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              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0127 · Item · 1715/12/31
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Lázaro Díaz y Nicolás de la Mata, Alcaldes del pueblo de San Lorenso Serralbo [Lorenzo Cerralvo] de la jurisdicción de esta villa Córdoba; y Pedro Bernal, Regidor de dicho pueblo, a nombre propio y de los demás vecinos de San Lorenzo, por la licencia que tienen de Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de esta villa, otorgan arrendamiento a Benito Arias un pedazo de tierra de 25 varas en cuadro en dicho pueblo, para que haga su casa de vivienda y tienda cercada de tablas, cubierta de zacate o teja, pozo y panadería con su horno de cal y canto, por tiempo de 5 años, que empezó a correr y contarse desde el día 6 de noviembre del presente año, a razón de 10 pesos anuales. Con la obligación de no quitar a dicho Benito la tierra arrendada, en caso contrario se le dará otra con las mismas condiciones, asimismo, aceptó esta escritura y pagará por el arrendamiento a los alcaldes de dicho pueblo y en caso de que antes que se cumpla el contrato se hiciera traspaso de la casa y tienda a otra persona, se obligó a que pagará el arrendamiento de ella.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0027 · Item · 1716/03/26
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Guazo de los Ríos, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Pie de Concha, en las montañas de Burgos, en los reinos de Castilla, hijo de Juan Guazo de los Ríos y de María Sáenz de Hoyos, difuntos; y María Galván de la Oliva, su mujer, vecina de esta villa, hija de Alonso Galván y de Juana de la Oliva, difuntos; ambos otorgan su testamento en la forma siguiente: Mandan que sus cuerpos sean amortajados con el hábito y cuerda de San Francisco, de cuya Orden de Penitencia son hermanos, Juan Guazo de los Ríos es de hábito exterior y ella de hábito interior, y como tales hermanos conducidos sus cuerpos, el de Juan a la capilla de la Orden Tercera de Penitencia sita en el convento de San Antonio, y el de la susodicha a la iglesia parroquial de esta villa. Juan Guazo de los Ríos, declara fue casado en las montañas de Burgos, en la villa de Pie de Concha, con Ana Núñez, y cuando contrajeron matrimonio la susodicha ni él llevaron caudal alguno, procrearon a Francisco Guazo de los Ríos, del que tuvieron noticia es difunto, aunque no confirmada, y habiendo fallecido Ana Núñez no dejó caudal alguno, ya que murió pobre. Ambos declaran que hace diecinueve años contrajeron matrimonio, y ella llevó por dote un solar el cual se vendió en 50 pesos, y Juan llevó de capital una casa de cal y canto cubierta de teja que es de su morada y 200 pesos en reales, misma que se haya mejorada y una tienda en ella. Por bienes suyos, señalan la casa de su morada y tienda de géneros comestibles. Declaran han criado y tienen en su casa y compañía a Feliciana Seferina Márquez, niña que será de edad de diez años, y a Nicolás Francisco del Río, niño de siete años, a quienes mandan se les den de los bienes de ambos 50 pesos a cada uno por legado, luego que tengan la edad o tomen estado, en el ínterin mandan que dicha cantidad pare en manos de los albaceas de ambos. Ambos se nombran por sus albaceas testamentarios y tenedores de sus bienes junto con el Licenciado don Nicolás de la Torre y Mena, Cura Beneficiado por Su Majestad de esta villa, Vicario y Juez Eclesiástico en ella. Dicha María Galván nombra por su heredero a Juan Guazo de los Ríos y éste nombra por heredero a Francisco Guazo de los Ríos, su hijo, con declaración de que en caso de que apareciere él o sus nietos y justificando con información de ser sus descendientes, aperciban su herencia, la cual ha de quedar en el ínterin en la casa de su morada, cuyos réditos o alquileres de ella han de quedar en el ínterin en la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la parroquia de esta villa. En caso de que se que tenga noticia de que haya fallecido su heredero, pasará a ser heredera la cofradía de dicho remanente.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0012 · Item · 1717/03/12
