Poder para testar que Diego Pérez Sicilia, natural de los reinos de Castilla, Arzobispado de Toledo, Colmenar de [Oreja], otorga a Pedro Sánchez Yepes, vecino de este pueblo de Acultzingo. En el cual menciona ser hijo legítimo de Miguel Sicilia y Guiteria Pingarrón. Nombra por albaceas a dicho Pedro Sánchez Yepes y a Francisco Serrano. Ordena que el remanente de sus bienes los distribuya su albacea por su ánima.\n
TOLEDO, ARZOBISPADO DE
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Doña Catalina Pérez de Arredondo, vecina de este pueblo, viuda de don Francisco de Vargas, hijo legítimo que fue de don Juan de Vargas y Dina Mariana de Madrid, naturales que fueron de la Villa de Baroja en los reinos de Castilla, Arzobispado de Toledo, dijo que el dicho su marido estando enfermo hizo en papel una memoria a modo de testamento, y para que se apruebe y confirme por testamento la presentó ante el Capitán don Martín de Rada, Alcalde Mayor, quien por la presente confirmó la dicha memoria para que valga como testamento.
Diego de Rojas, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Torrijos en el arzobispado de Toledo, en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Juan de Rojas y de Manuela de Sandoval, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Manda se saquen de sus bienes 200 pesos y estén en poder de Isabel Álvarez de la Oliva, su mujer, los cuales le hace gracia y donación a Isidro de Rojas, huérfano que nació en su casa, hijo de Jerónima. Hace manda graciosa de 200 pesos para Josefa Galván, prima de su esposa. Manda se saque de lo mejor parado de sus bienes 3 000 pesos para que sus albaceas funden una capellanía de misas rezadas, y con sus 150 pesos de réditos se digan misas rezadas por su alma y la de su mujer en los días que le parezca al capellán, en el ínterin que se acaba de construir la ermita de San Sebastián, porque entonces será obligación del capellán decirlas los domingos y fiestas de guardar a las ocho de la mañana; dicha capellanía se ha de imponer sobre la casa de su morada, nombrando como primer capellán al Bachiller Manuel de Aguilar Rodríguez, Clérigo Subdiácono; asimismo, nombra por capellán interino, mientras que se ordena el propietario, al Bachiller don Pedro Miguel Salgado, Presbítero Vicario de esta villa; y nombra por patrona de ella a su mujer, Isabel Álvarez. Ordena se le entregue a José Álvarez, su hermano, una espada de plata, sus armas y vestido. Declara que hace treinta años, más o menos, contrajo matrimonio con la dicha Isabel Álvarez, sin aun tener hijos. Nombra como albaceas al Cabo de Escuadra José Álvarez, su hermano, y a su mujer, a quien también nombra como heredera universal.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Carlos Díaz [de la Serna] y Herrero, Alguacil Mayor de esta Jurisdicción, Regidor Perpetuo de esta Villa de Xalapa, hijo de los difuntos don Francisco Díaz de la Serna y doña Josefa Herrero Vegue, natural de Romeral, Provincia de la Mancha, Arzobispado de Toledo, otorga su disposición en donde declara tiene entregado el almacén de su casa y tienda de géneros a sus dependientes don Fernando González y a don Juan de Tejada, a quienes por su trabajo en la administración les hace reconocimiento del 15 y 10 % a cada uno. Junto con don Diego Leño tiene compañía en arrendamiento de la hacienda de Lucas Martín. Es casado con María Josefa de Herrasti y Alba, a cuyo matrimonio llevó de caudal 55, 000 pesos, y procrearon 6 hijos. Nombra como albaceas a su esposa, a don Mateo Badillo, a don Diego Leño, y a don Francisco Javier Sáenz de Santa María, a quienes también nombra curadores, tutores y tenedores de bienes de las personas y bienes de sus hijos.
Don Carlos Díaz [de la Serna] y Herrero, Regidor Alguacil Mayor de esta Villa y su comercio, otorga poder especial a don José María Díaz de la Serna y Rey, vecino y residente de la Villa del Romeral, Provincia de la Mancha Arzobispado de Toledo, para que en su nombre se presente como acreedor a la testamentaria de don Sebastián Díaz [de la Serna] y Herrero, su hermano, de la cantidad de 4 060 pesos 2 y 7 octavos reales monedas de indias, cuya cantidad pida y demande al albacea de dicho su hermano .
