Don Felipe Nicolás de Acosta hijo legítimo de los difuntos el Sargento don José de Acosta y doña Josefa Lagunas, natural y vecino del pueblo de Naolinco, casado en primeras nupcias con doña Gertrudis García, y en segundas con doña María Gertrudis Lagunas, a la cual otorga poder para testar y nombramiento de albacea, junto con su hijo don José de Acosta y don Antonio García Campomanes, vecinos del mismo pueblo, y como herederos a Micaela, Antonio, María, Antonia y Josefa, en compañía de Rita Gertrudis, Mariano Francisco y Nicolás Antonio, sus hijos de ambos matrimonios.
SARGENTOS
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Don Juan Simón de Villalpando, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don José Pedreguel, vecino del mismo pueblo, para que cobre al Sargento de Milicias Manuel Barroso, la cantidad de 373 pesos correspondientes a su legítima paterna.
El Capitán don Salvador de Acosta, el Teniente don Nicolás Domínguez, el Sargento don Juan Rosado y demás vecinos del pueblo de Naolinco, otorgan poder general al Alférez don Antonio García de Baldemora y al Sargento Reformado don Felipe Cornelio Acosta, para que los representen en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
Felipe Nicolás de Acosta, hijo legítimo del Sargento José de Acosta y de doña Josefa Lagunes, difuntos, otorga poder y nombramiento de albaceas a Gertrudis García, su legítima esposa y a don José de Castro, dueño de recua y vecino del pueblo de Jalapa.
Ana Rafaela Antúnez, hija legítima de Vicente Antúnez y de Lorenza Josefa Moriles, ya difuntos, vecinos que fueron de Misantla, de donde es originaria, estando de pie, pero en edad avanzada y temiendo que la enfermedad lo asalte, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que cuando se hallaba libre tuvo tres hijos naturales que lo fueron Manuel de los Santos, María Francisca y José Andrés, de los cuales el primero tiene hoy cosa de cuarenta y cuatro años de edad; la segunda cosa de cuarenta años y está casada con el Sargento José Ignacio Rivera; y el tercero murió de cosa de veinticuatro años sin dejar sucesión. Declara que habiéndose casado después con José Francisco Espejo, de quien en el día se halla viuda, tuvieron en ese matrimonio por sus hijos legítimos a María Guadalupe que murió de doce años de edad; a María Desideria que murió de un año; a Ana María Simeona que vive en estado doncella y tiene cosa de veintitrés años; a Lucía Ebrona, doncella de dieciocho años; José Crescencio que murió de once meses; y a María Josefa Crescencia [Espejo] que murió de once años. Declara que cuando contrajo matrimonio su referido esposo no trajo cosa alguna y ella poseía dos casitas situadas en esta villa a la Rinconada de Xallitic. Declara que durante este matrimonio su marido compró una casita que está junto a las mencionadas. Declara que sus dos hijas Ana María Simeona y Lucía Ebrona han gastado 254 pesos 5 y medio reales en reparar las casitas mencionadas, por lo que tiene una acción a esa suma como acreedora. Declara que sus dos hijos naturales Manuel de los Santos y María Francisca nada tienen que reclamar contra sus bienes, pues que de su padre de ellos no vino a su poder cosa alguna; y a mayor abundamiento les da antes de su fallecimiento una corta cantidad a cada uno, que es lo que considera cabe en el quinto de sus bienes, respecto a ser de lo único que puede disponer libremente a favor de ellos, por cuanto tiene herederos forzosos. Y que sus bienes consisten en una cortedad, pues solo constan de las casitas referidas y quitando del valor de ellas lo que han invertido en reparos sus dos hijas y lo que a éstas corresponde por parte de su padre del valor de la casita que éste compró estando ya casado con ella; queda libre de su pertenencia cosa de ciento y pico de pesos, de cuya suma deduce una parte del quinto para sus dos hijos naturales Manuel de los Santos y María Francisca, a quienes se los dejará entregado antes de su fallecimiento para que por ningún motivo tengan que molestar a sus herederas. Y en el remanente que resulte libre de su pertenencia, nombra por universales herederas a las nominadas sus hijas legítimas Ana María Simeona y Lucía Ebrona. Y para la ejecución de este testamento, nombra albaceas a las mencionadas Ana María Simeona y Lucía Ebrona.
