Manuel Hernández Salado, José Antonio Martínez, Juan Sebastián de Quiroz, Manuel Ortiz y Josefa Antonia Hernández Salado, mujer de Nicolás Leonardo Ramos, vecinos de la Ranchería de Zoncuantla, otorgan poder general a dicho Nicolás Leonardo Ramos, para que los represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
ZONCUANTLA, RANCHO DE
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Don Juan Antonio, Gobernador de este pueblo de Jalapa, junto con los demás oficiales de este pueblo, se obligan a reconocer que las tierras ubicadas en Zoncuantla, pertenecen a don Miguel Ponce, sus herederos y subherederos.\r\n\r\n
Antonio Díaz Parraga, vecino de este pueblo de Jalapa, con poder de su amo don Fernando José Gómez de Cervantes, vecino de la Ciudad de México, da en arrendamiento a Antonio Jiménez, dueño de recua y vecino de este pueblo, las tierras del rancho de Zoncuantla, ubicadas en el pueblo de Coatepec, por la cantidad de 60 pesos en cada año.
Pedro Ortiz, como principal y Diego Vázquez, como su fiador y principal pagador, vecinos de Coatepec, deben y se obligan a pagar a José Robledano de Cardeña, la cantidad de 970 pesos por el arrendamiento de las alcabalas de los pueblos vecinos de Ayahualulco, Ixhuacán de los Reyes, Teocelo, Xicochimalco, Coatepec y los ingenios ubicados al otro lado del río Nacastapala, desde Zoncuantla hasta las lomas, desde el río Pedernales, por el tiempo de 5 años.
Don Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad, como apoderado de don Nicolás Campero y Bustamante, hacendado en doctrina de Calpulalpan, partido de Texcoco, dijo que en 3 de junio de 1807, otorgó escritura en esta ciudad, don Diego Antonio Llanos de Vergara a favor del nominado don Nicolás Campero por cantidad de 1 500 pesos que con pensión de réditos de 5 por ciento anual, para cuyo seguro le hipotecó Vergara los llenos de una tienda que poseía en esta misma ciudad a la última cuadra de la calle de la Amargura. Que en 1810, el propio don Diego Antonio Llanos le vendió a don José Ignacio del Campillo un rancho de labor y de ganado nombrado Zoncuantla, con la condición de que reconociese Campillo sobre ese rancho los referidos 1 500 pesos a favor de Campero con causa de réditos de 5 por ciento anual. Que de poder de Campillo pasó el dominio del repetido rancho al de don José Sandoval y Rojas, de éste al de don Elías Nogueira, por cuyo fallecimiento recayó en don Juan Nogueira como uno de sus hijos y herederos; y últimamente de poder de Nogueira ha pasado al del presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa en clase de depósito de los 1 500 pesos de la imposición hecha a favor de Campero. Que en tal estado reclamó Campero y facultó al comparente para que en cuanto a los réditos transigiese con Nogueira, como en efecto han transigido en que éste último satisficiese por todos los insolutos la cantidad de 650 pesos, los que así como el capital tiene ya enterados Nogueira. Que en tal virtud no resta más que formalizar la respectiva carta de pago y reduciéndolo a efecto, el nominado don Francisco Fernández y Agudo, en uso del poder que se agrega a este registro, otorga que a nombre de don Nicolás Campero y Bustamante declara libre absolutamente a don Juan Nogueira y al racho Zoncuantla por la responsabilidad en que se hallaba con respecto al repetido capital de 1 500 pesos y sus réditos.
Zonder titelEl ciudadano Rafael Viveros, vecino del rancho de Soncoantla [Zoncuantla], de este partido, y presente en este suelo, otorga poder general a don Manuel Patiño, de esta vecindad, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, se encargue de los asuntos administrativos y judiciales que tenga o en adelante tuviere.
