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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0025 · Pièce · 1706/03/20
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Pedro de Villanueva, residente en esta villa de Córdoba, natural de la villa de San Lorenzo de la Parrilla, obispado de Cuenca en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Pedro de Villanueva, difunto, y de Ana Lázaro de la Plaza que vive en dicha villa, dijo que por cuanto las cosas del descargo de su conciencia y bienes de su alma las tiene comunicadas con don Gaspar Rendón y el Bachiller don José Gutiérrez, Clérigo Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, por tanto, en aquella vía y forma otorga que da a los susodichos el poder para que otorguen su testamento con todas las mandas y declaraciones que hizo en una memoria que deja firmada entre sus papeles. Declara que nombra a los dichos Gaspar y José por sus albaceas testamentarios y por solo tenedor a Gaspar Rendón. Y en el remanente que quedare de todos sus bienes nombra por su única y universal heredera a dicha Ana Lázaro de la Plaza, su madre.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0031 · Pièce · 1706/04/06
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la isla de la Palma en el lugar de los Llanos una de la gran Canaria, hijo legítimo de Sebastián Pérez Padrón e Isabel de la O, difuntos, dijo que las cosas de su conciencia las tiene comunicadas con Antonio Padrón, su hijo, por tanto, en aquella vía y forma otorga poder al susodicho para que pueda hacer su testamento con todas las cláusulas, mandas y legados que por una memoria le dejó. Nombra albacea testamentario al citado Antonio Padrón, asimismo lo nombra su heredero legítimo.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0086 · Pièce · 1706/08/05
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Micaela Ramos, vecina de este pueblo de San Juan Coscomatepec, natural de la ciudad de Tascala [Tlaxcala], hija legítima de Francisco Ramos y de doña Mariana Franco, difuntos, vecinos que fueron de dicha ciudad, otorga su testamento en la manera y forma siguiente: Manda se diga por su alma, la de Marcos Blanco su marido, sus padres y sirvientes difuntos, 1 100 misas rezadas. Declara que es hermana de todas las cofradías de este pueblo y pide a sus mayordomos cumplan con la obligación que deben. Ítem manda a la fábrica material de la santa iglesia de este pueblo 200 pesos. Ítem declara que debe las cantidades de pesos siguientes: 35 pesos a la Cofradía del Patriarca San José; 1 224 pesos de resto del ganado que le compró su hijo a don Jerónimo Mendívil, vecino del pueblo de Cosamaloapan; 30 pesos al Veedor don Antonio Lorenzo de [Riascos], Alcalde Mayor de este partido. Ítem declara que por una de las cláusulas del testamento de su marido el Capitán Marcos Blanco, mandó se le diesen 200 pesos a Josefa Galván, manda que luego que tome estado se le entreguen. Ítem manda que de sus bienes se le den 200 pesos a Miguel Blanco, pardo libre, que le ha servido. Ítem manda que de sus bienes se le dé una mula aparejada a Ambrosio Cocinero; asimismo, se le den 45 pesos a Manuela, niña que ha criado en su casa. Ítem manda que Lucía López muchacha que tiene en su casa se le entreguen a su madre 40 pesos, y luego que tome estado, la susodicha se los entregue. Manda a su nieta doña Ana, hija legítima de don Dionisio Serrano y Perea y de doña Nicolasa Blanco, una gargantilla de perlas y unos aretes. Ítem declara le adeudan las personas siguientes: El licenciado don Diego Tenorio, vecino de la ciudad de los Ángeles; don José de Arrucha; el Licenciado don Antonio Téllez; el Licenciado don José Rodríguez de la Peña; el Alférez don Eugenio Serrano y Perea, su hijo; el Regidor Baltazar González de Velilla Blanco y el Regidor don Juan Valero Grajeda. Ítem declara por sus bienes dos escrituras de obligación que a su favor y la de su hijo don Lorenzo Antonio Blanco otorgó don Juan Mellado de Rivadeneira, una de 6 000 pesos pertenecientes a la paterna de su hijo, y la otra también de 6 000 pesos a su favor. Ítem declara que fue casada con el Capitán Marcos Blanco, difunto, de quien fue albacea, tenedora de bienes, tutora y curadora de sus menores hijos; de dicho matrimonio procrearon a doña María Blanco Ramos, mujer legítima del Alférez Eugenio Serrano y Perea; doña Nicolasa Blanco, mujer legítima