Don Juan José y doña Mariana de Ledezma, de esta vecindad, otorgan que venden, ceden y traspasan realmente en favor de don Guillermo de Espino, una casita de paredes, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta villa, haciendo esquina al confín de la calle que nombran de la Pila de San Cristóbal y la de Cantarranas que atraviesa al arruinado molino de don José María de Goiri, que se compone de 19 y media varas de frente que lo hace a la primera hacia oriente y del otro lado casa arruinada del difunto don Miguel Viveros; y 32 de fondo por el rumbo del poniente, por donde linda con terreno que fue de Ana González; por el costado del norte linda con el de casa y solar de doña Andrea Dorotea Hernández; y por el del sur hace otro frente a la calle de Cantarranas y del otro lado cada de los herederos de don José Francisco Rivera. Cuya deslindada casita es la misma que a expensas fabricaron sus padres don Pascual de Ledezma y doña María Antonia del Castillo, en parte de terreno que ésta adquirió por muerte de los suyos. La venta la hace por el precio de 300 pesos al contado.
Sans titreCALLE DE CANTARRANAS
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María Hernández y Marín, vecina de esta villa, de estado libre, mayor de veinticinco años de edad, otorga poder a don Estanislao Rebolledo, de esta vecindad, para que en su nombre y representación se encargue de la administración y manejo de una casa en esta villa, en la calle que baja para las Locerías o la de Cantarranas, la cual arriende, empeñe o enajene del todo según mejor convenga.
Sans titreDon José María de Goiri, de esta vecindad, otorga que vende en favor de don Juan Gil Franco, también de esta vecindad, un pedazo de solar eriazo, ubicado en esta villa, haciendo esquina en la segunda cuadra de la callejuela que nace en la de San Cristóbal, para el costado del arruinado cuartel de Santiago y otra que nace en la plazoleta de las gradas de San Francisco, para la huerta del vendedor y calle de Cantarranas; que se compone de 33 y media varas de frente, hacia el norte en la primera calle y del otro lado casa de don José Cristóbal Capetillo; y 35 varas de fondo hacia el sur, por donde linda con terreno de Pablo Romero, por donde acaba con una cuchilla que hace 4 varas, más ancho que en el frente; por el costado del oriente, linda con terreno del vendedor y por el del poniente a la otra callejuela y terreno y casita del que compra. Cuyo deslindado terreno es una remota parte del que hubo por muerte de su padre don Manuel de Goiri, quién lo compró de los bienes del difunto don Francisco Maniau, en esta villa a 11 de octubre de 1807. Lo vende en precio de 70 pesos, los cuales declara haber recibido en reales de contado.
Sans titreDon José María de Goiri, de este comercio y vecindad, otorga que vende, cede y traspasa en favor de Francisco María de Paula Andrade, también de esta vecindad, un pedazo de solar eriazo en que este tiene su casita, ubicado en esta villa, que se compone de 41 varas de frente que lo hace hacia el norte, en la callejuela que nace en el costado del cuartel de Santiago para el oriente y del otro lado terreno de los herederos de don Baltazar Nava; y 28 de fondo, al sur, por donde hace otro frente a otra callejuela confín de la que nombran de Cantarranas y del otro lado huerta y hortaliza del otorgante; por el costado del oriente, linda con terreno del mismo Goiri; y por el del poniente, con el de don Juan Gil Franco. Cuyo terreno, es una remota parte del que heredó por fallecimiento de su padre don Manuel de Goiri, quién lo hubo y compró de los bienes del finado don Francisco Maniau, por escritura pública en esta villa a 12 de octubre de 1806. Lo vende en precio de 100 pesos, que declara haber recibido en reales de contado.
Sans titreDon José María Gómez, de esta vecindad, otorga que vende a María del Rosario Urrutia, un pedazo de terreno eriazo para fabricar que tiene en esta villa en la callejuela que nace de la pila de San Cristóbal para el costado del arruinado de Santiago, en la segunda cuadra, a la que hace frente hacia el norte con 16 y media vara, y del otro lado el solar y casa de don Mariano Antonio Nava; por su fondo al sur va a hacer otro frente al confín de la calle de Cantarrana, y del otro lado la huerta y baños de don José María de Goiri, con quien también linda por el costado del poniente; y por el del oriente con casa y terreno de don Juan Gil Franco; cuyo pedazo de terreno es el mismo que hubo y compró del citado don José María de Goiri el 13 de septiembre de 1825; y el que ahora vende en precio de 60 pesos.
