El Capitán Francisco de Arostegui, natural de la villa de San Sebastián, en Vizcaya, hijo legítimo de Miguel de Arostegui y de Doña Mariana de Chazarreta, dio su poder cumplido a Jerónimo de Cortabarría, residente en Jalapa y vecino de Sevilla, y en su ausencia, al Lic. Manuel de Alegrette, residente en este pueblo, y natural de la ciudad de Cádiz, en los reinos de Castilla, para que hagan y ordenen su testamento, con las mandas, legados y obras pías que les pareciere.
TESTAMENTOS
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Doña Polonia de Rivilla, vecina de este pueblo de Jalapa, hija legítima de don Martín de Rivilla, natural de la Villa de Portogalite, en el Señorío de Vizcaya y de doña Sebastiana Ortiz de Zárate, vecina de este pueblo de Jalapa, casada en primeras nupcias con Juan de Ochoa, difunto quien fue vecino de la Veracruz, de quien fue albacea y heredera, en segundas nupcias se casó con Juan de la Torre, vecino de este pueblo, difunto, de quien también fue albacea y heredera, realiza testamento, en el cual nombra como albaceas a su citada madre, en compañía de Juan de Dios Thormes, su hermano y como heredera a su mencionada madre.
Don Juan Lucas de Olavarrieta, natural del Valle de Oquendo, provincia de Álava en Vizcaya, hijo legítimo de don Juan de Olavarrieta y de doña Teresa de Lartundo, difuntos, otorga su testamento donde declara deja a las mandas forzosas y acostumbradas 8 reales a cada una de ellas; manda a sus albaceas aplicar por su alma cuantas misas se puedan celebrar en todas las iglesias y capillas de esta Villa; se casó dos veces, del primer matrimonio no tuvo sucesión, y del segundo con doña Francisca de Iriarte y Alba tuvo 2 hijos; él tenía 40 000 pesos y 10 000 en dependencias de difícil cobro. Nombra como tenedora de sus bienes a su mujer. Durante este matrimonio no ha tenido gananciales debido a la época calamitosa que se experimenta. Tiene entre sus bienes la casa que habitan y lo demás en sus libros de cuentas. Nombra como herederos a sus hijos y como curadora a su mujer y a don Manuel Pérez y Suárez, en caso de que ella pase a segundas nupcias, recaerá sólo en el mencionado Pérez.
Don Carlos de Escurra, vecino de esta Villa, natural del señorío de Vizcaya, hijo legítimo de Miguel de Escurra y de doña María Antonia Echeverría, difuntos, otorga poder para testar a don Lino Caraza Jiménez, a don Miguel de Arieta y a don Manuel de Baena, para que después de su muerte procedan a la apertura de un pliego cerrado y ejecuten puntualmente su encargo.
Don Cornelio Berriaga y Chaurreta, hijo legítimo del difunto don Manuel de Berriaga y de doña Josefa Chaurreta, natural de Portugalete, en el Señorío de Vizcaya, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, ordena su testamento donde declara ser soltero y no tener heredero forzoso; manifiesta que su caudal asciende a 60 mil pesos; expresa que de sus bienes se den a Ifigenia García, 300 pesos, del que le hace legado en forma por el amor y cuidado con que lo ha asistido en su enfermedad; asimismo señala se manden 500 pesos a los pobres mendigos de la Nueva Veracruz; también se envíen 200 pesos de limosna para la conclusión del Templo de Nuestra Señora de Guadalupe de México; declara que el resto de la parte que puede de sus bienes libremente disponer, se distribuyan por su albacea entre los pobres y familias de solemnidad de la misma Veracruz; nombra como primer albacea a don Joaquín José Micon, y por falta de éste, a don José Gutiérrez Zamora, instituye como universal heredera a su madre doña Mariana Josefa de Chaurreta. Por último, argumenta que si a la fecha de su muerte, su madre ha fallecido entonces ese caudal se empleará en las cláusulas que se mencionan en la escritura.
Don Matías Ochoa de Amézaga, vecino de esta Villa, hijo legítimo de don Juan Bautista de Ochoa de Amézaga y de doña Juliana de Elegalde, difuntos vecinos que fueron del lugar de Victoria, Provincia de Álamos en el muy noble Valle de Zuya, Señorío de Vizcaya, otorga poder para testar a su legítima esposa doña María del Rosario Ochoa. Declara que tiene por sus hijos a María Guadalupe, Gregorio, María Joaquina y María Romana, todos menores de edad. Nombra como albacea a su referida esposa y como herederos a sus hijos.
Don Bartolomé de Lecea, viudo, vecino de Jalapa, hijo legítimo de Don Lucas de Lesea y de Doña María de Villodas, difuntos, vecinos que fueron de la ciudad de Vitoria, en el Señorío de Vizcaya, de donde es natural el otorgante, dio su poder cumplido a Francisco de Castro, vecino de Jalapa, para que en su nombre haga y ordene su testamento, con las cláusulas, legados, mandas y declaraciones que le tiene comunicado.
Juan Sebastián del Alamo, natural de Leanuri en el Señorío de Vizcaya, Reino de Castilla, hijo legítimo de Juan Bautista del Álamo y de Juana Antonia de Alcibar, otorga su testamento, donde declara tener entre sus bienes 500 pesos de oro común, lo que le toca de la parte paterna y materna entre otros bienes menores. Nombra como albaceas a Juan de Thormes, mercader y vecino del pueblo de Jalapa, y a Sebastián de Zavala, residente en la Ciudad de la Nueva Veracruz, nombra como herederos a Ortuño de Alcibar, su hermano legítimo.
Don Lucas Duarte, estante en Jalapa, vecino de la ciudad de México, natural de la Villa de Bilbao, en Vizcaya; hijo legítimo de Don Domingo Duarte y de Santos de la Sierra, difuntos, dio su poder cumplido a Don Alonso de Torquemada, vecino de Jalapa, para que después de su fallecimiento haga y otorgue su testamento, según las cosas que le tiene comunicadas.
Bartolomé de Lecea, vecino de Jalapa, natural de la ciudad de Vitoria, en el Señorío de Vizcaya, en los reinos de Castilla, dio su poder cumplido a Alonso Díaz Montero, mercader y vecino de Jalapa, para que en su nombre haga su testamento con las mandas, legados y declaraciones que le tiene comunicadas.