José Gayón y don Juan Bautista de Campo, administrador interino de la Renta de Correos en esta villa y su departamento, dijeron que consecuente a la superior orden de que se exhibe copia, han celebrado contrata de maestría de postas desde esta villa hasta la Nueva Veracruz, bajo los términos siguientes: Que Gayón establecerá seis paradas de bestias con este destino, en esta villa, en Corral Falso, Plan del Río, Puente Nacional, Antigua y Veracruz. Segundo: que en cada uno de estos puntos se dará la remuda de tres caballerías, una para el correo ordinario, otra para el postillón y otra de carga por conducir la valija. Que en la última solo deberá cargar los pliegos y correspondencia que contenga aquella, de cadena para adentro, y todo lo demás que vaya en ella deberá el correo conductor ponerse de acuerdo con el maestro de postas para su conducción y convenir lo que deba pagarle. Será responsabilidad de Gayón presentar en todos los puntos citados las correspondientes remudas a cuantos extraordinarios despache la renta, ya sea por el gobierno o por particulares. Será de cargo y responsabilidad del contratista tener una canoa y quién la sirva, en el paso del río de la Antigua, para el pronto tránsito de los correos en aquel punto. Que para la remuda de los extraordinarios compuesta de dos caballerías y para el correo y postillón se le deberá pagar de esta villa a Corral Falso 2 pesos; de Corral Falso a Plan otros 2 pesos, del Plan al Puente 18 reales, del Puente a la Antigua 20 reales y de la Antigua a Veracruz otros 20 reales. Que esta contrata será por el término de tres años, contados desde el primero de enero próximo inmediato, a cuyo vencimiento quedarán en libertad ambas partes contratantes para continuar o no por más o menos asignación. Que admitido esta contrata, se le han de anticipar a Gayón 4 000 pesos en reales, los que se le descontarán proporcionalmente en los doce meses de primer año. Para mayor seguridad ofrece por su fiador don Diego Briseño, de esta vecindad, quién estando presente se constituye fiador del mencionado contratista Gayón, entre otras condiciones que se mencionan en el acta. Finalmente, el administrador de la renta de su cargo se constituye y obliga, al exacto cumplimiento de en cuanto le incumbe en este contrato.
Sem títuloXALAPA, VILLA DE
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José Tomás López, vecino de la villa de Zamora, caporal de don José Ramón Sánchez, de la misma villa, vende en fiado a don Miguel Hernández y a don Juan Morales, vecinos de Jico [Xico], 132 toros y novillos de la propiedad de su amo don José Ramón, a razón de 24 pesos por cabeza, para que se pague a don Marcelino de Buganza, en todo el mes de mayo de 1829. Dichos compradores se dan por entregados y se obligan de pagar 3 178 pesos, que importan los toros y novillos, quedando para seguridad de la deuda, los dichos animales y todos sus bienes y dio por su fiador a don Cosme Rebolledo, del pueblo de Coatepec.
Sem títuloDon José María de Goyri, de este comercio y vecindad, Capitán de Fieles Realistas, dijo que su hermano político, don Teodoro González de Peñalva, emprenderá la carrera militar, comenzando en la clase de cadete en el Regimiento de Infantería de Zaragoza, quien necesita acreditar las asistencias para mantener la decencia y decoro, por lo que el otorgante se obliga a contribuir con 20 pesos en cada mes, por el tiempo necesario hasta que ascienda a la clase de subteniente, depositando tal cantidad en la Caja del Regimiento en cada año. Para ello ofrece como sus fiadores a don Pedro Antonio González de Peñalva.
Don Fernando de Cubas, Alcalde Ordinario y don Manuel Allén, ambos de este comercio y vecindad, se constituyen fiadores y principales pagadores de don Narciso José Echegaray, de esta vecindad, Provisto Colector de la Real Lotería en esta Villa, por cantidad de 2 000 pesos cada uno; quienes deberán asegurar la satisfacción en el tiempo que dicho Echegaray sirva el indicado cargo.
