El Capitán Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que compró a Francisco de Barrios, vecino de esta villa, 10 caballerías de tierras que son el puesto y sitio de los asientos de Tlacomulco de esta jurisdicción, por precio 1 250 pesos, los 250 pesos que le pagó en reales de contado y los 1 000 que se obligó a pagar a los herederos del Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, por escritura otorgada en esta villa el 8 de mayo de 1700. Y ahora el Bachiller don José de Céspedes, Clérigo de Menores Ordenes, dice ser el legítimo dueño de dichos 1 000 pesos, respecto a que éste le vendió a doña Josefa de Atienza Palacios, viuda y albacea del Alférez Pedro de Trujillo y tutora de sus menores hijos, vecina del pueblo de San Andrés Chalchicomula, 23 mulas aparejadas de lazo y reata, en cantidad de 658 pesos, habiéndole dado los 342 pesos, cumplimiento de 1 000 pesos, de contado. Por lo cual, doña Josefa de Atienza Palacios transfirió en el Bachiller don José de Céspedes los derechos para la cobranza de los 1 000 pesos. En cuya conformidad el Capitán Juan Gómez Dávila reconoce como dueño de los 1 000 pesos al Bachiller don José de Céspedes y otorga que debe y se obliga a pagárselos al término y plazo de seis años con sus réditos.
Zonder titelTLACOMULCO, ASIENTO DE
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Francisco de Barrios, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto en el año de 1698 el Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio le otorgó escritura de venta de 10 caballerías de tierra, en el pueblo y sitio de los asientos de Tlacomulco, con las medidas siguientes: desde el linde del sitio y tierras de los herederos de don Lope de Iribas, difunto, corriendo desde la barranca que está a la parte del oriente, para la de la serranía que está a la del poniente; y por la del norte lindan con tierras de los herederos del Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera, difunto; entrando en los linderos de dichas tierras los montes, llanos, cerros, lomas y cañadas. Asimismo, dijo que dicha venta se hizo en virtud de diferentes instrumentos que se citan en dicha escritura y en la cantidad de 1 250 pesos libres de todo empeño y enajenación, con las condiciones de pago que se expresan en ella. Y por cuanto, Francisco de Barrios se halla con algunos atrasos que pudieran ocasionar no dar cumplimiento a lo estipulado para el pago de las 10 caballerías, el Capitán Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa y dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, le ha pedido que le haga traspaso de dichas caballerías de tierras bajo de las mismas condiciones, cláusulas y obligaciones. Y aprovechando que se halla en esta villa el Capitán Juan de Alfaro, persona que posee poder general de doña Josefa de Atienza Palacios, viuda de dicho Alférez Pedro de Trujillo, le pidió otorgar instrumento de consentimiento para hacer dicho traspaso y en efecto se realizó al Capitán Juan Gómez Dávila.
Zonder titelEl Capitán Juan de Alfaro, residente en esta villa de Córdoba, dijo que el Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, vecino labrador que fue [San Andrés] de Chalchicomula, Provincia de Tepeaca, vendió a Francisco de Barrios, vecino de esta dicha villa, 10 caballerías de tierras, en los asientos de Tlacomulco debajo de los linderos en que entran llanos, montes, lomas y cerros, por la cantidad de 1 250 pesos de oro común y en los términos que expresan en dicha escritura de venta y de obligación. Asimismo, dijo que al fallecer Pedro de Trujillo, éste se hallaba con poder general de doña Josefa de Atienza Palacios, de modo que antes de morir sustituyó dicho poder en el otorgante, siendo ratificado por doña Josefa de Atienza Palacios. De tal modo, que el otorgante haciendo uso de dicho poder, recibe la petición de Francisco de Barrios de vender y traspasar las 10 caballerías de tierras a persona segura, como lo tiene ajustado con el Capitán Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa, por la razón de que se encuentra atrasado y sin poder dar cumplimiento a la paga por hallarse en notoria pobreza, y el otorgante mirando a la mayor seguridad de la cobranza aprueba dicho traspaso de venta.
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