Don Carlos de Escurra, vecino de esta Villa, natural del señorío de Vizcaya, hijo legítimo de Miguel de Escurra y de doña María Antonia Echeverría, difuntos, otorga poder para testar a don Lino Caraza Jiménez, a don Miguel de Arieta y a don Manuel de Baena, para que después de su muerte procedan a la apertura de un pliego cerrado y ejecuten puntualmente su encargo.
TESTAMENTOS
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Don Santiago Ruiz, natural de las Montañas de Santander, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, hijo de don Manuel Ruiz y de doña Antonia Abascal, difunto el primero y de la segunda lo ignora, otorga su testamento donde ordena se otorgue de donativo a Fernando VII, 2 000 pesos; de limosna para los pobres, enfermos e impedidos 300 pesos y 500 pesos se distribuyan entre las viudas necesitadas; 500 pesos deja al Hospital de San Sebastián de Veracruz para curar a los enfermos; encarga que a los dos meses de su muerte se de libertad a una esclava parda nombrada Dolores; declara tener 31 años y que contrajo matrimonio con doña María Trinidad Rubio, y él tenía de capital 25 000 pesos; declara tener compañía con don Manuel Martínez de Samperio; tiene una tienda de géneros y comestibles y otra de ropa, ambas en la Nueva Veracruz; incluye otras disposiciones. Nombra como albacea a su esposa, a don Juan y don Manuel Ruiz, sus hermanos y a su socio Manuel Martínez, deja como heredera en las dos terceras partes a su madre y si esta faltase, entonces a sus cuatro hermanos y en el remanente de sus bienes a su esposa.
Don Nicolás Campomanes, natural del pueblo de Naolinco, hijo legítimo de don Francisco García Campomanes y de doña Isabel Viveros [Zurita], otorga su testamento. Declara ser casado con doña Mariana Rosado y procrearon a Mariana, [José] Francisco, José Mariano y Pascual Baylón Campomanes; dijo no ha recibido nada de herencia por estar los bienes pro indivisos y que corren a cargo del albacea y uno de sus hermanos; le debe a su hermano Francisco 1 500 pesos que le suplió para la compra de la casa de su morada y la otra mitad pertenece a su esposa, quien, con su hermano la heredaron de sus padres y le vendieron por no aceptar cómoda división. Tiene entre sus bienes 6 cabezas de ganado, entre caballos, yeguas y potros; don Manuel Benavides le debe 100 pesos; don José María Palacios le debe 70 pesos del valor de unos gallos; tiene otros bienes que se especifican en la escritura. Nombra como albacea al presbítero Juan José de Socas; por herederos deja a sus cuatro hijos.
Doña Rosa Laureana López Cruz y Castro, natural de esta Villa, mayor de 60 años de edad, viuda, otorga su testamento. Deja a las mandas forzosas 2 reales a cada una; declara se casó en primeras nupcias con don Francisco Fernández de Castañeda con quien tuvo 5 hijos; después pasó a segundas nupcias con don Pedro Miguel Martínez, difunto; declara que su casa la tiene grabada a favor de la Cofradía de la Pura y Limpia Concepción, en este matrimonio tuvo 4 hijos. Nombra como albacea a su hijo don José Fernández de Castañeda y como herederos a todos sus hijos.
Don Pedro Francisco de Villa, natural del pueblo de [Atzalan], Jurisdicción de Jalacingo, avecindado en la Hacienda el Lencero, hijo legítimo de don Andrés de Villa y doña Josefa Cabañas, difunta, otorga su testamento donde declara está casado con doña Juana Pérez Pensado, con quien ha procreado a María de la Luz, de 13 meses de edad. Declara que la Hacienda el Lencero, perteneciente a los bienes del finado don Manuel Antonio del Valle, la tiene en arrendamiento por 4 años, pagando de renta anual 1 500 pesos, de cuyo arrendamiento restan 15 o 16 meses, teniendo los pagos en orden. Declara como bienes una tiendita en el paraje de Corral Falso, en terreno y casa perteneciente a don Juan de Bárcena, a quien las tiene arrendadas, cuya tienda asciende a 2 000 pesos, de cuyas utilidades que produce la mitad pertenece a su hermano don José Pensado. Nombra como albaceas a su esposa doña Juana Pérez Pensado, junto con don Juan Antonio Pérez Pensado, padre de su esposa, y a don Cipriano Pensado, hermano político del otorgante. Y como heredera universal designa a su citada hija y al póstumo o póstuma de que se halla grávida su mujer.
