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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0034 · Pièce · 1830/04/10
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Micaela Aguilar, hija de don Francisco Aguilar y de doña Antonia Blanco, sus padres ya difuntos, vecinos que fueron de esta villa, de donde es originaria, hallándose de edad muy avanzada y acometida por el accidente que Dios le ha sido servido de enviarle, ha deliberado hacer su disposición testamentaria en la manera siguiente: Declara que fue casada con don Simón Cabañas y durante ese enlace procrearon por sus hijos a doña María, doña Antonia, don José, doña Josefa, doña Manuela, don Gregorio, don Francisco, doña Teresa y don Domingo Cabañas y Aguilar. Declara que sus hijas doña Josefa y doña Manuela murieron en el estado de doncellas y don Gregorio en el estado de celibato. Declara que su hija doña María fue casada con don Rafael Castro y tuvieron por sus hijos a don José María, don Vicente, doña Guadalupe y doña Romana, de los cuales el primero casó con doña Josefa Marín, y habiendo muerta ésta y el marido, quedó un hijo de ellos que vive, se llama Manuel Castro y Marín; el segundo que es don Vicente, murió soltero; la tercera, que es doña Guadalupe vive sola; la cuarta y última que es doña Romana fue casada con don Pedro Allén, murieron ya ambos, y dejaron una niña de cinco años que se llama Manuela. Declara que su hija doña Antonia fue casada con don Antonio Guillén que ya murió, y quedaron de ese matrimonio tres hijos, que lo son doña Ana Antonia [Guillén] casada con don Juan Nepomuceno Durán, y doña Margarita [Guillén] que aún permanece en estado honesto y tiene cosa de veinte a veintidós años. Declara que su hijo don José fue casado con doña María Torrontey, que ya murieron ambos y dejaron un hijo que vive, tiene cosa de treinta años y es soltero. Declara que su hijo don Francisco fue casado en primeras nupcias con doña Manuela Morales y en segunda con doña Guadalupe Loyo, que del primero matrimonio quedó un hijo que se llama Rafael y tiene diecisiete años y del segundo enlace tiene dos niñas, una nombrada Carmen de nueve años de edad y otra llamada Ana de dos años. Declara que su hija doña Teresa fue casada con don Pedro Martínez, que ya murió y quedaron de ese matrimonio tres hijos, que son Carmen de veinte años casada con don Pedro Iturria, vecino de México, Francisco de diecisiete años y Manuel de catorce. Declara que su hijo don Domingo fue casado con doña Carmen Caldas la cual vive y en ese matrimonio tuvieron por sus hijos a María que hoy es de dieciocho años, Manuel de doce y Luz de diez. Declara que por fallecimiento de su nominado difunto esposo don Simón Cabañas quedaron algunos bienes y habiéndose hecho división de ellos se distribuyó la parte paterna a los interesados, excepto a su hijo Francisco que aún no las ha recibido. Declara que al día no existen más bienes de su pertenencia que la casa de su morada y unos cuantos muebles, cuya finca ordena quede en posesión de su hijo don Francisco, sin que lo molesten los demás interesados. Ordena que el tercio y quinto de sus bienes se le aplique íntegro a su citado hijo Francisco, y en el remanente que quedare libre sus bienes, nombra por sus únicos y universales herederos a sus seis nominados hijos doña María, doña Antonia, don José, don Francisco, doña Teresa y don Domingo Cabañas y Aguilar, deducido que sea el tercio y quinto que pertenece a don Francisco; en el concepto de que el haber de cada uno de sus referidos hijos que ya murieron lo percibirán sus legítimos representantes; advirtiendo que no hace mención de sus hijos doña Josefa, doña Manuela y don Gregorio para la partición de la herencia de sus bienes por haber fallecido si sucesión. Nombra albacea a su ya repetido hijo don Francisco.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0041 · Pièce · 1830/04/27