Sem títuloDon Antonio Pérez Pensado, de esta vecindad, otorga que vende a don Juan Díaz, Cabo del Resguardo de Rentas Nacionales, una casa de paredes, ubicada en la última cuadra de la Calle de la Amargura para llegar al Calvario, con 19 varas de frente que lo hace al oriente y del otro lado casas de los herederos de Pascual Cabañas y 62 de fondo así al poniente por cuyo rumbo linda con casa del vendedor y al norte con casa y terreno que fue del Sargento José de Herrera. La venta la hace en 300 pesos que por ella le ha dado.
El diputado de este Honorable Congreso don Luis Ruiz, otorga que vende al señor ministro de hacienda don José Ignacio Esteva, por medio de su hermano, el presbítero don José María Esteva, cura del pueblo de San Juan Bautista de los Nogales del partido de Orizaba, una casa de edificio alto y bajo, de piedra y madera, cubierta de teja, situada en esta villa, en la segunda cuadra de la calle Real con el frente al sur y fondo al norte, haciendo el primero calle en medio, lindando por el costado del oriente con casa baja del sargento don José Mariano de Almanza y por el poniente también casa baja que fue del finado capitán de navío don Bernardo de Orta. Cuya casa hubo y compró de don Manuel García de la Mata a los bienes del brigadier español don Joaquín del Castillo y Bustamante, por escritura pública otorgada en esta villa el 4 de mayo de 1824. Además, entra en la propiedad de la casa, un pedazo de terreno de 2 varas y media de frente y 48 de fondo que compró el otorgante a don Juan Francisco Cardeña, mayordomo de la cofradía del Santísimo Sacramento. Dicho terreno situado en la calle que viene de Techacapa al puente de Lagos, para conducir el agua por cañería a la dicha casa, como consta la escritura otorgada en esta villa el 7 de agosto de 1824. Vende dicha casa y terreno por la cantidad de 6 000 pesos en plata, libres de escritura y alcabala, de los que declara haber recibido al contado.
Sem títuloDon Diego Rubín de Celis, Teniente Coronel del Regimiento Provisional de Infantería de Tlaxcala, residente en esta Villa, otorga poder especial a favor de Dionisio Rodríguez, Sargento del Regimiento fijo de México, para que a nombre de él, perciba y cobre judicialmente o extrajudicialmente de don José María Santibáñez, que se haya en la Provincia de la Puebla de los Ángeles, veinte y una mulas aparejadas, y la cantidad de pesos que le entregó; para cuyo cobro haga todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que se requieran.
Cesáreo Fuentes, Sargento primero de Granaderos del Regimiento Provincial de Valladolid, agregado a la columna, y Bartolo López, de esta vecindad, este último ha recibido del primero a su hijo entenado Miguel Domínguez, de 13 años de edad, por el término de 5 años para que le enseñe el oficio de panadero, quien se compromete a tenerlo consigo para administrarle este oficio, alimentándole y vistiéndolo hasta que haya cumplido este término y lo entregue capaz de desempeñarse como tal.
Doña María Josefa de Illanes, de esta vecindad, viuda en primeras nupcias de don Francisco Sáenz de Santa María, casado en segundas con don Juan Sánchez, Sargento Mayor del Regimiento de Infantería Provincial de Toluca, otorga poder especial a su marido, para que a nombre de ella y de los derechos que le asisten como primera albacea del mencionado su difunto primer marido, proceda en consorcio del segundo y tercer albacea, a la formación del inventario de los bienes del finado, y dicho que sea los presenten en el Juzgado del Señor Alcalde de 1ª elección de esta Villa, donde pende la causa, pidiendo su aprobación y proceda en consecuencia a las cuentas de albaceazgo y división de los bienes mortuorios.\t