El Capitán José Antonio de la Pedreguera, vecino y del comercio de Jalapa, apoderado de don Juan Antonio de Neira, doña Ana Tovar y doña María de la Luz Tovar, doncellas mayores de 25 años, vecinos de la Ciudad y Corte de México, otorga que vende a doña Ignacia Gertrudis Morales, doncella mayor de 25 años, una casa de piedra y lodo techada de tejas ubicada en la calle de Belén con la que hace frente hacia el oriente, y del otro lado con casas de don Pedro Gorrindo Palomino, al poniente con solar del Bachiller Juan Bernardo Díaz Mier y al norte con casas de doña Juana Antonia Robledano. La venta se hace en 600 pesos de oro común.
CALLE DE BELÉN
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Doña Ignacia Gertrudis Morales, doncella mayor de 25 años, vecina de Jalapa, otorga que ha recibido del señor Alonso José Gatica, Cura Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de la antigua parroquia de este pueblo, 100 pesos en calidad de depósito irregular por tiempo y espacio de 9 años, obligándose a contribuir con 5 pesos de premio anuales y para su seguro pago, hipoteca su casa que tiene en la calle de Belén entre las casas de doña Juana Antonia Robledano y las de don Pedro Gorrindo Palomino.
Don José de Herrera y Campo, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Bernardo Antonio de Herrera y Campo, residente en la Ciudad de México, para que obligue en especial y expresa hipoteca, la casa del otorgante, en la cantidad que le quiera prestar, dicha casa esta ubicada en la calle de Belén.
Don José María Rodríguez Roa, de esta vecindad exhibió un poder otorgado en la ciudad de Puebla a 3 de septiembre de 1836, ante el escribano don Juan Pedro Necoechea, por doña María Josefa de Herrasti y Alba como albacea testamentaria de su esposo don Carlos Díaz de la Serna y Herrero. Poder que usa para vender a don Bernardo Sayago y don Santiago Condon el rancho y molino de San Roque con su edificios, oficinas, tierras, aguas, pastos, y cuanto de hecho y de derecho le pertenece, por precio de 11 000 pesos, de los cuales le han entregado a dicha señora 4 400 pesos, y los 6 600 pesos restantes se le seguirán reconociendo sobre la finca, con gravamen que ello reporta con rédito de un 5 por ciento anual, a favor de los interesados siguientes: a la capellanía que fundó doña Ana Estudillo 600 pesos, a la que fundó el bachiller don Juan Palafox y Mayorga 2 000 pesos, a la que fundó don Rodrigo Fernández de la Calleja 1 000 pesos, a la que fundó doña María de la O Muñoz 1 000 pesos, a la que fundó el ilustrísimo señor don Alonso de la Mota 1 000 pesos, y a la obra pía de la imagen del Carmen que se venera en el convento de San Francisco en esta ciudad 1 000 pesos, siendo los 5 primeros capitales, los mismos gravámenes con que el nominado Díaz de la Serna hubo dicha finca cuando se la vendió don Juan Esteban de Elías como albacea de don Fernando Gómez Muñoz, como consta de escritura de 19 de diciembre de 1803; y el capital último de 1 000 pesos es resto de 1 500 pesos que al tiempo de la compra hecha por Díaz de la Serna quedó reconociendo éste a favor del vendedor Elías, cantidad que tiene pagada por cancelaciones. Los compradores aceptaron las condiciones mencionadas en la presente escritura, y se obligan a continuar reconociendo los réditos de los capitales antes mencionados.
