Juan Martín, residente en esta villa de Córdoba y vecino y natural de [la ciudad de Sevilla] en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Cristóbal Martín Infante y [roto] Gabriela, vecinos que son de dicha ciudad de Sevilla; dijo que por cuanto tiene comunicado a su hermano Cristóbal Lorenzo Infante, las cosas tocantes al descargo de su conciencia y lo que le deben y él debe, otorga poder a Francisco José de la Parra, vecino de esta villa, para que después de su fallecimiento haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado. Nombra como albaceas a Cristóbal Lorenzo Infante y a Francisco José de la Parra, su compañero, y como herederos a sus padres.
Sem títuloTESTAMENTOS
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Doña Micaela Ramos, residente en esta villa de Córdoba y vecina del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] de esta jurisdicción, y natural de la ciudad de Tlaxcala, hija legítima de Francisco Ramos y de Mariana Franco, difuntos; otorga poder a don Lorenzo Antonio Blanco, su hijo, para que después de su fallecimiento haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado. Declara haber estado casada con el Capitán Marcos Blanco, difunto, con quien procreó a dicho don Lorenzo, doña María y doña Nicolasa Blanco. Declara que cuando se casaron sus hijas, Nicolasa con don Dionisio Serrano y Perea; y María Blanco Ramos con el Alférez don Eugenio Serrano y Perea, difunto, le dio a cada una lo que les correspondió de la partición de los bienes de su padre; y al dicho Lorenzo cuando se casó con doña Narcisa de Buendía y Perea, le dio también lo que le correspondía. Nombra como albacea y tenedor de bienes al dicho don Lorenzo Antonio Blanco, y como herederos a sus hijos.
Sem títuloDon Manuel José de Rosas y Zorrilla, Caballero de la Orden de Calatrava, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre del Capitán don José de Segura y Ceballos, difunto, vecino que fue de esta villa, en virtud de poder para testar que le otorgó a él y al Licenciado don Antonio de Segura y Ceballos, su difunto hermano, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que dicho capitán falleció el 10 de abril de 1712; que fue natural de la ciudad de los Ángeles; y fue hijo legítimo del Capitán don Juan de Segura y de doña Florentina de Ceballos, difuntos. Dijo que fue voluntad del difunto que Juanilla, negra esclava de cinco años de edad, hija de José joyero, negro, también su esclavo, se la diesen a su hija, doña María de Segura y Ceballos, como manda graciosa. Declara que sobre la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Candelaria, que quedó por bienes de dicho difunto, están cargados los siguientes censos y capellanías: 2 000 pesos a favor de Juan Cabezas; 14 500 a favor del convento de religiosos Carmelitas Descalzos de la ciudad de los Ángeles; 8 000 pesos a favor del convento se Señora Santa Clara de la ciudad de los Ángeles; 1 000 pesos a favor del convento de Santa Inés del Monte Polenciano [Montepulciano] de la ciudad de los Ángeles; 2 200 pesos de principal de una capellanía a favor del Licenciado don Alonso Berruecos; 1 000 pesos de una capellanía a favor del Licenciado don Lope de Cuello, Presbítero; 3 000 pesos a favor del Capitán don Diego Andrada, y hoy pertenecen al convento de Santa Clara por haber hecho sus herederos cesión de ellos; 1 000 pesos a favor de una hija de don Domingo José de Apresa Gándara Araujo y Moctezuma, Religiosa del convento de la Concepción de la ciudad de los Ángeles. Declara que dicho difunto debía lo siguiente: 1 000 pesos y sus réditos a favor del Licenciado Almonacid, Capellán del coro de la santa iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles; 800 pesos a una cofradía de la ciudad de Cholula; 400 pesos a otra cofradía de Cholula o Guexosingo [Huejotzingo]; 2 000 pesos a la Venerable Concordia de la ciudad de la Puebla; 2 000 pesos que están cargados sobre una casa que quedó por bienes de dicho difunto en esta villa. Declara que dicho difunto estuvo casado con doña