Sans titreDon Francisco Blanco, del comercio de Puebla, don Ramón y don Vicente Gómez, hermanos, de esta vecindad, dijeron: que tienen celebrada una contrata bajo las capitulaciones siguientes: 1.ª Que don Francisco Blanco les franquea a los Gómez la cantidad de 1 000 pesos y se compromete a que en no habiendo falta alguna, por parte de éstos, les fomentará con otros 300 o 400, cuando ya hayan abonado igual o mayor suma en el efecto que más adelante va a explicar, pues antes de que hayan hecho semejante abono no estará obligado Blanco a fomentar con cantidad alguna. 2.ª Que los expresados 1 000 pesos han de ser satisfechos con suelas de buena calidad y de ocho pies arriba, de las que estos benefician en su curtiduría de esta villa, abonándose por cada suela el valor de 5 pesos, cuatro reales. 3.ª Que no han de poder los Gómez vender a otra persona ninguna de las suelas que beneficien en dicha su curtiduría. 4.ª Don Francisco Blanco ha de recibir aquí las suelas y conducirlas de su cuenta a Puebla, si alguna vez hubiera falta en la entrega por defecto de los Gómez, le satisfarán éstos a aquel los perjuicios. 5.ª Que, para garantizar los expresados 1 000 pesos, los Gómez han de hipotecar dos casas que poseen en la calle de Cantarranas, de esta villa. Dicha hipoteca se ha de entender por cualquier suma que en liquidación de cuentas resulte contra los Gómez. Finalmente don Ramón y don Vicente Gómez formalizan el correspondiente instrumento público de los relacionados 1 000 pesos; y los referidos Gómez, en cumplimiento de lo referido, hipotecan dos casas ambas con su frente al norte y contiguas, lindando la de don Vicente por oriente por casa de don José Francisco Díaz y Torres y por el sur con terreno de la señora viuda de don José Francisco Rivera; y la de don Ramón linda por oriente con casa de don José Joaquín Martínez y Vázquez, y por el poniente con la de don Vicente y por la espalda que es el sur con solar de dicho Martínez.
Sans titreDoña María Josefa Camarillo, viuda y albacea de don Joaquín Martínez, dijo que por bienes de dicho finado existe un sitio en la calle que de la de Cantarranas guía para la Alameda, con 8 y media varas de frente al norte en la línea de la calle, cuya latitud de frente se va ampliando hasta componer 28 varas en el fondo, y teniendo hasta él, longitud 38 varas, lindando por el oriente con casa de Bernardino Fontechy, por poniente con casita de la testamentaria de dicho finado, y por el sur con una zanja de agua. En dicho sitio, hay unas paredes y ruinas de oficinas que fueron tenería, y por urgencia de la familia, se vió en la necesidad de enajenar ese fundo, el cual le tiene vendido a don Narciso Aguilera, el sitio, paredes y ruinas de tenería en precio de 160 pesos, que ya tiene recibidos.
Sans titreJosé de la Encarnación Bello, de esta vecindad, marido que fue de la difunta María Manuela Güette, dijo que su difunta esposa adeudaba al finado don José Francisco Rivera, que fue de esta misma vecindad, la cantidad de 64 pesos por medio de una obligación o fianza a la que se constituyó por su primer marido; y no habiendo dejado aquella heredero alguno ascendente ni descendiente, el compareciente ha deliberado, enajenar la casa que adelante se hará mención, hipotecada a estos créditos, para liberarse de los reclamos que le hacen. Por tanto, ha convenido con los herederos del acreedor la enajenación de dicha casa. Y reduciéndolo a efecto otorga que vende en favor de los herederos de don José Francisco Rivera, una casita que es de paredes, de edificio bajo, cubierta de madera y teja, situada en esta villa, en la última cuadra de la calle que nombran de Cantarranas a vuelta a la derecha del confín de la de San Cristóbal, que se compone de 10 y cuarta vara de frente, que lo hace en dicha calle hacia el sur, y del otro lado casitas y terreno que quedó por bienes del mismo Rivera, y 46 de fondo, incluso un pedazo de solar, que lo hace al norte, por donde linda con terreno que fue del finado don Francisco Javier Sáenz de Santa María, por el costado del oriente, linda con el de casa que fue del difunto Pascual de Ledezma y por el del poniente, con casa de madera de Trinidad Rivera y Viveros. Cuya deslindada casita es la misma que la referida su esposa por conducto de don Mariano Cadena, hubo y compró a Francisco Antonio Campos de esta vecindad, su fecha el 4 de octubre de 1811. La venta la hace por el precio de 100 pesos, 64 de ellos, que se adeudaban y los 36 restantes le han dado y pagado a la viuda e hijos de Rivera en reales de efectivo.