Zonder titelCayetano, José Joaquín y Basilio Quiroz, hermanos enteros, con Isidro y Manuel Quiroz, sus sobrinos, todos vecinos de la ranchería de Soncuantla [Zoncuantla] de esta jurisdicción, doctrina del pueblo de Coatepec; otorgan poder especial a José Luis Viveros, vecino de esta villa, para que en su representación saque del poder del actual poseedor del mayorazgo de la Yguera [Higuera] o de otra cualesquiera persona o paraje donde se hallen, las escrituras o títulos de propiedad del mencionado terreno de Zoncuantla que les pertenece y empeñaron sus antepasados, en cantidad de pesos, habrá cosa de siglo y medio a la señora Josefa de la Higuera, poseedora entonces del mayorazgo. A cuyo afecto, haga todas las representaciones, actos, agencias y diligencias judiciales o extrajudiciales que convengan. Dicho poder lo confieren sin limitación alguna y con facultad de sustituir.
Zonder titelJosé Cipriano Alba, natural de las rancherías de Zoncuantla, avecindado en las de la hacienda de la Orduña, hijo de José Alba y Rosa María Alarcón, ambos difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: es su voluntad ser amortajado y sepultado en el lugar, modo y forma que sus albaceas dispongan. Declara que es casado con María Inés Martínez, la cual trajo a este matrimonio una vaca que valdría de 12 a 14 pesos y éste solo tenía su industria y trabajo personal, en cuyo matrimonio procrearon como hijos a nueve de los cuales, cinco son casados. Declara por bienes, 20 cabezas de ganado vacuno marcadas con fierro, dos yuntas de bueyes, cuatro cuartillas de sembradura, entre otros animales que se mencionan en el acta, que todo asciende a 604 pesos. Nombra por albaceas y tenedores de bienes a su esposa María Inés Martínez y a Manuel Quiroz, su primo, a ambos en mancomún. Y por sus únicos y universales herederos, como por derecho, a sus nueve hijos, para lo que así resultare lo hereden en partes iguales.
Zonder titelSantiago Cardel, de esta vecindad, en virtud del poder que don Diego Antonio Llanos de Vergara le confirió en la Nueva Veracruz, otorga que da en arrendamiento a don Alfonso José Jiménez, de esta misma vecindad, un rancho de labor y ganado nombrado Zoncuantla, propiedad de su otorgante, situado en las inmediaciones del pueblo de San Andrés, en esta Jurisdicción, con todas sus habitaciones, ganado, mulas, caballos y vacunos, fierros, muebles, utensilios, campo y montes. El arrendamiento se hizo por 3 años, a precio de 550 pesos en cada uno.
El Presbítero don José Mariano González, Clérigo domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta Villa, como apoderado del Bachiller don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, natural y vecino de esta Villa y residente en México, quien es albacea de su difunto padre don Francisco Javier Fernández de Ulloa, en su nombre y representación como tal albacea, vende a don Diego [Antonio Llanos de] Vergara, de esta misma vecindad, un rancho de ganado mayor y menor nombrado Zoncuantla, con 129 cabezas de ganado mayor, 33 mulas, 13 y media yuntas de bueyes, 20 caballos, 8 yeguas, troje, jacales y demás utensilios. Cuyo rancho esta ubicado en las faldas del cofre de Perote; linda por el oriente con tierras que llaman Xoapespa (Coapexpan), pertenecientes a los naturales de esta Villa, un arroyo en medio nombrado Nacastapalapa, “alias río Sordo”; al norte con otro pedazo de tierra que le tocó por herencia al difunto Gabriel Ochoa; al poniente con otro pedazo de terreno que antes obtuvo el dicho finado Ulloa y abraza esta venta; y por el sur con el suelo que llaman Briones, de la pertenencia del Mayorazgo de la Higuera, actual Conde de Santiago. Lo vende en 9,737 pesos, de los cuales 4,000 pesos deberá reconocer sobre dicho rancho en depósito irregular con causa de réditos del 5 % anual, capital perteneciente a la capellanía de don Juan Nepomuceno.