Gabriela Blanco, hija legítima del Capitán José Blanco y de doña Francisca Jiménez de Encinas, difuntos; y que cuando contrajeron matrimonio recibió de dote 6 100 pesos y 4 000 pesos que dio el difunto en arras, asimismo, por esos días él tendría como 10 000 o 12 000 pesos de capital. En dicho matrimonio procrearon a José de Segura y Ceballos, de veintiocho años de edad; a doña María de Segura y Ceballos, de veinticinco años; a doña Francisca Segura y Ceballos, difunta, mujer que fue de don Manuel José de Rosas y Zorrilla. Declara por bienes del difunto tres casas en esta villa; una casa principal en la ciudad de los Ángeles, frontero del Colegio de San Juan, la cual tiene cargados 4 200 pesos de principal de una capellanía; y la hacienda Nuestra Señora de Candelaria, en la jurisdicción de esta villa de Córdoba. Se nombra como albacea don Manuel José de Rosas y Zorrilla; nombra como herederos a don José de Segura y Ceballos y a doña María de Segura y Ceballos; y en representación de Francisca de Segura y Ceballos, difunta esposa del otorgante, a los hijos de ésta: don Manuel, doña María y doña Luisa de Rosas y Segura. Asimismo, Manuel José de Rosas y Zorrilla se nombra tutor y curador ad bona de los hijos menores del capitán.
Sem títuloEl Bachiller don Diego García Calvo, Presbítero, y don Francisco Valero y Alvarado, vecinos de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de don Miguel Valero Grajeda, difunto, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo que fue de esta villa, en virtud de poder para testar que les confirió, otorgan el testamento de dicho difunto de la siguiente manera: Declaran que el día 22 de julio pasado falleció dicho alférez en esta villa. Declaran que los bienes del difunto están debiendo lo siguiente: 202 pesos 2 reales a Juan Álvarez de Rivera; 159 pesos al Bachiller don Ambrosio Sarmiento de Figueroa, Colector que fue de diezmos de la santa catedral de la ciudad de los Ángeles; 150 pesos al Licenciado don Nicolás García de Figueroa, vecino de la Puebla; 100 pesos a Pedro Pezellín Vaca, vecino de Orizaba; 332 pesos al Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, Alcalde Mayor de Orizaba; 225 pesos 5 reales a los bienes del General don Francisco Sigler del Rebollar, difunto; a don Francisco Rodezno, vecino de la ciudad de México, Contador del Tribunal de Alcabalas, 384 pesos de traspaso que le hizo don Sebastián de Landeta, vecino de la ciudad de Oaxaca, a quien se los debía el difunto; 212 pesos a don Francisco de Lara, vecino de Acayuca [Acayucan]; 79 pesos a Tomás Lucas de la Cruz y a Juan Lucas, hermanos, vecino del pueblo de Santa Ana; entre otros que se mencionan. Declaran que a dicho difunto le debía el Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, 805 pesos que suplió para compra de las tierras del Ojo de Agua; asimismo, en virtud de poder del Ilustre Cabildo de esta villa, gastó cantidad de pesos en el pleito que siguió contra don Juan Mellado de Rivadeneira, cantidad que le suplió don Miguel Vélez de la Rea, Caballero de la Orden de Santiago. Declaran que el difunto tenía renunciado su oficio de Alférez Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa en don Diego Valero Grajeda, su hermano y que éste se había obligado a pagarle 2 000 pesos, y que sólo le cobraran 1 500 pesos porque le hacía gracia y donación de los otros 500 pesos. Declaran por bienes del difunto un rancho de labor nombrado el Piñal, de 9 caballerías de tierra, el cual tiene cargados 666 pesos 5 reales y medio a favor del convento de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de los Ángeles; y dos solares eriazos en la plaza Pública de esta villa. Se nombran los otorgantes como albaceas testamentarios del difunto y a Francisco Valero y Alvarado como tenedor de sus bienes. Nombra como herederos universales a sus tres hijos naturales: Agustín Valero y a Josefa Valero, mayores de veinticinco años, y a Juan Valero, dieciocho años, y nombra a Francisco Valero y Alvarado como tutor y curador ad bona de su hijo menor Juan Valero.
