue a nombre de la relacionante, por el precio de 536 pesos 7 reales 4 granos en que desde ahora queda pactada, recibiendo de la demasía que debe enterar el Presbítero Castro.
Sem títuloDon José Rivera, Sargento Primero de Granaderos del Regimiento de Infantería de la Corona de Nueva España, residente en esta Villa, otorga que ha recibido del Presbítero don Manuel María de Neira, Capellán Párroco del Primer Batallón del mismo regimiento, la cantidad de 1,000 pesos; cuya suma se obliga a satisfacer en el término de un año, y para seguridad del principal hipoteca, sujeta y grava una casa de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, que posee en esta Villa, en la última cuadra de la Calle de San Francisco de Paula.
Doña Feliciana Segovia, vecina de Veracruz, residente en este suelo, dijo que el Presbítero don José de Castro le ha franqueado la cantidad de 400 pesos en plata efectiva y moneda corriente, con la calidad de que se los ha de satisfacer en el plazo de seis meses que comenzaron a correr y contarse desde el día 26 del mes actual; que al seguro de este adeudo le ha de hipotecar una casa que posee por suya propia en esta villa a la calle de San Francisco de Paula; que en el evento de no verificarse el pago al plazo señalado se ha de quedar dicho presbítero con la expresada finca por el precio de 536 pesos 7 reales y 4 granos, que son las dos terceras partes del valúo, dando ese caso el padre los 136 pesos 7 reales y 4 granos de la demasía y pagando además los costos de escritura, siendo de la cuenta de la vendedora el pago de la alcabala que se cause; entendiéndose que se ha de tener por verificada dicha venta tan luego como vencido el plazo no se haya hecho devolución de los 400 pesos. Y reduciendo a efecto por el presente la nominada doña Feliciana Segovia otorga que tiene recibida del Presbítero don José de Castro la cantidad de 400 pesos, de cuya suma le formaliza el más amplio y eficaz recibo; obligándose a satisfacerle esa cantidad al repetido Presbítero en el preciso plazo de seis meses.
Sem títuloDoña Rafaela Josefa Salvo, don Juan Francisco Noriega y don Dionisio Ángel Salvo, albaceas testamentarios de la difunta Petra Antonia Bonilla, madre de la primera y el último, manifestaron que la expresada difunta celebró la venta de un solar y a consecuencia de este contrato, se otorgaba la correspondiente escritura, y el comprador puso en poder de don Manuel de Allen en clase de Depósito el importe de su valor, del cual ha sido preciso hacer uso para los gastos de la enfermedad y entierro de la mencionada difunta en la Puebla de los Ángeles, como para el regreso de su familia a esta Villa; por todo lo cual están en obligación de proceder al otorgamiento de la escritura de venta del mencionado solar en virtud del citado cargo que tienen, por lo que otorgan que venden al Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, Clérigo Domiciliario, vecino de esta Villa, un pedazo de solar, cubierto en partes de paredes, en el que hubo un edificio que sirvió de troja, que poseía la indicada difunta en la Calle de San Francisco de Paula, y baja para la tenería del difunto don Luis de Zárate.
Don Juan Pardo, vecino y del comercio de esta Villa, ha recibido del Presbítero don Gregorio Fentanes, Cura por Su Majestad de esta Villa, 600 pesos en calidad de depósito irregular por 9 años, obligándose a pagar 5% de réditos anuales. Como seguro de los 600 pesos y sus réditos hipoteca una casa, ubicada en la Calle de San Francisco de Paula de esta Villa.