Don Francisco Bustillos, de esta vecindad y comercio, otorga que recibió lo siguiente: del presbítero don José Joaquín de la Pedreguera, Cura del Pueblo de Coatepec, una escritura de obligación de 2 000 pesos; del capitán don José de Arias [y Torija], 669 pesos; de don Francisco de Castro, como representante o comisionado de don José Miguel de Iriarte, 2 500; de don Juan Mata, según obligación que le otorgó, 1 400 pesos; de don Cristóbal Pastrana, vecino de Veracruz, 681 pesos y 6 reales; de don José Francisco Vázquez, vecino de Puebla, según la cuenta, 500 pesos; de don Jaime Tutsol, una fianza de 2 000 pesos. Las siete partidas ascienden a 9 760 pesos y 6 reales, y con acuerdo de sus acreedores, se obliga a pagar por el término de 6 años.
Don Antonio Juille y Moreno, de esta vecindad, dijo que don Eustaquio Castro, de esta misma vecindad, se halla en la real cárcel a resultas de la causa criminal que se está formando en el juzgado del Señor Alcalde, contra su sobrino don José Mariano Castro por el homicidio que éste perpetró contra Luis González, y resultando don Eustaquio no tener participación en el homicidio, el mencionado Juille se constituye en fiador y carcelero por si acaso el juzgado solicita su comparecencia.
Don [Juan] Joaquín de Cendoya [y Arizabaleta], de esta vecindad, provisto Administrador de Alcabalas, dijo que para caucionar los productos que entren en su poder pertenecientes al mencionado ramo, se obliga como principal pagador a satisfacer cualquier descubierto que por su causa resultare en contra de la Real Renta de Alcabala, y para el seguro de los caudales, ofrece por sus fiadores a don Juan Antonio Pardo, don Juan Francisco Noriega y don Francisco Cia, quienes estando presentes manifestaron ser instruidos en su derecho, hasta la cantidad de 6 000 pesos, a 2 000 pesos cada uno, con las costas, salarios y atrasos que se causaren en su cobro.
Don José Martínez, Alcaide de la Real Cárcel de esta Villa, dijo que Juan Alonso, de oficio zapatero, se haya en la cárcel desde el 15 de enero del corriente año a causa de creerse era uno de los socios de Francisco Bernal, contra quien pende causa criminal por habérsele encontrado una granjería o llave maestra y haberse advertido abiertas algunas puertas, se creyó que el citado Alonso era uno de sus cómplices por haber sido su compañero en los presidios del Camino Real, se le aprehendió, y a quien se le comprobó no ser cómplice, por lo que el otorgante se constituye en fiador y carcelero comentariense.\t
Don Miguel Torres Torija, Teniente del Regimiento de Infantería Provincial de Tlaxcala, residente en Xalapa, otorga que ha recibido de don Juan Francisco de Noriega, la cantidad de 780 pesos, valor de 15 barriles de aguardiente de España que al precio de 52 pesos cada uno le ha vendido, de cuya cantidad se da por entregado y le otorga recibo en forma, cantidad que se obliga a satisfacer en 3 meses en la siguiente forma: en dos meses la primera mitad y la otra mitad a los 3 meses, y para la seguridad del pago ofrece como fiador a don José Ignacio González del Campillo.\t
Don Domingo Franceschi, don José María de Goiri y don Fernando González Pacheco, de este comercio y vecindad, dijeron que en el Juzgado del Alcalde Ordinario de Segunda Elección, se sigue causa criminal contra Antonio Cano, Maestro de Sastre, en virtud de queja que interpuso el cirujano Juan [del] Castillo por haber ido a su casa en solicitud del francés Carlos Canel, en la que después de varios trámites y recursos interpuestos por el reo, se ha mandado ponerlo en libertad bajo fianza, que otorgan los comparecientes, quienes se constituyen como tales fiadores.