Item PX_0083_0102 - Untitled

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MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0102

Title

Untitled

Date(s)

  • 1826/09/06 (Creation)

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f. 236 - 237 vta.

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Don Feliciano José Mirón, de este comercio y vecindad, presentó a don Claudio F. Gojon, también vecino de esta villa, una libranza, exigiéndole su pago. Por lo que don Claudio F. Gojon dijo que le avisó al individuo que está haciendo estas diligencias, por medio de don Feliciano José Mirón, en el mes de enero pasado, debe por ajuste de cuentas a Haslock y compañía, la cantidad de 104 pesos 5 reales y que estaba pronto a librarsela, con tal que le garantizara de toda demanda por parte de sus acreedores y de los interesados en dicha libranza, a lo que contestó de un modo desentendiendo, el 24 del mismo mes; pero que volvió a repetir en su contestación del 30, puesto que el que habla no está obligado a pagarlas, habiéndolas dado en pago, como consta de las facturas que tiene en su poder. Por otra parte, aunque se hubiera empeñado del modo que se pretende, ha habido una morosidad tan grande en el cobro, que bien pudo dar causa a que se mal lograran, pues no ha recibido informe ninguno hasta dicho mes de enero, y salimos con que siete meses después de este tardío aviso traen un protesto que se hizo dos días después de la expiración de una de las dos libranzas, y que no tiene autenticidad ninguna. Que de consiguiente cree que de hecho y por derecho no tiene obligación de pagar dichas libranzas, y que le han de responder de la cantidad de 146 pesos que sacaron del poder de John B. Marie, comerciante de Nueva York. Por lo tanto, se reserva todos los medios legales que estén en su mano en contra de esta injusta demanda. Traducido, así mismo, el protesto referido y la otra libranza expedida por el mismo Gojon a cargo de los susodichos, por cantidad de 121 pesos y 65 centavos, fecha 12 de marzo de año próximo pasado en Nueva York, la cual a su calce consta pagada. Dijo Mirón que en la mejor forma que en derecho proceda, por la representación que en este caso tiene, protesta así contra Gojon, como contra quien mejor corresponda todos los perjuicios, atrasos, y demás que por el no pago de esta letra se le irroguen a la parte que representa.

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  • Spanish

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    En el contenido del documento se menciona la libranza que se tradujo del inglés al castellano por don Eugenio Adolf, intérprete nombrado en común acuerdo, cuyo al tenor a la letra dice: "S.S. Haslock y Compañía, negociantes de Nueva York marzo 14 de 1825. Señor cuatro meses después de la fecha, sírvase usted pagar a la orden del señor Claudio F. Gojon trescientos sesenta y cinco pesos, esto es 165 18/c y cargar esta suma a la cuenta de su obediente servidor. C. F. Gojon. Aceptada S. Haslock y Compañía. Páguese al portador C. F. Gojon. Páguese a la orden de don Feliciano José Mirón de Xalapa, Veracruz y junio veintinueve de mil ochosientos veintiséis. Nathan C. Harris", f. 236 vta.

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