Micaela García de Baldemora, viuda de Francisco de la Barreda Gayón, vecina del pueblo de Naolinco, hija legítima de Pedro García de Baldemora y de Juana Domínguez, difunta, otorga su testamento, donde declara lo siguiente: tiene como bienes la casa en la que vive; 5 vacas y 2 becerros; otros bienes registrados en una memoria. Asimismo declara que fue casada con Francisco Barradas, al contraer matrimonio trajo como dote 200 pesos y al fallecer su marido le quedaron 321 pesos 4 tomines y medio que son para sus hijos, menos para el que vive en los Reinos de Castilla. Declara también tener algunas deudas y tener dada desde su nacimiento a una esclava nombrada María a su hija Francisca. Nombra como albacea a José Nicolás de Acosta, su yerno y a Antonio García de Baldemora, su hermano, como herederos nombra a sus hijos.
TESTAMENTOS
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El Capitán Hipólito de la Peña, vecino del pueblo de Jalapa, hijo legítimo de Francisco de la Peña y de Juana de Humanes, difuntos vecinos que fueron del pueblo de Naolinco, otorga su testamento donde declara ser casado con María de las Nieves Rivera, difunta, quien no trajo dote al contraer matrimonio, tuvieron 3 hijos. Entre sus bienes se encuentran 300 cabezas de ganado vacuno en que se incluyen 60 o lo que conste por memoria del recibo que hizo del rancho del Lencero perteneciente a los padres de la Compañía del Seminario de San Gregorio de la Ciudad de México, a quienes tiene arrendado dicho rancho. La casa de su morada. Tiene 2 solares en el pueblo de Naolinco, 80 mulas de recua, 500 pesos que le debe Francisco Grajales. Manda se le den a Petrona y Teodora, huérfanas que crió, una mula aparejada a cada una y una vaca. Tiene otros bienes detallados en la escritura. Nombra como albaceas fideicomisarias a su hijo Francisco, a Sebastián Barradas y a Agustín Luis.
El Alférez Juan José Rincón, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que Antonio Barradas, difunto vecino que fue del pueblo de Jalapa, por cláusula de su testamento lo nombró albacea, y respecto a encontrarse en varios negocios suyos a los que son menester asistir, se desiste y aparta del mencionado albaceazgo y consiente en que los demás usen dicho cargo libremente.
El Teniente José Pérez de Arellano, vecino de esta jurisdicción, dijo que Antonio Barradas, difunto vecino que fue del pueblo de Jalapa, por cláusula de su testamento lo nombró albacea, y respecto a encontrarse ocupado en muchos negocios suyos a los que tiene que asistir por su persona y no poder acudir al cumplimiento del albaceazgo, se desiste y aparta de tal nombramiento y consiente en que los demás usen del cargo libremente.
Don Juan de Echagaray, Gentilhombre de la Cámara de Su Majestad, Contador, Juez Oficial de la Real Caja de la Nueva Ciudad de la Veracruz, dijo que por la gravedad de su enfermedad no le da lugar a hacer su testamento y para el descargo de su conciencia otorga poder a doña María Fernández Marín, su legítima mujer, para que en cualquier tiempo que quisiere ordene su testamento en el que haga las mandas y legados, obras pías y graciosas que quisiere y todo lo que por bien tuviere.
Don Diego de Castro y Gamboa, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que don Francisco de Araciel le confirió poder para que en su nombre hiciera su testamento, y usando de dicho poder otorga el testamento donde declara tenía y le tenían algunas deudas que constan en el inventario hecho por Real Justicia, donde se mencionan los bienes con los que contaba; fue casado en primeras nupcias con doña María de Zintra quien trajo a su poder 2 dotes de a 300 pesos, una esclava y menaje de casa cuyo importe era de 1, 000 pesos más o menos y el difunto tenía de caudal propio 10, 000 pesos; tuvo con ella 2 hijos. En segundas nupcias se casó con doña Felipa de Castro y Gamboa, quien trajo como dote 3 piezas de esclavos que importaban 650 pesos, y el difunto tenía de caudal los mismos 10, 000 pesos. Con dicha Felipa tuvo 2 hijos cuates.
El Capitán Hipólito de la Peña, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que tiene hecho su testamento desde el 28 de agosto de 1718, en el dispuso una cláusula donde nombra al Licenciado Juan de Mazarrón como curador de Matiana Cayetana, su hija, cláusula que revoca por hallarse ausente de este pueblo Mozarrón y en su lugar nombra a Sebastián Barradas para que corra con él en todo lo que le toca a su hija y demás hijos, asimismo revoca la cláusula donde dejaba a su hijo José bajo su tutela. Manda se le den a Juana Molina viuda, vecina de Naolinco, 25 pesos.
Eugenio de Pro, vecino del pueblo de Jalapa, hijo legítimo de Eugenio de Pro y de Micaela Muñoz, otorga su testamento donde declara debe al Alcalde Mayor José Camino y Velasco y al Capitán Bartolomé de Castro lo que apareciere en su libro de cuentas; a doña María de Thormes 60 pesos; a Juan José de Thormes 70; a Francisco de Aguirre 90. Tiene entre sus bienes 14 mulas aparejadas, 2 mulas en pelo, 7 cargas y media de brea en Perote en poder de José de Villegas; la casa en la que vive. Es casado con Mariana de Cardeña, quien trajo a su poder 300 pesos de dote y él no tenía capital alguno. Nombra por su albacea al Capitán Bartolomé de Castro y a su mujer como tenedora de sus bienes.
Juan de Quiroz, hijo legítimo de Diego de Quiroz y de Francisca Hernández, difuntos, vecinos del pueblo de Jalapa, otorga su testamento donde declara debe a Juan Antonio de Zavalza, tendero de este pueblo 30 pesos poco más o menos, a Juan José de Thormes treinta y tantas libras de fierro, al Capitán Bartolomé de Castro lo que apareciere en su libro de cuentas, entre otras deudas que tiene y le tienen. Declara que ha tenido cuentas con el Capitán José Robledano de Cardeña. Tiene entre sus bienes 2 mulas aparejadas, 4 bestias caballares, 4 vacas y 8 crías, 2 yuntas de bueyes, la mitad de la casa y solar en que vive en compañía de su hermana Gregoria. Nombra como albacea, y tenedora de sus bienes a su mujer Francisca Ortiz en compañía del Capitán José Robledano y Lucas de los Santos, como heredera universal nombra a su mujer.
Antonio de Ordóñez, natural y vecino de la jurisdicción de La Antigua Veracruz, y Nicolasa de Mojica, su legítima mujer, otorgan su testamento de mancomún de la siguiente manera: declaran son casados y no haber tenido hijos; ella trajo al matrimonio 8 vacas, 8 yeguas, 6 caballos y una parte de tierras en Juchique; él trajo 2 caballos. Declaran que deben a Francisco, gachupín mercader vecino de Jalapa, 15 pesos. Juan Camacho les debe 18 pesos y 6 reales de toros; declaran que le suplieron a su hermano Marcos Mojica 15 vacas con la condición de ayudarle a pagar las tierras de la hacienda donde se han mantenido. Entre sus bienes tienen 80 reses, toros y vacas; 9 caballos, un potro, una mula de carga y la casa de su morada. Ella nombra como heredera a su madre María de Zárate, en caso de que muera y su marido sobreviva, lo nombra como su heredero y él la nombra a ella como tal, asimismo se nombran albaceas mutuamente.