de Dionisio Serrano y Perea; y al dicho don Lorenzo Antonio Blanco, de edad de dieciocho años. Ítem declara por bienes adquiridos del citado su hijo don Lorenzo Antonio Blanco, ganados con su industria y su permiso, ocho mulas aparejadas, nueve caballos, dos escopetas y un par de carabinas, de las cuales le hace gracia y donación. Declara por sus bienes los siguientes: una mulata nombrada Jacinta, esclava de edad de veinticuatro años, con una hija nombrada Gertrudis de ocho meses; una negra nombrada Isabel de cincuenta años; un negro nombrado Juan de cuarenta años; un mulato nombrado Marcos de trece años y otro nombrado Gabriel José de cuatro años; seiscientos sesenta y cinco toros del abasto de las carnicerías de este pueblo; ochenta y cinco cabestros y bueyes; doscientas vacas y algunas con sus crías; cuarenta y cinco caballos y yeguas; 200 novillos y treinta y cinco mulas de recua; la casa de su morada y otros artículos que se mencionan en la escritura. Nombra albacea, en primer lugar, a su hijo don Dionisio Serrano, en segundo al Bachiller don José de Arucha, Presbítero, Vicario del pueblo de San Pedro Ixhuatlán; y en tercero al Alférez Eugenio Serrano, su hijo. Y en el remanente que quedare de todos sus bienes nombra por sus universales herederos a doña María, doña Nicolasa y don Lorenzo Blanco, sus hijos legítimos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0114 · Pièce · 1706/11/10
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Isabel de Rojas, vecina y natural de esta villa, hija legítima de Bernardo de Rojas y de Melchora de los Reyes, difuntos, vecinos que fueron de ella, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda a Teresa su nieta, hija legítima de Francisco Machado y de María de Rojas, su hija, 50 pesos los cuales se le den luego que fallezcan sus padres. Declara ser casada con Juan López de Villardoy, de cuyo matrimonio tuvieron por hijos a Juan, María y Melchora López; llevando 500 pesos de dote y su marido no trajo caudal, el cual desde hace veinte años que falta de esta villa y voluntariamente se separó de dicho matrimonio en grave daño de su conciencia. Declara por sus bienes una casa de cal y canto con medio solar en que está edificada; a los esclavos Francisco, negro panadero, a Juana, negra, a Francisco, el cojo negro. Ítem declara por sus bienes 200 pesos que le debe Francisco Machado; 54 pesos que le debe [Juan] Dios Beltrán; 332 pesos que le debe Sebastián Rodríguez, difunto; 36 pesos que le debe Sebastián Milián; 26 que le debe Juan de Vega; y Salvador Gutiérrez lo que consta por un vale. Ítem declara que cuando su hijo Juan López contrajo matrimonio le dio en parte de la legítima 750 pesos. Ítem declara que cuando su hija María López de Rojas contrajo matrimonio con Francisco Machado le dio en dote 800 pesos a cuenta de su legítima. Manda se le den a Juan Beltrán 150 pesos por haberlo criado en su casa y por el mucho amor y voluntad que le tiene. Ítem manda a su hijo Juan López una caja grande de cedro nueva, una tembladera y seis cucharas de plata; a su hija Melchora López, mujer legítima de Francisco de Góngora, la casa de su morada que se compone de una tienda, una sala y un aposento. Declara que tiene dado a la citada Melchora López algunas joyas en remuneración del trabajo con que ha ayudado a ganar lo que posee. Y para cumplir y pagar su testamento nombra albaceas a Juan López, Francisco Machado, Francisco de Góngora, y por sólo tenedor a éste último; y del remanente que quedare de todos sus bienes nombra por sus herederos a Juan López, María y Melchora López.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0118 · Pièce · 1706/11/11
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Guazo de los Ríos, vecino de la villa de Córdoba, natural de la villa de Pie de Concha en el arzobispado de Burgos en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Juan Guazo de los Ríos y de María Sáenz de Hoyos, sus padres difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se den de sus bienes a las cofradías sitas en la iglesia parroquial de esta villa 4 reales cada una, y a la cofradía de Nuestra Señora de la Concepción 4 pesos. Declara que habrá tiempo de ocho años que contrajo matrimonio con María Galván de la Oliva, durante el cual no han tenido hijos. Ítem declara que antes de venir a este reino estuvo casado de primer matrimonio en la dicha villa