María Rosana Pérez Chamorro [Mariana Pérez Chamorro], natural y vecina de esta Villa, hija legítima de don Miguel Pérez Chamorro y de doña María Josefa Monasterio [María Josefa de la Cruz], difuntos, ordena su testamento donde declara que la casa de su morada quede a beneficio de sus dos hijas, María Guadalupe y Antonia Josefa Castañón. Declara que a su hija Inés Castañón, cuando contrajo matrimonio con don Antonio Pérez Pensado, le dio 200 pesos para que comprara una buena cama dorada, colchón, almohadas, sábanas y colchas, y por la presente manda se le den otros 200 pesos. Declara que a su hijo José Ignacio Castañón, debido a que le ha suministrado más del dinero que le corresponde de sus bienes, en gastos para su subsistencia en el colegio, como los que ha invertido en las demencias que ha padecido, considera no le corresponden más bienes.
Don Antonio Baquér, comerciante natural de la Villa y Corte de Madrid, de 40 años de edad, soltero, hijo legítimo de don Bernardo Baquér, natural de Manresa en el Principado de Cataluña, y de doña Josefa Galindo, natural de la Villa de Torrelaguna en Castilla la Nueva, ambos difuntos, por la presente otorga su testamento en el cual nombra en ésta América por albaceas en primer lugar a don Tomás Murphy, del comercio de Veracruz; en segundo lugar a don José María Echaves, del comercio de México; y en tercero a don Antonio de Olarte, del mismo comercio. Como herederos universales nombra a sus hermanos don Miguel Baquér y a don Bernardo Baquér, y en ausencia de estos a doña Francisca de Paula Baquér y Mingo y a don Marcelo Baquér y Mingo, hijos legítimos de su hermano Miguel.
Doña María Josefa Atenas [de Bobadilla], natural de la Nueva Veracruz y residente en esta Villa, hija de don Juan de Atenas, y de doña Andrea Josefa Leguinazabal, otorga su testamento, en donde declara; hace 25 años contrajo matrimonio con don Sebastián Fernández de Bobadilla, procrearon a Sebastián, José Ignacio Jacinto, Juan y María Francisca Javiera Fernández de Bobadilla y Atenas, nombra por albacea a su citado marido.
Doña Rosa de Castro, don José Antonio Franceschi y don Matías Martínez de Espinosa, todos de esta vecindad, viuda e hijos del finado don Domingo Franceschi, que fue de este comercio y vecindad, natural del lugar de Cannelle, pueblo de Centuri, en la Isla de Córcega, Provincia de Cabo Corso, hijo legítimo de don Antonio Franceschi y de doña Paula Mattei, difuntos. En uso del poder que don Domingo Franceschi confirió a la primera, proceden a otorgar su testamento, donde declaran falleció en esta Villa el 16 de mayo de 1816. En cuyo poder ordenó se impongan 2 000 pesos a premio del 5% sobre una de sus casas y que sus rendimientos se distribuyan entre los pobres de esta Villa y en caso de que sus albaceas no llevaran a cabo esta misión, dicho principal se dedicará para el Hospital de Mujeres de esta Villa, a beneficio de las enfermas más necesitadas. Ordenó que su primo don Juan, vecino de Orizaba, sea trasladado a esta Villa para que se atienda, cuide y mantenga. Declaró haberse casado con doña Rosa de Castro, con quien procreó a doña Antonia, casada con don Juan Bautista de Echagaray; don José Antonio; doña María Josefa, casada con don Francisco Cia; a doña Rosa, casada con don Matías de Espinosa; a doña María de Jesús, casada con don Santiago Arizabalo; a don Francisco de Paula; a doña Manuela; a don Manuel y a don Domingo María Franceschi de Castro. Declaró que sus bienes consisten en fincas, una tienda y ajuar. Nombró como albaceas a Rosa de Castro, en primer lugar; a don José Antonio Franceschi, en segundo lugar; y a Matías Martínez de Espinosa, en tercero. Y nombró como herederos universales a sus hijos.
Don José Miguel Rodríguez Rojo, natural de la Villa de Xalapa, vecino de esta doctrina de Xilotepec, hijo legítimo de don Andrés Rodríguez Rojo y de doña Francisca Antonia Garrido, ambos difuntos, otorga poder a su esposa doña Micaela Ángel de Ortega y a don Manuel Ignacio Aparicio, para que después de su fallecimiento hagan y ordenen su testamento en los términos y modo que les tiene comunicado, a quienes en el mismo orden nombra como sus albaceas. Nombra como heredera a su hija legítima y única María Micaela Rodríguez de Ortega.