Don Francisco de Campo, Presbítero Domiciliario del Obispado de Puebla de los Ángeles, como heredero de los bienes del finado Capitán don Manuel de Acosta, y en representación de los coherederos, vende a don Carlos Arias, las tierras de labor nombradas Xaltepec, ubicadas en la Doctrina del pueblo de Xilotepec, con quien lindan por el rumbo del poniente, al oriente con la hacienda y tierras de Sosocola, por el costado del norte con las del trapiche de la Concepción y por el sur con las tierras y hacienda de Lucas Martín. Propiedad que vende al precio de 1310 pesos.
TRAPICHE LA CONCEPCIÓN
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Ventura de Acosta, vecino de esta jurisdicción, dueño de tierras, otorga en arrendamiento a Francisco de Castro, un pedazo de tierras que pertenecen al Trapiche de la Concepción, situada en la cañada de Chiltoyac, cuya parte corre desde las Tinajuelas hasta el paraje que llaman La Loma de Buenavista, por tiempo de 6 años, al precio de 25 pesos anuales.
Don Manuel de Acosta, heredero de don Marcos de Acosta, confiere poder especial al Bachiller José Nicolás de Acosta, Clérigo Presbítero del Obispado de Puebla, junto con don Lorenzo Benito Álvarez de Guzmán, vecinos del pueblo de Jalapa, para que junto con los demás herederos pueda dividir, vender o traspasar a cualquier persona los trapiches de la Concepción, San Diego, Tenampa y otras tierras más.
Don José Miguel Rodríguez Rojo, labrador vecino de esta Jurisdicción, albacea de su difunto padre don Andrés Rodríguez Rojo, se obliga a pagar a doña María Montero, madre política del otorgante, vecina de esta Villa, la cantidad de 4 500 pesos en calidad de depósito irregular por espacio de 5 años, obligándose a pagar los réditos del 5% anual, y para que a un tiempo mismo pueda usarse a favor de sus acreedores, hipoteca su casa, la hacienda nombrada el Trapiche de la Concepción, que se compone de 18 caballerías de tierra, situado en la doctrina de Xilotepec, con cuyas tierras de aquellos naturales, linda por el poniente con las del otorgante, en la Barranca de los Chinines y demás mojoneras, situadas en línea recta de norte a sur; por el oriente linda con la barranca de la Loma de Buena Vista; por el costado del norte linda con el Malpaís; y por el sur linda con el cantil de enfrente. Cuyo trapiche compró de los herederos de don Manuel de Acosta, por escritura con fecha de 3 de febrero de 1801.
Don Mariano de Campo, don Francisco Javier de Olartegochea, don José Reyes, don Mariano de Acosta, don José Antonio Viveros y don Francisco Torres, vecinos de esta jurisdicción, venden a don Miguel Rodríguez Rojo, de esta vecindad, 18 caballerías de tierra unidas, citas en esta jurisdicción, pertenecientes al trapiche antiguo nombrado La Concepción, caballerías que los otorgantes heredaron del Capitán don Manuel de Acosta, quien las hubo y compró al Santo Oficio de la Inquisición de México en 1705, las cuales lindan por el norte con el Malpaís, por el sur con el cantil de enfrente, por el poniente con tierras del pueblo de naturales de Xilotepec en la Barranca de los Chinines y demás mojoneras situadas en la línea recta de norte a sur desde la cumbre del dicho cantil hasta encontrar la mojonera del pueblo de Santa María Magdalena, por el oriente con la Barranca de la Loma de Buenavista hasta unirse con el citado Malpaís. Las venden en 4 800 pesos bajo las cauciones a favor de los naturales del pueblo de Xilotepec, que se mencionan en esta escritura.
Don Manuel Eugenio de Acosta, don Antonio Damián de Uriza, doña Lucía Juliana de Heredia y doña Ignacia de Heredia, hijos legítimos y herederos de don Manuel de Acosta, quien fue dueño de los trapiches de Concepción, San Diego y Tenampa, y de otras tierras más, otorgan poder especial al Bachiller José Nicolás de Acosta, junto con don Lorenzo Benito Álvarez de Guzmán, para que pueda dividir, vender o traspasar las citadas tierras.
El Bachiller don José Nicolás de Acosta, Clérigo, Presbítero, domiciliario de este Obispado de Puebla, como heredero y apoderado de los demás herederos del difunto Manuel de Acosta, dueños de las tierras de los Trapiches de la Concepción, San Diego y Tenampa, se obliga a pagar a don Roque Jacinto Florido, vecino de esta jurisdicción, 700 pesos y 2, 000 que anteriormente le prestó para la defensa de dichas tierras, las que hipoteca como seguro de la deuda.