Don Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, vende al Sargento Mayor don Pedro Pablo Sánchez López de los Arcos, vecino de esta villa, una casa baja de piedra y madera, cubierta de teja, ubicada en la calle que atraviesa del pueblo de San Juan Tetitlan de las Casillas al rastro. La casa se compone de una sala, un cuarto, una caballeriza y pozos, de 37 varas de frente y 23 y media de fondo, al frente tiene fabricadas 29 varas y las 8 eriazas que por esta parte linda con solar de Juan Rodríguez Teiseira, vecino de esta villa, que hubo y compró de doña Josefa Gómez Dávila, su hermana; por el otro lado linda con casas de doña Gertrudis de Gatica; por el fondo con casas, asimismo, de la susodicha y de Diego de Palma; y hace frente, calle en medio, con solares eriazos del Alguacil Mayor Gregorio Martínez de Solís e Isabel Pérez de Moya, viuda de Jerónimo de Leiva. Dichas 37 varas y 23 y media hubo y heredó del Secretario Domingo Antonio Gómez, su padre, y las 12 restantes las hubo del Señor Cabildo de esta villa por merced que de ella se le hizo en el año 1699. La vende con sus entradas, salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, libre de deuda, obligación, empeño, hipoteca, censo ni otro gravamen, al precio de 1 570 pesos de oro común.
SARGENTOS
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Manuel González, vecino de esta villa de Córdoba, Sargento de la Compañía Miliciana de la que es Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, una de las del batallón de esta villa, otorga poder general a don Felipe José Fonte de las Cuevas, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona parezca ante el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán de esta Nueva España, Presidente de la Real Audiencia de ella, y en su superior gobierno siga, prosiga, fenezca y acabe por todas instancias, la causa que contra él se sigue de oficio militar en la auditoria general de guerra, sobre haber castigado un soldado de su compañía por inobediente, y pida sea puesto fuera de la prisión en que se haya en esta villa y que vuelva al ejercicio y empleo de su puesto.
Sem títuloEl Teniente de Caballería don Esteban de Naval y Pintos; Juan Hernández; Sargento Juan Rodríguez Bazán; Diego de Palma y Marcos Fernández, vecinos y mercaderes de esta villa de Córdoba, dijeron que habiéndose rematado en la ciudad de México el derecho de Reales Alcabalas de esta villa y su jurisdicción en la vecindad de ella, por tiempo de nueve años y por precio de dos mil y más pesos anuales, y porque en una de las condiciones de dicho remate fue el afianzarlo. Por tal motivo, otorgan poder a don Francisco Félix Díaz Hidalgo, Procurador de Número de la Real Audiencia de esta Nueva España y vecino de la ciudad de México, para que en nombre y en representación de sus personas los obligue como fiadores y abonadores de la vecindad de esta villa. Señalando que cumplirán con las condiciones que se establecieron en el remate y enterarán a Su Majestad y en su Real Caja los dos mil y más pesos y en su defecto, ellos lo harán luego de que sean requeridos.
Sem títuloEl Sargento Juan Rodríguez Bazán, vecino de esta villa de Córdoba, vende a doña María Josefa de Celis, mujer del Capitán de la Artillería don Jerónimo de Acosta, una esclava suya nombrada [roto] que será de veintiún años, misma que hubo y compró de doña Josefa del Valle y Vergara, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz. La vende por esclava cautiva sujeta a servidumbre, libre de deuda, empeño, enajenación e hipoteca, sin asegurarla de ninguna tacha, vicio, defecto ni enfermedad, en precio de 400 pesos de oro común en reales de a ocho reales de plata.
Sem títuloEl Sargento Juan Rodríguez Bazán, vecino de esta villa, otorga que ha recibido de don José de Aguilar y María Ferrer de Piña, marido y mujer, vecinos de esta villa, a saber 106 pesos y 2 reales de oro común en reales. Cantidad que le debían por escritura del 3 de octubre de 1711, y se da por entregada y dio carta de pago, finiquito y cancelación.