Sem títuloDon Domingo María Franceschi y Castro, de esta vecindad, dijo que de la tienda de don Manuel Hidalgo, de este comercio, le fueron ministrados varios efectos para el fomento del establecimiento que tuvo en la Antigua, y de ahí le está debiendo al citado señor la cantidad de 151 pesos y 7 reales, que no ha podido pagar. Por lo que el otorgante señala, que ha convenido con el mencionado señor, en que un plazo de cinco meses pagará el premio de 1 por ciento mensual, agregándose a esta cantidad la suma de 8 pesos y 5 reales, del valor de la presente escritura, que hacen el total de 160 pesos 4 reales, mismo que se obliga a pagar en el dicho tiempo contados desde esta fecha. Por esta deuda, hipoteca una casa en esta ciudad a la calle que nombran de Belén, con el cual hace frente al poniente, lindando por el costado del norte con casa baja de doña María de Jesús Franceschi y Castro, por el costado del sur con casa, también baja de los herederos de don Joaquín de Herrasti y Alba, y por el oriente que es la espalda, con casa de don Dionisio Luis Camacho y Reyes. Cuya deslindada finca, está hipotecada a 455 pesos en favor de don Martín Sánchez Serrano, y se obliga a no vender, acensuar, ni disponer de ella.
Sem títuloDoña Antonia Franceschi y Castro, viuda de don Juan Bautista de Echagaray, dijo que para terminar con las diferencias que se suscitaron por la división y partición de los bienes de sus finados padres don Domingo Franceschi y doña Rosa de Castro, se celebraron convenios con fecha de 12 de julio de 1824 entre lo que se acordó lo siguiente: que las deudas pasivas se satisficiesen con las casas del mesón nombrado de las Ánimas, su contigua que llaman de Bellido y la de Orizaba, y que para las legítimas quedase el resto de las fincas, que se sortearían en junta de interesados. Posteriormente, en junta de herederos y representantes a los bienes de dichos finados, se procedió al sorteo de acciones, por el cual salieron de compañeros la que habla y su hermano don Domingo María Franceschi y Castro. Que el 31 de julio de 1824, llevaron a efecto el reparto que se propusieron de las fincas que les habían tocado, quedándole a la relacionante la casa de la calle Principal titulada de los Villares [Billares]; y a su hermano la casa de altos de la calle de Belén y la del callejón de Quiñones, reconociendo la primera 550 pesos, parte de 2 200 pesos que sus difuntos padres mandaron imponer sobre las fincas de la calle Principal, y para que quedase libre la tercera e igualados los haberes hereditarios de ambos hermanos, impuso don Domingo sobre la segunda, que es la de altos ubicada en la calle de Belén, 1 000 pesos a censo en favor de la relacionante. Dicha señora siguió diciendo que desde aquella fecha han llevado cuentas del principal y réditos de la citada cantidad, resultando a su favor 540 pesos, de cuya cantidad por hacerle bien y buena obra a su citado hermano don Domingo le ha rebajado 100 pesos, y con acuerdo de éste han convenido con el señor don Antonio María de Rivera en que le satisfará los 440 restantes en abonos de 40 pesos mensuales sin rédito ni premio alguno. Y en consecuencia la mencionada doña Antonia Franceschi, sin revocar el poder que le tiene conferido a su hijo don Juan Hilario de Echagaray, declara haber recibido de su hermano don Domingo Franceschi 460 pesos parte de los 1 000 pesos que le reconoció y el premio corrido hasta la fecha. Por último, señala que la casa de la calle de Belén le queda a su hermano enteramente libre de toda responsabilidad. Y estando presente los ya citados don Domingo María Franceschi y Castro y don Antonio María de Rivera, dijeron que están conformes con el contenido de la escritura, obligándose este último a satisfacer los 440 pesos en los plazos estipulados.
Sem títuloEl presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, albacea del finado presbítero don José Joaquín Rincón Ortiz de Zárate; don Joaquín Rincón, hijo y apoderado de don José Antonio [Rincón]; doña Matilde Meza y Rincón, hija de la finada señora doña Juana María Rincón; don Atilano Ampaneda, como albacea de su difunto hermano don Ignacio [Ampaneda], representante de las acciones de la señora doña María de Jesús, don José Gabriel, don José Miguel y don Juan Manuel Rincón Ortiz de Zárate; don José María Gorospe, albacea del finado don Pascual Caballero Ortiz de Zárate, hijo del citado presbítero don José Joaquín Rincón Ortiz de Zárate; don Joaquín Guevara, curador de los menores hijos del nominado Caballero; y don Ángel de Ochoa, en representación de doña María del Rosario Rincón; dijeron que habiendo seguido autos sobre la testamentaria de doña Ignacia Antonia Ortiz de Zárate y tras convenio que se llevó a cabo entre los interesados con fecha de primero de agosto de 1838 en esta ciudad, otorgan que le adjudican a don Atilano Ampaneda, la casa de altos y bajos ubicada en esta ciudad, en la esquina de las calle Belén y Nueva, por precio de 2 200 pesos.
