El Capitán don José de Arias, vecino de esta Villa, y don Pedro López Gómez de Herrera, originario de Sanlúcar de Barrameda en los Reinos de Castilla, declaran que hacen disolución de una compañía celebrada en 1782 sobre el ingenio San Pedro Buena Vista (alias Orduña) y de otras tierras. Acordaron que ni uno ni otro pueden en ningún tiempo demandar, con sus bienes habidos y por haber, renunciando respectivamente cualquier derecho y acciones que tengan o puedan tener. Para ello el citado don Pedro López recibe del ingenio de la Orduña sus tierras, casas, siembras, oficinas, aperos y reconoce el pago de 45 500 pesos de hipoteca, libre de toda obligación a dicho señor Arias. Por su parte, don José de Arias queda en posesión y propiedad del Potrero y sitio de Zimpizahua, libre de todo cargo, bajo los linderos del campo de caña nombrado San Fabián, correspondiente al ingenio de la Orduña.
XALAPA, VILLA DE
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Don Pedro Antonio González Peñalba [Pedro González de Peñalba], de esta vecindad, manifiesta que en 15 de diciembre de 1802 vendió extrajudicialmente, por medio de un documento simple, un negrito esclavo de un día de nacido, llamado José Santiago, hijo natural de su esclava María de Jesús, a favor de don Antonio Guzmán Grant, de esta vecindad. Tratando de reducir esta venta a instrumento público, para seguridad del comprador, otorga que vendió al citado Guzmán, el referido esclavo, que al presente tiene 4 años y medio, por precio de 25 pesos que recibió del comprador.
Don Ambrosio Salomón, natural del valle del Ara, reino de Francia, de estado soltero, mayor de 64 años de edad, hijo legítimo de los difuntos don Hilario Andrés Salomón y doña Luisa Subiran, otorga su testamento donde ordena se satisfagan ciertas cantidades a don Pantaleón de Llesande y, a unos sastres que giran en compañía en México; manifiesta poseer la cantidad de 450 pesos en efectivo en poder de don Mariano Pujol, residente en esta Villa; ordena que de sus bienes se dé a doña María Churruga [Sic], mujer del Armero del Regimiento de Nueva España, la cantidad de 150 pesos por los servicios que le ha hecho y asistido en su enfermedad y se gratifique a los sirvientes que lo asisten, y lo que resultare a su favor se invierta en limosnas entre los pobres; por albaceas nombra a don Mariano Pujol y a don José Ignacio Pavón y Muñoz, a quienes otorga la facultad para que entren en sus bienes, los vendan y rematen en almoneda.
Eusebio Marcelo Platas, de esta vecindad, otorga que vende a don Diego Briseño, también de esta vecindad, una casita de madera con pilar de calicanto, revocado su frente de lo mismo, cubierta de teja. Está situada en la Calle del aguaje de Techacapa que sube para el barrio, atravesando el Callejón que nombran del Perro, en el de las Salinas, con 28 varas de frente hacia el oriente, y del otro lado casa de la viuda de Manuel Casildo; por la banda del Norte linda con la casa de Marcelino Montesino, por el sur con la casa que fue de don Juan [Antonio] de la Farja, y por el fondo al poniente, donde tiene 53 varas, linda con el solar de don Prudencio Cruz. La venta la hace por 154 pesos.
Don José de San Juan, residente en esta Villa, otorga poder especial a los señores don Julián Antonio de Llano y don Francisco Regato, vecinos y del comercio de la Nueva Veracruz, para que perciban y cobren del Real Tribunal, de la citada ciudad, los premios de un 5% que vayan devengando los 30,000 pesos que tiene en él impuestos, sobre los fondos del dinero de avería y peaje que le están concedidos.
Don Francisco Muñoz Estepa, Capitán Retirado del Regimiento de Infantería de la Corona, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Vicente de la Barreda, Procurador de la Curia Eclesiástica del Obispado de la Puebla de los Ángeles, de donde es vecino, para que se presente en la Junta Subalterna de Consolidación de Vales Reales, a solicitar composición para exhibir la cantidad de 4 500 pesos, pertenecientes a dos capellanías que se hallan impuestas sobre una de sus casas de edificio alto y bajo, situada en la Ciudad de la Nueva Veracruz; asimismo, ofrezca exhibir de contado 500 pesos y otros tantos en cada año hasta cubrir la cantidad total.
Doña Nicolasa Catarina Cardeña, de esta vecindad, mayor de 25 años, dueña del Oficio Público reunido al de Cabildo, que en uso de sus facultades concedidas por Su Majestad a los dueños de oficios vendibles y renunciables, otorga que renuncia el suyo en primer lugar en el Capitán de Milicias Retirado, José de Arias, de esta vecindad, en segundo en don Juan Francisco Cardeña, Escribano Real que lo despacha interinamente y, en tercero en don Juan José Corral y Cardeña, para que después de los días de la otorgante, en el orden prevenido, se presenten en el Superior Gobierno, con testimonio de esta renuncia para qué se le libre título en forma, para su uso y ejercicio.
Don Juan de Pesquera, Subteniente del Regimiento del Príncipe, vecino de la congregación de Silao, provincia de Guanajuato, residente en esta Villa, otorga poder general a don Juan Manuel Bustillo, vecino y del comercio de la Capital de México, para que demande y cobre, judicial o extrajudicialmente a todas las personas, todas las cantidades y artículos que le adeuden hasta la fecha y debiesen en adelante, a través de instrumentos públicos o simples.
Don José María Berrueco, natural de la Ciudad de la Puebla y vecino de la Capital de México, hijo legítimo del difunto don José Berrueco y de doña Bárbara Antonia Rojas, otorga su testamento donde declara fue casado en primeras nupcias con doña María Manuela Melgarejo, quien no llevó nada al matrimonio y él tenía 2 000 pesos, procrearon una hija; por segunda vez se casó con doña María Manuela Farellas, que tampoco llevó nada al matrimonio y él tenía 2 000 pesos, procrearon 4 hijos. Nombra como albaceas a don Francisco Muñoz Estepa, Capitán Retirado del Regimiento de la Corona, residente en esta Villa, y por los bienes que tiene en la Capital de México a don José Rodríguez, su socio y apoderado, para que entre en sus bines, los vendan y rematen en almoneda; y del remanente líquido que quedase, nombra como únicos y universales herederos a sus 5 hijos y como tutora y curadora ad bona, a la indicada esposa, madre de los 4 últimos.
Don Diego Antonio Llanos de Vergara, de esta vecindad, otorga que ha recibido de don Nicolás Campero y Bustamante, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, la cantidad de 1 500 pesos, para el fomento de una tienda que tiene en esta Villa, en la última cuadra de la Calle de la Amargura y casa esquina de don Juan Mora, por 2 años contados desde el día primero de este mes, obligándose a pagar el premio de 5 % en cada año; como seguro del acreedor, hipoteca, sujeta y grava, todos los efectos, géneros, útiles y cuanto tiene la indicada tienda.