de Pie de Concha con Ana Núñez, difunta, con quien procreó un hijo de nombre Francisco Guazo de los Ríos; dicho su hijo al presente tendrá [cuarenta] años, el cual se quedó en dicha villa cuando pasó a este reino, del cual ha recibido dos cartas, que la última la recibió habrá tiempo de veintiún año, y aunque le ha escrito diferentes cartas no ha vuelto a tener razón ni noticia de si está vivo o muerto dicho su hijo. Declara por sus bienes una casa, los muebles de que se compone. Ítem declara que es su voluntad que su mujer viva todos los días de su vida en dicha casa. Nombra albaceas testamentarios al Capitán Juan de Piña, Gaspar Rendón y Benito Rendón, vecinos de esta villa, y nombra universal heredero a su hijo Francisco Guazo de los Ríos, con declaración de que si en tiempo de diez años no viene o no se tengan noticias de él o de tener hijos legítimos, en este caso pasa a heredar la citada María Galván de la Oliva durante los días de su vida, y para después de ellos sobre dicha casa se imponga una capellanía de misas rezadas por su alma, la de sus padres y sus mujeres; nombrando como primer capellán propietario a los hijos de Alonso y Francisco Galván, sus hermanos, y a falta de ellos a los hijos de Josefa, Juana y Teresa Galván, sus hermanas.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0119 · Pièce · 1706/11/12
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Hernández, vecino de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Orizaba, hijo legítimo de Diego Hernández y Ana Ramos, difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo; y Sebastiana de Madrid, su legítima mujer, natural del pueblo de Orizaba, hija legítima de Tomás de Madrid y de Josefa Pizarro, difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, dijeron que por cuanto las cosas del descargo de su conciencia y bien de su alma se las tienen comunicadas, por tanto, en aquella vía y forma otorgan el uno al otro y el otro al otro el poder para otorgar testamento. Mandan a cada una de las cofradías sitas en esta parroquia 2 pesos de limosna. Declaran que son casados, que tienen por hijos a Manuel José Hernández de edad de seis años, Teresa de Jesús Hernández de cinco años, Matías Hernández de dos años y María Josefa Hernández de cinco meses. Se nombran albaceas el uno al otro y el otro al otro y también nombran al Sargento Esteban Nava. Nombran herederos universales a sus cuatro hijos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0007 · Pièce · 1707/01/15
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Juana Rodríguez Romano, vecina de esta villa de Córdoba y natural de ella, hija legítima de Pedro Rodríguez y de Ana Martínez Romano, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda 100 pesos para ayuda de la fábrica material de la parroquia de esta villa, 25 pesos para el convento de San Antonio, 200 pesos para su sobrina Inés Valladares y 100 pesos a Ana Margarita niña que ha criado en su casa. Declara que tiene por su esclavo a Juan de Vega, de edad de dos años, el cual es su voluntad que después de sus días y los de su marido Benito Rendón quede libre. Es su voluntad que sobre las tres casas de piedra y madera que posee junto con su marido se carguen [roto] de cuyos réditos se manden a realizar cada año seis misas cantadas en la octava de corpus con veinticuatro candelas y el último día su sermón. Asimismo, declara que sobre dichas casas se carguen 300 pesos de principal y por ellos 15 pesos de renta en cada un año para ayuda de la fiesta de Nuestra Señora de los Dolores, que se celebra en la parroquia el Viernes de los Dolores. De igual forma, manda otros 100 pesos de principal y por ellos 5 de réditos en cada un año para celebrar una misa cantada a Santa Bárbara. Por otra parte, declara que hace más de veintitrés años contrajo matrimonio con Benito Rendón con quien no ha procreado hijos. Y para cumplir y pagar este testamento nombra albaceas a Benito Rendón y a Francisco Estévez. Por último, nombra como universal heredero a Benito Rendón.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0041 · Pièce · 1707/03/21