Juan de Villegas, vecino de esta villa de Córdoba, natural de Pedernoso en el arzobispado de Toledo, en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Julián de Villegas y de Ana de Algaba, que viven en el dicho lugar, estando enfermo, en cama del cuerpo y sano de la voluntad, en todo su libre juicio, cumplida y buena memoria, y entendimiento natural, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que debe a Juan Rodríguez, vecino de esta villa; Bartolomé Zedillo, vecino de Orizaba; y Gaspar Rendón, vecino de esta villa. Declara que le adeudan las personas siguientes: Carlos Ballinas, Ignacio Tinoco, Juan Tinoco, Marcos Tinoco, Mateo Arzabal, Carlos Tinoco, Sebastián Coyote, todos vecinos del pueblo de Tenejapa; don Francisco Solaesa, Salvador el negrito; Antonio Campos; un mozo de don Hipólito del Castillo de Altra; Bartolomé Rodríguez de Chocamán; y Carlos de Zavaleta. Declara por su hijo natural a José Villegas, que será de año y medio, natural del pueblo de Orizaba, “que lo está creciendo su madre que no se su apellido” y que luego que el otorgante fallezca se le entreguen a la dicha su madre para ayuda de sus alimentos. Manda 12 pesos a la mujer que le está asistiendo en su enfermedad. Declara por sus bienes una memoria de género de Castilla que le entregó al Sargento Antonio Zamorano, para que se los entregue al Capitán Gaspar Rendón, que importan como 600 pesos. Declara que entregó a dicho Zamorano otra memoria de diferentes géneros de Castilla, que su valor importa 424 pesos, los cuales pertenecen a don Pedro Ventura Rosales. Y para cumplir su testamento nombra por su albacea al citado Capitán don Gaspar Rendón, y nombra universales herederos a sus padres.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Antonio Rodríguez, hijo legítimo del difunto don Juan Rodríguez y de doña Antonia Francisco, viva, natural de la Villa de Albaceta, Arzobispado de Toledo del reino de Murcia en los Reinos de Castilla, casado con doña Francisca López, otorga poder para testar y nombramiento de albacea a don Joaquín Dongo, vecino de la Ciudad de México, y como herederos a María y Petronila Josefa, sus hijas legítimas.
Don Sebastián Díaz y Herrero, hijo de los difuntos don Francisco Díaz de la Serna y doña Josefa Herrero Vegue, oriundo de la Villa del Romeral, Provincia de la Mancha en el Arzobispado de Toledo, y residente en Jalapa, otorga poder para testar a sus hermanos don Francisco Antonio Díaz y Herrero y don Carlos Díaz y Herrero, para que ordenen su testamento, en donde declara que sus bienes, deudas y acciones lo saben sus albaceas; nombra herederos a sus hermanos, revoca cualquier otro poder para testar.
Doña Alfonsa Gertrudis Gómez, vecina de Jalapa, viuda de don Manuel de Recas y Rico, madre y tutora de la hija de ambos María Gertrudis Rico, de 11 años de edad, otorga poder general a don Francisco Antonio Rico y don Alfonso Rico, Presbíteros y tíos del difunto Manuel, vecinos de Villa de Villarejo de Salvanés, Arzobispado de Toledo en los Reinos de Castilla, para que en su nombre y en representación de su hija, heredera universal de su difunto marido, heredero que fue de su padre don Tomás de Recas y Rico, cobren todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y géneros que quedaron a deber a dicho difunto don Tomás Recas y Rico.
Don Manuel de Recas y Rico, vecino de Jalapa, hermano y legítimo heredero de don Tomás de Recas y Rico, difunto, quien fue Abogado de los Reales Consejos y del Colegio de la villa y Corte de Madrid, otorga poder general a sus tíos don Francisco Antonio Rico y don Alfonso Rico, presbíteros y vecinos de la villa de Villarejo de Salvanés, Arzobispado de Toledo en los Reinos de Castilla, para que procedan a la aceptación de la citada herencia.