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio Gutiérrez, natural de los reinos de Castilla, vecino de la ciudad de Veracruz, residente en esta villa, hijo legítimo de don Manuel Gutiérrez y de doña Isabel Alonso, sus padres ya difuntos, estando enfermo en cama y en su entero acuerdo y buena memoria, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser casado con doña María Dolores Fernández, de cuyo matrimonio han tenido por hijos legítimos a doña María del Rosario viuda de don Manuel Santa Ana; a doña María Manuela casada con don Joaquín Vega; a don M. José Julián casado con doña Damiana Hidalgo; a doña María Lugarda casada con don Manuel Migoni; a don Antonio María que hoy es de veinticinco años de edad; a don Francisco de Paula de veintitrés; a don Manuel María de veintiuno; a doña Dolores de diecinueve; a doña Soledad de dieciséis a diecisiete; a doña Pilar de catorce; a doña Teresa de diez; a don Luis Gutiérrez y Fernández de ocho. Declara que cuando contrajo matrimonio tenía de capital cosa de 24 000 pesos y su nominada esposa no trajo ni introducido nada. Declara que sus bienes actuales consisten en una tienda de mercadería con capital de 10 a 12 000 pesos; 12 500 pesos que ha embarcado para correr riesgos de mar; 5 o 6 000 pesos en plata y oro que habrá en la tienda; una casa en la esquina de la carnicería en dicha ciudad de Veracruz, cuya finca le costó 10 000 pesos; otra casa grande que es donde vive su familia, en la misma ciudad referida; más esta finca no se contará con ella, porque ha dejado de pagar los rédito de siete años a causa de que no se le ha otorgado escritura; y los muebles que son notorios. Declara que en poder de don Ángel González tiene como 1 800 pesos, pero está ligada esta cuenta con las de su hijo político don Joaquín Vega, a quien le ha deber alguna cantidad, que no sabe cuál es por estar líquida la cuenta. Declara que sus deudas activas y pasivas constan de sus cuadernos que están en la tienda; ordena se recauden unas y se satisfagan las otras. Ordena que del quinto de los bienes se separen 500 pesos y se distribuyan por sus albaceas a los pobres de la repetida ciudad de Veracruz, de cuya suma le hace manda y legado. Ordena se manden decir por su alma cincuenta misas rezadas por la limosna de un peso cada una, quedando a elección de su albacea el templo donde hayan de celebrarse. Ordena que el remanente del quinto de sus bienes, deducidos los gastos de funeral y los 550 pesos de que hablan las dos cláusulas inmediatas, se le aplique a su esposa doña María Dolores Fernández a quien del importe que sea le hace manda y legado. Nombra por sus únicos y universales herederos a sus doce hijos citados. Nombra para tutor y curador ad bona de sus hijos menores a su esposa doña María Dolores Fernández. Y para cumplir y pagar su testamento nombra por su albacea a la citada su esposa. A todo lo anterior agrega, que de los bienes que ha declarado le son suyos 5 000 pesos que le debe don Anselmo Sorotusa. Que ha seguido compañía con su hijo don Francisco en una tienda de mercadería situada en Veracruz, distinta de la que se mencionó, a mitad de utilidades y que habiendo subido efectos el mismo don Francisco para realizarlos han quedado existentes en Puebla cosa de 1 500 pesos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0079 · Pièce · 1830/06/29
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Rafaela Díaz, hija legítima de Miguel Díaz y Ana María Salazar, sus padres ya difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que se casó con José Hernández y Sánchez, en cuyo matrimonio tuvieron por sus hijos a María Ignacia, que si vive tendrá cosa de cuarenta años, la cual estuvo casada con Pedro Borja de quien enviudó sin que le quedara hijo alguno; a Ángel que tiene más de treinta años y está casado con María Rosario Arosa; a Manuel de poco menos de edad que el anterior y está casado con María Concepción García; y Ana María que está casada con don Juan Calvillo y tendrá poco más de veinticinco años. Declara que ni ella y tampoco el expresado su marido tenían intereses, pues hace muchos años que el susodicho se ausentó e ignora su existencia. Declara que después de la ausencia de su marido adquirió una casa situada frente a la casa de don Mariano Cadena; 15 cabezas de ganado y un caballo y 100 pesos que tiene en su poder. Nombra albacea a don Juan Francisco, de esta vecindad, y declara por sus herederos a sus cuatro hijos María Ignacia, Ángel, Manuel y Ana María Hernández Sánchez y Díaz. Declara que al no tener noticias de su hija María Ignacia, ordena que la porción que le corresponda la reciba el albacea, mientras averigua si vive o tiene algunos hijos suyos. Asimismo, declara que su hijo Ángel se halla en un estado de no