Don Manuel de la Sota Riva, Sargento Mayor del Regimiento de Infantería de la Corona de Nueva España, residente en esta Villa, marido y conjunta persona de doña María Teresa de Medina y Miranda, otorga que ha recibido de la pertenencia de ésta, la cantidad de 20 025 pesos y 5 reales que le ha entregado su curador ad bona y tío don Miguel Ignacio de Miranda, vecino de la Nueva Veracruz y actualmente residente en esta Villa, con las especificaciones que expone.
SARGENTOS
425 Description archivistique résultats pour SARGENTOS
Simón Zárate, Sargento de las Milicias Provinciales de las Tres Villas, con residencia en ésta, otorga por el presente y como mejor en derecho procede que sale y se constituye fiador y carcelero comentariense de Manuel Marín, quien a pedimento de don José Alonso Corrales sigue en su contra cuenta sumaria, en el Juzgado del señor Alcalde Ordinario, en la que se ha notificado poner en libertad, bajo la fianza comentariense de cárcel segura.
Don José Arrieta, de esta vecindad, Sargento Retirado del Regimiento de Infantería Provincial de las tres Villa, de oficio carpintero, mayor de 65 años, otorga su testamento; declara ser de estado soltero, y no tener heredero alguno; manifiesta que sus bienes consisten en una casita de madera, y un pedazo de solar donde se halla situado el juego de Bochas, en un callejón angosto, a las orillas del poblado. Nombra albacea a don Antonio Guzmán y Grant, de esta vecindad, para que venda o empeñe sus bienes, y de lo producido haga los sufragios por su alma hasta donde alcance.
Don Joaquín Fernández Redondas, Sargento Primero del Regimiento de Dragones de España, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Ignacio de la Puente, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que demande, perciba y cobre de don Francisco García Puertas, la cantidad de 3 000 pesos y el correspondiente premio de sus 5 %, de la herencia legítima que le corresponde por fallecimiento de su padre don Anselmo Redondas.
Doña María de Carasa y Acuña, hija legítima del Capitán Don Juan Bautista de Carasa y de Doña Juana de Acuña y Mendoza, mujer legítima del Sargento Mayor Don Esteban Rosel y Lugo, residente en este pueblo, dijo que el mayorazgo fundado por su abuelo el Capitán Don Juan de Carasa y su hermano García Abad de Carasa, beneficiado de la Villa de Castro de Urdiales, a favor de Gaspar de Carasa, sus hijos y demás herederos; y otro mayorazgo que fundó Antonio de Abad de Carasa en Don Martín de Carasa y demás descendientes, y en ellos, por llamada sucede como hija y heredera del Capitán Don Juan Bautista de Carasa, los poseía Doña Catalina de Carasa y Acuña, hermana de la otorgante, mujer legítima de Don Diego de Sevilla Marmolejo, y por falta de la susodicha le pertenecen dichos mayorazgos, y por si sucediere su fallecimiento, dio su poder cumplido a su cuñado Don Diego de Sevilla Marmolejo, y a su hermana menor Doña Isabel de Carasa y Acuña,para que en su nombre, si llegare a faltar su hermana mayor, hagan los pedimentos y diligencias que convengan, hasta conseguir la posesión judicial de dichos mayorazgos. Y generalmente, para que en todos sus pleitos, causas civiles y criminales que al presente tiene o adelante tuviere.
Don Diego de Sevilla Marmolejo, y su legítima mujer, Doña Catalina de Carasa y Acuña, y Doña Isabel de Carasa y Acuña, ambas hijas y herederas del Capitán Don Juan Bautista de Carasa y de Doña Juana de Acuña y Mendoza, difuntos, cuyas herencias tienen aceptadas, estando próximos para ir a los reinos de Castilla en el primer aviso o en la flota que al presente surta en San Juan de Ulúa, y por tener en este reino algunos pendientes, bienes y cobranzas, dieron su poder cumplido de mancomún, al Sargento Mayor Don Esteban Rosel y Lugo, hermano político de los otorgantes, para que en sus nombres pida, reciba y cobre cualquier bienes, cantidades de pesos de oro, plata, joyas, esclavos, y otros bienes que les deban por herencias, escrituras, cédulas, libranzas, pidiendo y ajustando cuentas con quienes se las deban dar.
Lucas Francisco de Ayala, por una parte y por la otra el Sargento Calixto Ventura López, vecinos del pueblo de Jalapa, el primero dijo que el Sargento le arrendó una tenería de curtir cueros situada en este pueblo por 4 años que empezaron a correr el sábado santo de 1718 a razón de 190 pesos en cada año, que le pagó por adelantado que importaron 760 pesos como aparece en escritura de 15 de febrero de ese año, y en atención a que el arrendatario le ha devuelto parte del dinero, han convenido devolver la tenería y dar por finiquitado el arrendamiento.
Cipriano de Arriaga, vecino del pueblo de Jalapa, hijo y heredero de Francisca de Orduña Castillo, vende al Sargento Agustín Luis, de la misma vecindad, un solar donde tiene fabricada su casa; mide 36 varas de frente y 60 de fondo, linda al poniente con callejón en medio que sale da la Calle Real para los Berros, al oriente con solar y casa de Juan Zapata de Herrera, al sur y frente con la calle que baja de la plaza a la tenería y al norte con solar de Salvador de Iglesias. Cuyo solar se encuentra libre de empeño, censo e hipoteca; la venta se hace en 80 pesos de oro común que ha recibido.
El Sargento Calixto Ventura López, vecino del pueblo de Jalapa, otorga que ha recibido de Eugenia Hernández, viuda de Julián de Rivera, de la misma vecindad, 130 pesos de oro común cumplimiento a 1849 y 2 reales, que su difunto marido debía por escritura a don José González de Abreu, vecino que fue de la Antigua Veracruz, por cuya cantidad se da por entregado a su voluntad.
Don Juan Francisco de Campo, principal, y don Francisco Miguel de Campo, su padre como fiador, de mancomún, otorgan que deben y se obligan a pagar al Sargento José de Acosta, vecino de la jurisdicción de Jalapa, 680 pesos de oro común, mismos que importó el traspaso de un trapiche, aperos y la caña del ingenio nombrado Maxtlatlán, cuya cantidad entregarán a Juan Guerrero Vázquez, vecino de la Ciudad de la Puebla, apoderado administrador de doña Josefa Petronila de la Higuera Matamoros, 400 de ellos pagará a fines de agosto y el resto para diciembre sin pleito ni litigio alguno.