Doña María Josefa de Vieyra y Álvarez, natural de la Nueva Veracruz, hija legítimo del matrimonio de don Juan de Vieyra y Sousa y de doña María Ignacia Álvarez de Ocampo, ambos difuntos, otorga su testamento en la siguiente manera: declara que es viuda del finado don Manuel Antonio del Valle, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, de cuyo matrimonio procrearon como hijos legítimos a María Ignacia del Valle y Vieyra, viuda también de don Pedro García del Valle, el presbítero don Juan Manuel, Pedro José, Manuel Antonio, María Felipa de Jesús, José María, Francisco Javier y María del Rosario del Valle y Vieyra, más los que murieron en minoría de edad. Declara que el testamento que otorgó su marido, en la Puebla de los Ángeles y bajo del que falleció, consta el haber que percibió de su pertenencia por fallecimiento de sus padres y el que él tenía cuando celebraron su alianza conyugal. Declara por bienes la casa alta que fue de su habitación en la Nueva Veracruz, otra en esta villa, la hacienda de Encero [el Encero], el ajuar, muebles de la casa que habita, plata labrada, alhajas y todo lo demás que les consta a sus albaceas, como los créditos activos que resulten de los libros de cuentas y apuntes de su casa. También declara que deja a sus albaceas una memoria de comunicados, que se guardará como cláusulas expresas de este testamento para su cumplimiento y mejor instrucción de su voluntad. Nombra por sus albaceas a sus hijos Pedro, Juan Manuel y Manuel Antonio del Valle y Vieyra. Y por sus únicos y universales herederos a sus ocho hijos mencionados.
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Don Pedro Francisco de Villa, natural del pueblo de [Atzalan], Jurisdicción de Jalacingo, avecindado en la Hacienda el Lencero, hijo legítimo de don Andrés de Villa y doña Josefa Cabañas, difunta, otorga su testamento donde declara está casado con doña Juana Pérez Pensado, con quien ha procreado a María de la Luz, de 13 meses de edad. Declara que la Hacienda el Lencero, perteneciente a los bienes del finado don Manuel Antonio del Valle, la tiene en arrendamiento por 4 años, pagando de renta anual 1 500 pesos, de cuyo arrendamiento restan 15 o 16 meses, teniendo los pagos en orden. Declara como bienes una tiendita en el paraje de Corral Falso, en terreno y casa perteneciente a don Juan de Bárcena, a quien las tiene arrendadas, cuya tienda asciende a 2 000 pesos, de cuyas utilidades que produce la mitad pertenece a su hermano don José Pensado. Nombra como albaceas a su esposa doña Juana Pérez Pensado, junto con don Juan Antonio Pérez Pensado, padre de su esposa, y a don Cipriano Pensado, hermano político del otorgante. Y como heredera universal designa a su citada hija y al póstumo o póstuma de que se halla grávida su mujer.
Doña Ana María Díaz y Rodríguez, natural del rancho de Corral Falso, de esta jurisdicción de Jalapa, de donde es vecina, hija legítima de don Juan Manuel Díaz Platas, difunto, y doña Anastasia Antonia Rodríguez viva, casada con Pedro de Mora, vecino de la hacienda el Lencero, otorga su testamento donde nombra como albaceas testamentarias y herederos universales de sus bienes a su citada madre junto con su marido, don Pedro de Mora. Declara que sus únicos bienes son 40 vacas que heredó de su padre, entre otros bienes menores.
Don Juan Bautista de Lotina Erdicoa, natural de la Anteiglesia de Fruniz, del Señorío de Vizcaya, hijo de los difuntos don Francisco de Lotina y doña María Antonia de Ysasi, otorga su testamento; declara ser administrador de la Real Renta de Correos de esta Villa, de la que disfruta de sueldo de 1 500 pesos anuales. Manifiesta ser casado con Lorenza Martínez, quien no trajo nada al matrimonio, y él disfrutaba el sueldo citado, procrearon 2 hijos; además, poseía una casa de cal y piedra, de edificio alto, situada en la primera cuadra de la Calle de la Amargura, la que tiene arrendada en 500 pesos anuales, y está afecta a varios principales que se redimirán con el caudal del arrendamiento. Expresa que debe y le adeudan varias personas. Nombra albacea y curadores ad bona de sus hijos, en primer lugar a su consorte, en consorcio de su madre doña Josefa Espinosa de los Monteros, y en segundo a don Bernardo de los Cobos y don José Miguel de Iriarte, para que del remanente de sus bienes los vendan y rematen; instituye como herederos universales a sus dos hijos.