Sans titreDon José María de Goiri, de este comercio y vecindad, otorga que vende, cede y traspasa en favor de don Juan Gil Franco, también de esta vecindad, un pedazo de terreno eriazo que tiene en esta villa, en el barrio bajo del Molino, que se compone de 32 varas de frente hacia el norte, en la callejuela que nace a la vuelta de la pila de San Cristóbal, a la espalda de la huerta del convento de San Francisco y sigue hasta el costado del arruinado cuartel de Santiago, y del otro lado, en su segunda cuadra casa de don Mariano Antonio Nava y una plazoleta que forman las bocas de otras dos callejuelas que allí vienen a parar, una que nace en la calle de Santiago y la otra en las gradas del cementerio de San Francisco, por el rumbo del poniente; con 68 varas de fondo, por donde linda con otra callejuela con fin de la Cantarranas y del otro lado huerta u hortaliza del vendedor, por el costado del oriente hace esquina y otro frente en la calle naciente de las gradas del citado cementerio que confina con dicha huerta y del otro lado con terreno de su pertenencia, con quién linda del mismo modo por el costado del poniente. La venta la hace en cantidad de 120 pesos en reales de contado.
Sans titreNicolás y José María Aguilera, y sus hermanas Mariana y Juliana, los tres primeros libres de ajena administración y mayores de edad, y la última casada con el ciudadano Francisco Borja Lotina, vecinos todos de esta ciudad, dijeron que por fallecimiento de sus padres quedó una casita de rajas con cubierta de madera y teja, ubicada en esta misma ciudad a la calle que se nombra de Cantarrana, y el sitio en que está formada, el cual tiene 11 y tres cuartas varas de frente que lo hace al sur, y 44 y una tercia varas de fondo al norte por cuyo rumbo linde con solar del ciudadano Francisco Santa María, por oriente con casa del ciudadano Juan Benítez, y por poniente con casa del ciudadano José Francisco Rivera. Que el expresado sitio y casita se le ofreció en venta al nominado ciudadano Juan Benítez por el referido Nicolás Aguilera y por la madre, siempre que al vencimiento de un año que comenzó a correr en 15 de mayo de 1833 no le hubiese podido satisfacer Aguilera a Benítez lo que pactaron ministrase para alimentos y entierro de la madre, debiendo verificarse la venta en 155 pesos, según consta del documento que formalizaron en la expresada fecha. Que habiendo cumplido Benítez con los suministros y vencido el año sin podérsele satisfacer, es llegado el caso de realizar la venta; que a más de los comparentes hay otros dos hermanos que lo son José Mariano [Aguilera] ausente y María Liberata [Aguilera] demente; y que en razón a no quedar casi ningún resto del precio de la casa pues todo se invirtió en los alimentos y entierros de la madre, omiten toda gestión relativa al poder que pudiera otorgar José Mariano y al nombramiento de curador de María Liberata, pues carecen de recursos para hacer esos gastos y que por otra parte no son necesarios en razón de que casi no se hace otra cosa que realizar o ratificar la venta que propalo la relacionada madre de los comparentes, y de que como queda dicho se invirtió en ella misma la ministrada por Benítez; que de consiguiente no restando otra cosa más que la extensión de la escritura, otorgan que desde ahora para siempre le venden realmente al prenotado Juan Benítez el sitio que queda deslindado y la casita de rajas en precio de 155 pesos que tiene ya entregado el comprador.
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