CALLE DE ALBA

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              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0135 · Item · 1825/09/13
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El presbítero don Francisco de Campo, de esta vecindad, dijo que el 21 de marzo de 1812 otorgó, en esta villa, escritura de obligación y reconocimiento en favor de don Francisco de Paula Cortés, difunto, por la cantidad de 227 pesos, con causa de réditos de 5 por ciento anual en cada uno de los tres años en que se obligó a pagar dicha suma, causada por deuda de su difunto hermano, Miguel de Campo, y como seguridad del principal, hipotecó las tierras nombradas los Ojuelos. Por tanto, ha convenido con la viuda de Cortés, su acreedora, doña Ana Ignacia Ortiz de Zárate, el trasladar este censo e hipoteca sobre una casa de su propiedad. Por lo tanto, otorga que ha recibido los 227 pesos, cantidad que se obliga a pagar en el término de 2 años, contados desde el 21 de marzo próximo pasado, con sus réditos de 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad, hipoteca una casa ubicada en esta villa, en la segunda cuadra de la calle de Alba, a la que hace su frente al poniente y del otro lado casa de la difunta doña Juana Manuela de Alba; por su fondo al oriente linda con solar de don Martín Sánchez y Serrano; por los costados del norte y sur con casas de don José María Becerra.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0033 · Item · 1827/10/15
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Francisco Carasa, vecino de ella, dijo que don José María Becerra, de la misma vecindad, por escritura que formalizó en ella a 26 de agosto de 1799, constituyó censo al redimir por nueve años de 1 000 pesos de principal y 50 de réditos anuales; sobre una casa que posee por suya propia en esta villa, a favor del convento hospital de la misma, de dos principales que dejaron fundados en cantidad de 500 pesos cada uno, don Manuel de Boza y fray José María de Santa Cruz a beneficio del mismo convento y enfermos. Cuyo censo trasladó después en otra casa suya, situada en la calle de Alba, por escritura que otorgó en 4 de octubre de 1806, y deseando redimir este censo y dejar libre de toda responsabilidad su enunciada casa, ha convenido con el otorgante darle la cantidad censada, con calidad de que reconozca dichos capitales en una de sus fincas, bajo los términos y condiciones de su primitiva imposición, con intervención y consentimiento del Ayuntamiento, en quien ha recaído el patronato, y del hermano mayor del Tercer Orden de Penitencia de Nuestro Padre San Francisco, el que según la institución de uno de dichos capitales, debe concurrir a su imposición. Y estando anuente el otorgante a este reconocimiento con las condiciones dichas, y conforme a ella el Ilustre Ayuntamiento y don Rafael Velad, actual hermano mayor del Tercer Orden, para que tenga efecto el citado convenio, otorga que por sí y en nombre de sus herederos, funda y constituye a favor del Ilustre Ayuntamiento de la referida villa, 50 pesos de rédito anual correspondientes al principal de 1 000 pesos, cuya suma confiesa tener recibida a toda su satisfacción de don José María Becerra, misma que el reconocía sobre su casa; y se obliga a tener el principal por el espacio y tiempo de nueve años. Y para la seguridad de este censo y sus réditos, hipoteca una casa alta y baja de paredes, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en esta villa, en la última cuadra de la calle llamada antes Real; a la que hace su frente el norte y del otro lado la iglesia de Señor San José.

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