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don José del Castillo, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a don Juan Cordero, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona pueda administrar, vender y gobernar una tienda pública que tiene en esta villa, de todos y cualesquier géneros de Castilla, China y otras partes, que importan 1 870 pesos y 5 reales como parte del balance que de ella se hizo y en la que se incluyen los débitos, trastos del mesón y alhajas de casa; y del principal pague las cantidades que está [debiendo] el día de hoy a diferentes personas [roto] que constan de una memoria adjunta con dicho balance, que queda en su poder junto con otra memoria que él lleva consigo. De las ganancias que produjere el principal, los géneros, el mesón que tiene arrendado y los 500 pesos del principal empleado en tabacos, se los aplica a su hermano por el trabajo, solicitud y cuidado que ha de tener en la administración de la tienda, mesón y beneficio del tabaco. También, le da poder para que demande y cobre judicial o extrajudicialmente de cualquier persona las cantidades de pesos, plata, joyas, esclavos y otras que se le deban por escrituras, cédulas u otra causa, y si fuere necesario parecer en juicio.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0100 · Item · 1717/11/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, Presbítero, don Salvador de Mérida y doña Estefanía Rodríguez, vecinos de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre de Juan Marcos Rendón, vecino que fue de esta villa, difunto, y en virtud del poder que les otorgó el 23 de julio pasado del presente año para hacer su testamento y demás cosas, mismo que usan para señalar lo siguiente: Dijeron que tras el fallecimiento de Juan Marcos, el 3 de agosto pasado del presente año, fue sepultado en la iglesia del pueblo de Orisava [Orizaba], su cuerpo fue amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya Tercera Orden era hermano. Señalan que tenía cuenta corriente con el Capitán don Gaspar Rendón, su hermano, la cual no tenía liquidada, de lo cual salió alcanzado en 4 913 pesos y 6 reales en los que se incluyen 1 200 pesos de dos cuarterones de solar y la fábrica de la esquina donde tiene su tienda y lo demás le dio para los avíos, y restos de su rancho. También tenía cuenta con el Alcalde don Francisco Pibot y Tapia de dos diezmos y de resto de ella le debía 60 pesos, asimismo, estaba debiendo a don Salvador de Mérida 584 pesos y 6 tomines, y a otras muchas personas, cantidades que se mencionan en esta escritura. Por bienes del difunto, señalan una casa fabricada en esquina en tres cuarterones de tierra, en la cual tenía una tienda de géneros al cuidado de Juan Mateo Polo, además de un rancho de labor en tierras del cabildo de esta villa, una casa de troje de barro, treinta y un mulas, tres esquilas, veinte yeguas, ochenta y un cabezas de ganado de cerda. Por poder fueron nombrados albaceas, y a Estefanía como tenedora de bienes, tutora y curadora de sus hijos. Habrá tiempo de cinco años y meses que Estefanía y el difunto se casaron, y ella no llevó a su poder dote alguna y el susodicho llevaría de 4 a 5 000 pesos, y procrearon a María Francisca, José Román y Rosa María, a quienes nombró por sus herederos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0103 · Item · 1719/10/14
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Sebastiana de Madrid, vecina de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre de Juan Hernández, su marido difunto, y en virtud del poder para testar que éste le otorgó el 12 de noviembre de 1706. Dijo que el día de ayer falleció su marido y se le dio cumplimiento al tenor del citado poder, en el que se procedió a hacer su testamento en la forma siguiente: Su cuerpo fue amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia de esta villa en la capilla de Nuestra Señora de la Soledad. Mandó limosnas a cada una de las cofradías sitas en esta villa, también mandó que se sacasen pesos de sus bienes para que se pusiesen a réditos [roto], y del remanente que quedase del quinto de sus bienes se pusiese en réditos a finca segura para la fábrica de la capilla Nuestra Señora de los Dolores. Tenían deudas con el difunto: el Bachiller don [roto] de Sagade, don Pedro Pablo López del Castrillo, José de Segura y Ceballos, Francisco Rodríguez, José de Arriola y otras personas que se mencionan en esta escritura. Declara que su marido tenía en poder de Antonio Morales una carga de tabaco. Señala fueron casados por tiempo de veinte años poco más o menos y él tenía de caudal 1 000 pesos y ella 152 pesos, en cuyo matrimonio procrearon al Bachiller Manuel José [Hernández], a Teresa [de Jesús Hernández] mujer de Juan Álvarez de Rivera, a María Josefa [Hernández] y a Juan Nicolás [Hernández]. Por bienes del difunto, quedaron: la casa de su morada más otra que está frontero a la anterior; un solar eriazo en donde está fabricada la casa, donde fue la voluntad del difunto se fabricase la capilla antes mencionada; otro solar frontero a la casa del regidor[roto]; una tienda con diferentes menudencias de la tierra de Castilla, China y muchas partes; una casa en el pueblo de Orizaba; un rancho [roto], sembraduras de tabaco y esclavos, de entre los cuales se encuentra una negra esclava nombrada Isabel, de la que le comunicó el difunto le sirviera por lo días de su vida y luego que ella falleciere se le deje en libertad, también se declaran otros bienes en este documento. La otorgante señala fue nombrada albacea y tenedora de bienes, asimismo, nombró albacea al Teniente don Esteban de Naval y Pintos. Nombró por herederos a sus hijos, y también la nombró a ella como tutora y curadora de ellos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0046-PC_0046_0018 · Item · 1710/02/25