poder conservar los intereses que le toquen, si no que lejos de eso serían consumidos sin provecho de su familia, por lo que prohíbe en la manera que haya lugar el que se le entregue la parte que le corresponda, la cual quedará en manos de su albacea, ya sea con la investidura de tutor de sus nietos o en la forma más legal para que los suministre a la madre a fin de que lo aprovechen sus nietos. Finalmente, declara que de sus bienes se saque el quinto y deducido de él los 12 pesos de las misas, el resto de dicho quinto se le aplique a su nieto José Claudio Calvillo, hijo de don Juan Calvillo y de doña Ana María Hernández Sánchez y Díaz; de igual forma señala, que en el evento de que haya fallecido su hija María Ignacia, se saque el quinto de la parte que debiera tocarle y se le aplique al mismo José Claudio.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0113 · Pièce · 1830/09/30
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Salvador García del Corral, originario de Castilla la Vieja en la península española, vecino de Nautla y residente en esta villa, hijo de Don Miguel García del Corral y de doña María García Parruar, ya difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser de estado soltero, que tiene dos hijos naturales habidos en doña María Cruz, siendo ella libre, cuyos niños son María Ramona y José Jerónimo, la primera de cosa de diez años y el segundo de seis a siete, ambos existen en Nautla. Declara que la nominada María Cruz es ya difunta, y que al tiempo de su fallecimiento quedaron en su poder cosa de 300 pesos en reales y unas cinco o seis vacas. Nombra por sus herederos a sus hijos María Ramona y José Jerónimo García del Corral y Cruz, y por sus albaceas testamentarios a don Anselmo Romero y don Lucas de la Cruz, vecinos de Nautla. Y para el cargo de tutor y curador ad bona, nombra en primer lugar a don José Miguel Martínez y por su falta a don Santiago Barioso, ambos vecinos del repetido Nautla.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0141 · Pièce · 1830/11/09
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Dionisio González y Cabrera, hijo legítimo de don Juan Bautista González y doña Micaela Cabrera, sus padres ya difuntos, otorga testamento en la manera siguiente: Ordena que de sus bienes se le consigne una libra de cera labrada para el culto de la imagen de Jesús de las Tres Caídas que se venera en Jalacingo. Declara estar casado con doña María Ildefonsa Sayas de González, de cuyo matrimonio tuvieron por hijas a doña María Dolores González y Sayas que al presente tiene veinticuatro años, doña María Guadalupe que tiene veinte, ambas doncellas. Declara que como dueño de la hacienda Mastatlán se la tiene entregada desde 4 de octubre de 1827 a don Manuel de Santa María, con promesa de venta en precio de 10 500 pesos con réditos de 5 por ciento, bajo la condición de ir amortizando el capital, por cuenta del cual le ha de entregar a don Matías Martínez de Espinosa 3 000 pesos para cubrir la deuda que tuvo con la testamentaría de don Domingo Franceschi, de quien es albacea el citado Espinosa, y al presente otorgante el resto de 7 500 pesos en abonos, de los cuales le tiene entregados 1 850 pesos. Declara que fue depositario de la hacienda de Sosocola que se halla concursada en el Juzgado Primero de esta villa, y que durante el tiempo que la administró le adeudan 4 000 pesos exactos de lo que gastó de su propio peculio más los honorarios del depósito y otros desembolsos. Declara que en la hacienda que le hizo traspaso a Santa María posee ochenta cabezas de vacuno sin que tengan que ver con dicho traspaso. Nombra por sus universales herederas a las nominadas sus dos hijas, y por albacea y tenedoras de bienes en primer lugar a la referida su esposa, en segundo a su hija María Dolores y en tercero a María Guadalupe.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0153 · Pièce · 1836/12/20