Sem títuloDoña María Tiburcia Rubio Roso, de esta vecindad, viuda, mayor de edad, dijo que es dueña de una casa de edificio bajo, ubicada en esta ciudad, en la primera calle que nombran de Belén a la cual hace su frente al oriente; lindando por el costado del norte con casa alta que hoy poseen los herederos de don Cipriano Pensado y Navarrete; por el costado del sur linda con casa baja que fue de doña Josefa de la Torre, y actualmente la tiene don Jorge de la Serna; y por el poniente, que es su fondo, linda con casa conocida como del concurso de Rivero. Cuya deslindada finca hubo la comparente en virtud de adjudicación que le hicieron sus hermanos, como consta en escritura del 9 de julio de 1823. Por la presente, por el mucho amor y cariño que profesa a doña María Dolores Rubio Roso, joven de dieciséis años, que habita con la compareciente, quien la ha criado, educado y mantiene en su casa y compañía, le hace donación irrevocable de la mencionada casa con sus entradas, salidas, usos, costumbres, derechos, y servidumbres. Dicha finca se halla libre de gravamen.
Sem títuloDon Antonio José Peredo, de este comercio y vecindad, dijo que el 14 de octubre del presente año, otorgaron el comparente y don Félix Velasco Quiroz escritura de traspaso por ante el actual escribano. En dicha escritura se señala que don Félix Velasco Quiroz se obliga a pagar a Peredo la cantidad de 4 988 pesos 5 octavos reales, del valor de establecimiento de botica situada en la calle de Belén, abonando 250 pesos mensuales, que empezaron a correr desde el 21 de julio del presente, de los que tiene abonados 500 pesos de agosto y septiembre, restando sólo 4 488 pesos 5 octavos reales, por los que Quiroz dio por su fiador a don Francisco Fernández y Agudo. Posteriormente, se le entregaron a Peredo otros 500 pesos, que suman 1 000 pesos, que rebajados a los 4 988 pesos 5 octavos reales a que ascendió el balance de dicha botica, resultan en favor del comparente 3 988 pesos 5 octavos reales. Y teniendo el comparente que satisfacer a su hermana doña María Francisca Peredo, cantidad de pesos que le adeuda por los gananciales y demás utilidades que tuvo en la testamentaria de su esposo don Guillermo de Espino, ha resuelto hacerle un abono con la cantidad que se le resta de dicho traspaso de la botica. Por lo cual, otorga que subroga, cede y traspasa a favor de su mencionada hermana, la expresada escritura que a favor de él otorgó Quiroz y Fernández y Agudo, para que siga cobrando de éste último los abonos de 250 pesos mensuales, que comenzará a verificarse desde el 21 de diciembre del actual hasta completar la suma mencionada.
Sem títuloDon Francisco Sáenz de Santa María, del comercio de España y residente en Jalapa, dijo se le remataron los bienes de don José de Herrera y Campo, Colector de la Real Lotería, por el descubierto que le resultó contra la renta de esta, cuyos bienes consisten en una botica que el susodicho tenía en la Calle Real en 1,100 pesos de contado y la casa que tenia en la Calle de Belén en 2,050 pesos, 800 de contado y el resto que tiene sobre si de gravámenes a favor de sus interesados, y por cuanto dicha botica y casa las compró con el piadoso fin de beneficiar a su comadre e hijos, doña Ana Ricardos, mujer legítima del enunciado don José de Herrera y Campo, otorga hace gracia y donación a dicha su comadre e hijos de dichos bienes.