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez don Francisco Blas de Medina, vecino del pueblo de Orizaba y residente en esta villa de Córdoba, vende al Secretario Juan de Espinosa, Escribano de Su Majestad y vecino de Orizaba, 25 varas de solar de frente y 50 de fondo en dicho pueblo, en el cual tiene fabricada una casa de cal y canto cubierta de teja, compuesta de una sala y tienda de 17 varas, dos hornos y un pozo, con un cuarto de barro cubierto de teja, y lo demás que le pertenece; ubicado en la calle que atraviesa para la calle Real de la parte de arriba de dicho pueblo, y linda por una parte con solar y casa de Francisco Barrales por la parte del norte; por el sur hace esquina y frente, calle en medio, con casa y solar de los herederos de Juan de Segura; por las espaldas y fondo linda con solar de los herederos de Juan Hernández de Estrada; y por el poniente, calle en medio, hace frente con casa de los herederos de Josefa de Guzmán; cuyo solar lo hubo y compró de Francisco Barrales en el año de 1705. Lo vende en precio de 1 150 pesos de oro común en reales.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0049-PC_0049_0017 · Item · 1713/03/10
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Miguel González, vecino de esta villa de Córdoba, otorga en arrendamiento a Pedro Gómez, una casa baja, de piedra, cubierta de teja, con una sala, tienda y cocina, ubicada en la calle que sale de la plaza Pública para el camino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], la cual por una parte linda con casa de Juan del Río, y hace frente, calle en medio, con solar de don Miguel García de Monzaval y herrería de Diego Ventura Márquez, vecino de esta villa. La arrienda dos años por precio de 4 pesos y medio mensuales.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0113 · Item · 1700/11/13
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco Fernández de la Lastra, vecino de esta villa de Córdoba y natural de las montañas de Burgos en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Pedro Fernández de la Lastra y de Susana González de Cueto, difuntos, dijo que por cuanto esta para salir a la ciudad de la Puebla de los Ángeles a buscar curación de los achaques que padece, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que tiene por bienes la mitad de los géneros de que se compone una tienda que gobierna y rige Esteban de Naval y Pintos en esta villa, su compañero, quien los tiene aparcería y compañía entre los dos y a quien deja a su cuidado su corto caudal y cuando muera entregue cuentas de lo que le pertenece a sus albaceas. Nombra como albaceas testamentarios a Juan Álvarez de Rivera y Antonio de los Reyes Ladrón de Guevara, vecinos de esta villa, y solo como tenedor de bienes al dicho Juan Álvarez. Finalmente, como no tiene herederos ascendentes ni descendentes, nombra como herederas universales a las Ánimas del Purgatorio, para que todo el remanente de sus bienes se aplique y se convierta en misas.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0040-PX_0040_0073 · Item · 23/05/1766
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Blas Tortoza, vecino de este pueblo de Jalapa y próximo a viajar a la ciudad de Oaxaca para poner una tienda en compañía de don Mateo Antonio Ortiz de Zárate, se obliga a pagar a don José de Ahedo, vecino de España y residente en este pueblo, la cantidad de 3, 580 pesos importe de varios géneros de Castilla, los que se obliga a pagar el 1 de marzo del próximo año en este pueblo o en la Ciudad de Veracruz.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0040-PX_0040_0114 · Item · 28/07/1766
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Velad, vecino de este pueblo de Jalapa, ha recibido de su hermana doña Josefa Mariana Velad, mujer de don Gaspar de Olavarrieta, Alcalde Mayor de Malinalco, por orden de don José Antonio de la Pedreguera, sobrino de dicho Olavarrieta, la cantidad de 2,476 pesos 2 y medio reales en cuenta de pago de la legitima materna y paterna e importe del balance de una tienda mestiza con todos sus pertrechos, ubicada en este pueblo de Jalapa, valuada por don Matías de la Mora Castañeda y por don Bernardo de la Fuente, obligándose a pagar a don Gaspar de Olavarrieta, 150 pesos anuales y en temporada de flota 500 pesos, por el arrendamiento de la casa en donde esta la tienda.