Don José Joaquín Martínez y Vázquez, albacea de su hermano don José Lino Martínez y Vázquez, difunto, otorga que ha recibido de la testamentaria de su hermano la cantidad de 1 200 pesos en el valor de algunas fincas pequeñas, que su heredera doña María Dolores Martínez, le adjudicó con el fin de que dicha cantidad quede asegurada en todos los bienes raíces del otorgante y por vía de depósito irregular para cumplir con la voluntad del mencionado su hermano, que es la que consta en los autos de la materia, prometiendo devolver dicha cantidad en cinco años y en el ínterin los réditos de 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad, hipoteca todos sus bienes, que se reducen a una casa y solar en la calle de Cantarranas de esta ciudad, en un terreno llamado la Loma, situado en sus inmediaciones, con un solar al pie.
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José Lino Martínez, natural y vecino de esta Villa, soltero, mayor de cincuenta años, hijo de Manuel Martínez y de Josefa Rosalía Vázquez, otorga su testamento, declara que por herencia de su padre le tocó una casita con solar de ciento y pico de varas ubicada en la Calle de Cantarranas; tiene otra casita que también le dejó su padre, ubicada al confín de la Calle de la Pila de San Cristóbal, ésta última la deja a su hija natural María Dolores Martínez, de estado doncella, y en el remanente de sus bienes nombra como heredera y albacea a su madre.
Josefa Rosalía Vázquez, natural y vecina de esta villa, hija legítima de Tomás Joaquín Vázquez y de Bonifacia Josefa Jordano, ambos difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casada con Manuel Antonio Martínez, a cuyo matrimonio ninguno de los dos llevó nada de bienes ni caudal alguno, procrearon a varios hijos, de los cuales existen solamente José Lino, María Concepción, Ana Josefa, José Joaquín, José Hipólito, Juan José, María Nicolasa y María Magdalena Martínez y Vázquez; habiendo dejado sucesión los tres difuntos Julián José, Vicencia Alfonsa y María Gertrudis Martínez y Vázquez. Declara que es albacea de su marido junto con su hijo José Lino, que es quién ha manejado la testamentaria e intereses de ella, y quién formará el inventario de los bienes. Declara por bienes proindiviso el rancho nombrado Camotepec; el terreno que está a la espalda de su casa que llaman la Loma; la casa esquina en la calle de Cantarranas y confín de la de San Cristóbal, afecta ésta a 200 pesos de dos memorias de misas por el referido su marido; la troje y terreno que le pertenece contiguo a esta casa. Nombra albaceas, fideicomisarios y tenedores de bienes a sus hijos José Lino y José Joaquín Martínez, a los dos de mancomún, pero con la intervención de don José Mariano Lucido, de esta vecindad. Y por únicos y universales herederos a todos sus hijos, en unión de los hijos de sus difuntos hermanos, Julián José, Vicencia Alfonsa y María Gertrudis, lo hallen y hereden por partes iguales.
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