Don Carlos Díaz [de la Serna] y Herrero, Regidor Alguacil Mayor de esta Villa y su comercio, otorga poder especial a don José María Díaz de la Serna y Rey, vecino y residente de la Villa del Romeral, Provincia de la Mancha Arzobispado de Toledo, para que en su nombre se presente como acreedor a la testamentaria de don Sebastián Díaz [de la Serna] y Herrero, su hermano, de la cantidad de 4 060 pesos 2 y 7 octavos reales monedas de indias, cuya cantidad pida y demande al albacea de dicho su hermano .
TOLEDO, ARZOBISPADO DE
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Don Antonio Rodríguez, hijo legítimo del difunto don Juan Rodríguez y de doña Antonia Francisco, viva, natural de la Villa de Albaceta, Arzobispado de Toledo del reino de Murcia en los Reinos de Castilla, casado con doña Francisca López, otorga poder para testar y nombramiento de albacea a don Joaquín Dongo, vecino de la Ciudad de México, y como herederos a María y Petronila Josefa, sus hijas legítimas.
Don Sebastián Díaz y Herrero, hijo de los difuntos don Francisco Díaz de la Serna y doña Josefa Herrero Vegue, oriundo de la Villa del Romeral, Provincia de la Mancha en el Arzobispado de Toledo, y residente en Jalapa, otorga poder para testar a sus hermanos don Francisco Antonio Díaz y Herrero y don Carlos Díaz y Herrero, para que ordenen su testamento, en donde declara que sus bienes, deudas y acciones lo saben sus albaceas; nombra herederos a sus hermanos, revoca cualquier otro poder para testar.
Don Manuel de Recas y Rico, vecino de Jalapa, hermano y legítimo heredero de don Tomás de Recas y Rico, difunto, quien fue Abogado de los Reales Consejos y del Colegio de la villa y Corte de Madrid, otorga poder general a sus tíos don Francisco Antonio Rico y don Alfonso Rico, presbíteros y vecinos de la villa de Villarejo de Salvanés, Arzobispado de Toledo en los Reinos de Castilla, para que procedan a la aceptación de la citada herencia.
Poder para testar que Diego Pérez Sicilia, natural de los reinos de Castilla, Arzobispado de Toledo, Colmenar de [Oreja], otorga a Pedro Sánchez Yepes, vecino de este pueblo de Acultzingo. En el cual menciona ser hijo legítimo de Miguel Sicilia y Guiteria Pingarrón. Nombra por albaceas a dicho Pedro Sánchez Yepes y a Francisco Serrano. Ordena que el remanente de sus bienes los distribuya su albacea por su ánima.\n
El Alférez don Pedro Fernández de Ves y Segura, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Villarrodrigo, arzobispado de Toledo, en los reinos de Castilla, hijo legítimo de don Juan Fernández de Ves Torrecillas y de doña Lucía Sánchez de Segura, difuntos; y doña Francisca Milián Perdomo, su legítima mujer, vecina y natural de esta villa de Córdoba, hija legítima de Juan Antonio Juárez, difunto, y de doña María Milián Perdomo, vecina de esta villa; se otorgan el uno al otro poder para que puedan otorgar el testamento de uno y del otro. Declaran estar casados y cuando contrajeron matrimonio doña Francisca Milián llevó por dote medio solar eriazo, en el cual, don Pedro de Ves construyó la casa de su morada. [roto] don Pedro Fernández de Ves y Segura tenía [de principal] hasta 4 500 pesos en reales y en mercaderías de Castilla y de la tierra en una tienda; y un negro nombrado Antonio, de 20 años de edad. Declaran que durante el matrimonio no han tenido hijos. Se nombran, el uno al otro, albacea y tenedor de bienes. Don Pedro de Ves y Segura nombra como heredera a su mujer, y doña Francisca Milián Perdomo nombra como heredera a su madre, doña María Milián Perdomo, y en caso de que ésta falleciera antes, nombra como heredero a su marido.
Sans titreDoña Alfonsa Gertrudis Gómez, vecina de Jalapa, viuda de don Manuel de Recas y Rico, madre y tutora de la hija de ambos María Gertrudis Rico, de 11 años de edad, otorga poder general a don Francisco Antonio Rico y don Alfonso Rico, Presbíteros y tíos del difunto Manuel, vecinos de Villa de Villarejo de Salvanés, Arzobispado de Toledo en los Reinos de Castilla, para que en su nombre y en representación de su hija, heredera universal de su difunto marido, heredero que fue de su padre don Tomás de Recas y Rico, cobren todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y géneros que quedaron a deber a dicho difunto don Tomás Recas y Rico.