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El presbítero don José María Rubio Roso, clérigo domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, hijo legítimo de don Mateo Rubio Roso y de doña Lucía Ortiz de Zárate, sus padres ya difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Declara que la casa de su morada y la que está contigua a ella en la calle de la Caridad, fueron divisibles para él y otros tres hermanos que ya fallecieron, y fue uno de ellos don Marcos Rubio Roso el cual las gravó en 2 000 pesos a favor de una capellanía, de los cuales actualmente solo se reconocen 1 000 de capital y 800 de réditos, y están afectas ambas fincas a 200 pesos en favor de la cofradía del Carmen. Declara que tiene una casita compuesta de unos cuartos en la calle que nombran del Campanero. Ordena que a María Josefa Vázquez que lo cuida y asiste se le den 50 pesos, así como a Brígida Herrera se le darán 25 pesos y otros 25 a su huérfano Esteban Domingo. Y en atención a que no tiene heredero forzoso, ordena que todo el remanente de sus bienes se invierta en misas por las benditas almas del purgatorio. Declara que los bienes de don Francisco Javier de Olartegochea le deben la cantidad de 300 pesos y asimismo varias personas, por lo que ordena que todo lo que se recaude de esos créditos se invierta también en misas por las almas del purgatorio. Nombra por albacea a don a José María Rodríguez Roa.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0020 · Pièce · 1837/02/16
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Juana Ortiz de Alcina, en representación de su difunto marido don Jaime Alcina, y como tutora de sus hijos, otorga poder especial a don José María Ochoa, para que, en nombre y representación de su persona, derechos y acciones, comparezca en el Tribunal Mercantil de esta ciudad a defenderlos de la demanda que intenta poner o ha puesto la señora viuda de don Antonio Maraboto sobre cuenta que este finado y el citado Alcina llevaron en vida. Para lo cual, el señor Ochoa exhiba constancias, pruebas, documentos, haga, promueva y practique cuantos actos y diligencias sean necesarios.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0040 · Pièce · 1837/04/17
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Martínez de Espinosa y Franceschi, de esta vecindad, en nombre de la finada doña Ana Ladrón de Guevara, en virtud del poder para testar que ésta confirió a su señor padre don Matías [Martínez de Espinosa], y por su falta a él, su fecha en esta ciudad a los 17 de julio de 1833. En atención de haber fallecido el dicho su padre, poco después del fallecimiento de esa señora sin haber cumplido el citado poder. Por lo antes mencionado, el comparente, por la facultad que tiene del poder mencionado, procede a formalizar el testamento en la forma siguiente: el fallecimiento de la señora Ana fue el 23 de julio de 1833 en esta ciudad, sepultada en el pueblo de Jilotepec, con un funeral medianamente decente. No se sabe si mandó se le dijeran misas, pero él se las mandó a decir, tampoco sabe si la señora mandó las mandas forzosas, sin embargo, él mandó dar las limosnas. Mandó se dieran por vía de legado 100 pesos a María Antonia Gutiérrez, madre de Mariano Guevara alias Techacapa, y 100 pesos a las señoras doña Josefa y doña Micaela González. Dicha señora Ana, no fue casada, ni tuvo descendientes. Por fallecimiento del presbítero don José Ladrón de Guevara, cura que fue de Jilotepec, hermano de la referida señora, recayeron en ella los bienes de aquel por haber muerto intestado. Por bienes de doña Ana, señala los siguientes: la cantidad de 984 pesos uno y medio reales, 665 pesos uno y medio reales que el mismo su padre recogió en numerario de doña María Antonia Gutiérrez, quien se los tenía guardados a aquella. Los libros del señor cura difunto. Animales como vacas y ovejas, un crucifijo, una Dolorosa, una mula de silla en poder del presbítero don Narciso de Olartegoechea y Acosta, y otros animales y algunas cargas de maíz que quedaron en poder del señor cura Gabriel Palacio y Acosta. Un crédito de 1 800 pesos que gobierno le adeudaba al referido cura Guevara de cierta pensión, por cuenta de dicho crédito se le dio al comparente, en la comisaria un certificado de 800 pesos, mismos que vendió en 400 pesos por lo que, solo resta gobierno 1 000 pesos. Una aceitera y vinagrera de plata que él vendió en 30 pesos. Algunos créditos consistentes, en lo que los feligreses de la parroquia de Jilotepec le adeudan al repetido difunto cura Guevara por obvenciones y por préstamos que hizo para la fábrica del templo. Declara que de los expresados bienes se deben deducir los gastos erogados de enfermedad y entierro, tanto de la señora Ana como del señor cura, su hermano. Declara que la señora Echagaray, reclama un pico que se le adeuda, más al contrario existen indicios de que ella es deudora a esta testamentaria. Asimismo, María Antonia Gutiérrez y otras personas han reclamado deudas de esta testamentaria, más no se han justificado esos créditos. De todo lo que se ha recogido perteneciente a esta testamentaria se halla incluida en la masa de esta mortuoria. Para cumplir el presente testamento, se auto nombra, tal y como lo dejó nombrado la señora Ana Ladrón de Guevara en el referido poder. También se nombra heredero, después de hecha las deducciones de los bienes de dicha finada.