Sem títuloBartolomé Rodríguez, indio natural y vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Francisco de la Cruz y de Melchora María, indios difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena que su cuerpo sea amortajado con un lienzo blanco en memoria de la Sabana Santa y enterrado en la iglesia parroquial de esta villa. Declara estar casado con María Jerónima, india, con quien ha procreado a Nicolasa María, de cinco años de edad. Declara deber a Francisco Estévez, mercader vecino de esta villa, 5 pesos, y 3 pesos a Antonio Estévez. Declara por bienes un rancho en tierras de esta villa, en Mata Coyote, con una sembradura de maíz; dos casas de paja y palo, una grande y una pequeña; cuatro mulas aparejadas de carga; una cajita de pino; y una silla con su freno y cojinillos. Nombra como albaceas a Lucas de Arzabal y María Jerónima, su mujer, a esta última también la nombra como su tenedora de bienes, tutora y curadora ad bona de su hija. Nombra como heredera a su hija Nicolasa.
Sem títuloJuan Rodríguez Monzón, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Monzón en el reino de Portugal, hijo legítimo de Gonzalo Rodríguez y María Fernández, difuntos; otorga poder a Juana Rodríguez, su mujer, y a Diego de Palma para que después de su fallecimiento hagan y ordenen su testamento como se los tiene comunicado. Declara que hace un año cuatro meses contrajo matrimonio con la dicha Juana Rodríguez, la cual llevó al matrimonio lo que ella declare, y él llevaba como 1 600 pesos, de cuyo matrimonio no han tenido hijos. Nombra como albaceas a Diego de Palma y a Juana Rodríguez, y por tenedora de bienes a la susodicha. Nombra como heredera a su mujer, Juana Rodríguez.
Sem títuloJuan Antonio Romero, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de México, hijo legítimo de don Francisco de Cuenca y doña Antonia de Mendoza, difuntos, otorga poder a su hijo José de Cuenca, vecino de esta villa, para que después de su fallecimiento otorgue su testamento como se lo tiene comunicado. Declara fue casado con Ana Márquez, con quien procreó a José de Cuenca y a Beatriz Márquez, mujer legítima de [Jorge] Gómez Salmerón. Declara contrajo segundas nupcias con doña Micaela [roto] Medrano y Altamirano, residente en la villa de Atrisco [Atlixco], con quien no ha procreado hijos. Declara por bienes medio solar en el pueblo de Orizaba, en la calle del Santo Cristo, que linda con su capilla, calle en medio. Nombra como albacea a José de Cuenca, y como herederos a sus hijos.
Sem títuloLuis Antúnez, residente del pueblo de Jalapa, hijo legítimo de los difuntos Juan Antúnez y María de Guevara, junto con Juana de Aguilar, su esposa legítima, realiza su testamento, en el cual designan por albacea y heredero a Juan Germán, su sobrino.
Felipa de Jesús de Acosta, mujer legítima de Juan José de Zárate, Jacinta Micaela de Acosta, mujer legítima de Santiago de Zárate y Lucía Josefa de Acosta, mujer legítima de Luis Beltrán Ortiz de Zárate, vecinos de este pueblo de Jalapa y ellas con licencia expresa de sus maridos, otorgan poder especial a don Antonio Laureano de Campo, vecino de este pueblo, para que comparezca en todas las diligencias de los inventarios y avalúos que se hagan al testamento del difunto Sargento José de Acosta, padre de las mencionadas, y quien dispuso como última voluntad, nombrarlas sus herederas legítimas.
Don José Joaquín de Castro, heredero de su difunto padre el Capitán don Bartolomé de Castro, otorga poder especial para testar a don Laureano Fernández de Ulloa, y a don José Antonio de Acosta, vecinos de este pueblo de Jalapa, para que a su nombre cobren 100 pesos que le corresponden de dicha herencia.