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juana Rodríguez Romano, viuda, vecina de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de Benito Rendón, su marido difunto, vecino que fue de esta villa y natural que fue del puerto de Cabarro Cohuto [Combarro Couto] del convento de San Juan del Pollo [San Juan de Poio] del reino de Galicia y arzobispado de Santiago, hijo legítimo de Andrés de Renda y de Catalina Díaz Fernández, vecinos y naturales que fueron del citado puerto; y en virtud de su poder para testar que se otorgaron el uno al otro el pasado 15 de abril de 1703, y de dicho poder usando otorga que ordena su testamento bajo las cláusulas y legados que le tenía comunicado en la forma siguiente: Declara que su marido murió el 27 de febrero del presente año en el pueblo de Orizaba, que fue amortajado con el hábito de San Francisco de cuya orden era uno de sus hermanos terceros y sepultado en la parroquia del pueblo de Orizaba, debajo de la lámpara del Santísimo Sacramento y que el día de su entierro, 28 de febrero, se le cantó misa de cuerpo presente. Le comunicó y en su nombre declara que el día de su fallecimiento se contaran los presos de la cárcel pública de esta villa y a cada uno se le dieran 2 reales de limosna, lo cual tiene ejecutado. Ítem le comunicó y en su nombre declara que fue su voluntad se diesen 25 pesos para la fábrica de la obra material de la iglesia parroquial y 10 pesos al convento del Señor San Antonio. Ítem le comunicó su marido se diesen 100 pesos a Ana Margarita, doncella, huérfana que tienen en su casa. Ítem, le comunicó el dicho su marido se den 200 pesos y toda la ropa de color de su poner a Benito Caravallo, su sobrino. Ítem le comunicó su marido, era su voluntad que después de su fallecimiento se fundara una capellanía y memoria perpetua para que todos los días de fiesta y domingos del año se diga la misa de once rezada en la parroquia de esta villa, y para ello se saque de sus bienes hasta 4 000 pesos y se cargue a censo redimible en finca segura y permanente, para que con sus réditos se digan dichas misas, y al título de dicha capellanía se puedan ordenar los parientes de él y de ella, para lo cual y cuando llegue el caso llamó por primer patrono de la capellanía a la presente otorgante y por capellán de ella a cualquiera de los hijos, sobrinos y hermanos de la otorgante. Ítem declara que habrá tiempo de veinticinco años que contrajeron matrimonio y que durante él no tuvieron hijos. Y en voluntad de dicho poder la nombró y eligió por albacea, tenedora de todos sus bienes y asimismo la instituyó como su universal heredera.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0106 · Pièce · 1707/07/20
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco Moreno Vela, residente en esta villa de Córdoba, vecino de la villa de Tuxtla, natural de la ciudad de Antequera, valle de Oaxaca, hijo legítimo de Francisco Moreno Vela y de doña María Arteaga, difuntos, dijo que por cuanto las cosas del descargo de su conciencia y bien de su alma las tiene comunicadas con Luisa de Noguera, su mujer, vecina de la villa de Tuxtla, por tanto, en aquella vía y forma otorga que le da poder a la susodicha para que pueda hacer su testamento con todas las mandas, legados, misas y las demás cosas que le tiene comunicadas. Declara que habrá tiempo de veinticuatro años poco más o menos que contrajo matrimonio con Luisa de Noguera, durante el cual han tenido unos hijos que han fallecido y al presente no tienen ninguno. Declara que han criado en su casa a Josefa Lucía de Jesús, huérfana, la cual está en su compañía. Nombra por albacea testamentario a su mujer Luisa de Noguera, asimismo, también la nombra heredera universal. Por último, pide que por el mucho amor y voluntad que le tiene a la dicha Josefa Lucía de Jesús le aplique la cantidad que le pareciere para ayuda del estado que Dios fuere servido darle.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0131 · Pièce · 1707/09/15
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              En el rancho que llaman de las Lecheras, medio cuarto de legua de la villa de Córdoba, Juan Rodríguez, vecino de la villa de Córdoba y natural de ella, hijo legítimo de Nicolás Rodríguez y de Antonia Ramírez, difuntos, otorga su memoria testamentaria en la manera siguiente: Declara por sus bienes diecisiete reses vacas y toros en este rancho, cinco caballos mansos, tres yeguas, una silla, una casita cubierta de zacate en solar perteneciente a los propios de esta villa. Nombra a Josefa Gertrudis Basilio, su mujer, albacea, tenedora de bienes y su heredera universal.

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