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0053 · Pièce · 1837/05/11
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Josefa Cadena, natural y vecina de esta ciudad, de setenta y dos años, hija de don Manuel Cadena y de doña Marciana Martínez, difuntos. Por la presente otorga su disposición testamentaria, en la manera siguiente: manda se sepulte en el camposanto al lado izquierdo, rumbo que mira al oriente, sin bóveda ni caja, y si, en la tierra, con hábito del señor San Francisco. Manda se digan 50 misas por su alma y la de sus padres. Señala debe 150 misas a las benditas ánimas del purgatorio, las cuales manda se celebren. Declara por sus bienes, cuatro casas de material y otras cuatro de madera, de cuya ubicación, valor, propiedad y demás está bien impuesto su albacea. Ordena que, a Francisca Gertrudis Rodríguez, que hoy le asiste, se le entregue en donación la casa contigua a la de su morada y todos los muebles y utensilios que tiene en sus habitaciones. De lo que quedare de sus bienes, después de cumplidas las cláusulas antecedentes, manda se entregue a la cofradía del Santísimo y a las de las Benditas Ánimas del Purgatorio, a quienes instituye como sus herederas por iguales partes, y con la condición de que cada una de dichas cofradías mande celebrar anualmente por su alma 15 misas rezadas, de lo cual manda formalizar su respectivo instrumento con intervención del señor cura, a quien y a los que les sucedieren nombra por patronos de dicha obra pía. Nombra por su albacea a don José María Bonilla y Flores, de esta vecindad. Revoca cualquier otro poder para testar, codicilios, testamentos, en especial el que formalizó en esta ciudad el 13 de julio de 1832, ante el escribano don Antonio María Buenabad.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0140 · Pièce · 1837/11/30
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El presbítero don Felipe de Jesús Leboreiro, clérigo domiciliario de este obispado de Puebla, hijo de don Bernardo Leboreiro y de doña María Baena, difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: manda ser sepultado en la manera que dispongan sus albaceas. Señala por sus bienes dos casas de edificio bajo, ubicadas en esta ciudad. Una de ellas en la primera calle que de las gradas del atrio de San Francisco conduce para la ermita de Santiago, y la otra, en la calle, también de Santiago, asimismo, tiene libros, muebles y ropa de uso. Ordena que la casa de la última calle de Santiago, la vivan por sus días los señores Ignacio Ortega, su esposa Juana Hernández y Joaquina Ortega, hija de ambos, y por la falta de ellos tres, se alquile para que con sus rendimientos se socorran a los pobres. Asimismo, ordena que la casa de la primera calle de Santiago se alquile, luego que él fallezca, y que sus rendimientos se distribuyan semanalmente los sábados, en socorrer a los pobres. Ordena que sus libros se realicen, para que de sus importes se distribuyan también a los pobres. Manda que su ropa de uso y los muebles de casa, se entreguen a su criada Joaquina Ortega, para que disponga a su arbitrio. En caso de que tuviese algunos bienes más, ordena se apliquen igualmente a los pobres, atento a no tener herederos forzosos ascendentes ni descendientes. Nombra por su albacea al presbítero don José Francisco Campomanes, actual cura de esta feligresía, y a su hermano don Pascual [Campomanes]. Solicita al presente escribano, que en la copia que ha de dar de este testamento, deje 4 hojas en blanco, rubricadas de su puño, y ordena que lo que en ellas se señale se le dé también validación, como si estuviese incorporado al presente testamento.

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