Doña Sebastiana Antonia de Guraya y Lezama, viuda, mujer que fue del Tesorero Don Francisco de Amilibia, de la Real Contaduría de la Nueva Veracruz, dio su poder cumplido al Capitán y Sargento Mayor Don Francisco Antonio de Medina Picaso, Caballero de la Orden de Santiago, gobernador actual de la ciudad de Tlaxcala, Tesorero propio de la Casa de Moneda en la ciudad de México, para que en su nombre pida y demande la cantidad de pesos de oro que Su Majestad quedó debiendo a su marido, del salario que como tal tesorero debía gozar, cuyos pesos dejaron embargados en las reales cajas de la ciudad de Nueva Veracruz, los oficiales reales de ella.
SARGENTOS
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El Sargento Antonio Núñez Zamorano, vecino de la jurisdicción de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre de Juan Hidalgo y Torres, residente en la Nueva ciudad de la Veracruz, y en virtud del poder especial que de él tiene otorgado, vende al Señor don Manuel de Rosas, Caballero de la Orden de Calatrava, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad y electo Gobernador de la ciudad de Tlascala [Tlaxcala], a saber un negro esclavo suyo nombrado Alejandro, casta Congo, que será de edad de cuarenta y siete años poco más o menos, de ejercicio clarinero, mismo que compró del Veedor don Pedro de Cendoya, quien se lo vendió con poder del Capitán don Agustín de Arriola, vecino de la ciudad de la Habana, por escritura que asu favor otorgó en dicha ciudad de la Veracruz el 2 de mayo de 1713. Lo vende por esclavo cautivo sujeto a perpetuo cautiverio y servidumbre y por libre de empeño, enajenación e hipoteca, sin asegurarlo de ninguna tacha, vicio, defectos ni enfermedad, al precio de 200 pesos horros de alcabala y escritura.
Sans titreDon Diego Rubín de Celis, Teniente Coronel del Regimiento Provisional de Infantería de Tlaxcala, residente en esta Villa, otorga poder especial a favor de Dionisio Rodríguez, Sargento del Regimiento fijo de México, para que a nombre de él, perciba y cobre judicialmente o extrajudicialmente de don José María Santibáñez, que se haya en la Provincia de la Puebla de los Ángeles, veinte y una mulas aparejadas, y la cantidad de pesos que le entregó; para cuyo cobro haga todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que se requieran.