Sem títuloDoña Agustina Vázquez, natural y vecina de esta villa de Córdoba, hija legítima de Pedro Rodríguez y de doña Agustina Vázquez, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena se dé un real de limosna a las cofradías de esta iglesia parroquial y a la de Jesús de Nazareno de la iglesia de San Juan de las Casillas. Declara que hace cuarenta y dos años más o menos se casó con el Doctor Miguel de Prado, difunto, con quien procreó a Miguel de Prado, de cuarenta años; a Josefa de Prado, mujer legítima del Sargento Miguel Díaz de Aguilar; Teresa de Prado, mujer legítima de Manuel de Sosa; al Bachiller don Manuel de Prado, Presbítero; a Agustín de Prado, de veintisiete años de edad; a Martín de Prado, difunto; a Nicolás de Prado, de diecinueve años de edad; y a Juana Gertrudis de Prado, mujer legítima de Juan Manuel Conte Alejandre. Hace donación a dicho bachiller de un cuarto donde asiste y tiene su vivienda con sillas y cuadros. Declara por bienes la casa de su morada y solar, ubicada en la calle que va del convento de Señor San Antonio para la Lagunilla, asimismo, una esclava negra nombrada María, la cual es su voluntad que asista por todos los días de su vida al Bachiller don Manuel de Prado y fallecido éste ha de quedar libre la susodicha. Declara que dicha esclava se encuentra encinta, por lo cual manda que lo que nazca, viviendo veinticuatro horas, se le dé a dicho Nicolás de Prado y lo crie la dicha su madre, de lo cual le hace gracia y donación por cuenta de herencia. Declara que habiendo nacido José, negrito de la dicha esclava María, estando enfermo de pecho, se lo vendió a dicho bachiller, a todo riesgo, en precio de [54] pesos, con cuya cantidad pagó un débito que tenía con el Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís, y hasta ahora no ha entregado escritura de venta a dicho bachiller. Nombra como albaceas al Bachiller don Manuel de Prado, asimismo como tutor y curador ad bona de su hijo menor Nicolás. Como herederos nombra a sus hijos y en representación de Martín a Rafaela, su hija y nieta de la otorgante.
Sem títuloPor una parte pareció el Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, Presbítero, albacea y tenedor de bienes de doña Gertrudis Jaimes Navarro, difunta, viuda que fue del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, difunto; por otra parte don Felipe López del Castrillo, marido y conjunta persona de doña Manuela Ignacia de Carvajal y Contreras, una de las hijas y herederas de dicho regidor; y el Capitán don José de Carvajal y Contreras, hijo y heredero de dicho difunto, ambos tutores y curadores de sus hermanos menores, hijos de dicho regidor y de doña Gertrudis; dijeron que por fin y muerte del regidor entró en poder de la susodicha una esclava negra nombrada Catalina, con dos hijas nombradas Juliana y Manuela, de seis y cinco años de edad, muleques valuados por el Sargento Antonio de Villavicencio, a Juliana en 180 pesos y a Manuela en 148 pesos, lo que suma 328 pesos que rebajado a la mitad son 164 pesos, cantidad que le toca a los bienes de doña Gertrudis por razón de gananciales, más 32 pesos de quinto al alma de dicho regidor, quedando partibles entre ocho herederos 132 pesos restantes, de los cuales le corresponde a cada uno 16 pesos 2 reales. Por lo cual, otorgan haber recibido del Bachiller Buencuchillo lo siguiente: El Capitán don José de Carvajal 80 pesos 6 reales, los 36 que le tocan al quinto del alma de su padre y 16 pesos 2 reales a cada uno de sus hermanos; y don Felipe López, 16 pesos 2 reales correspondientes a su mujer; y quedaron en poder de dicho bachiller 229 pesos pertenecientes a la dicha difunta, 164 pesos y 16 pesos a cada uno de dichos herederos. De cuyas cantidades se dan por entregados y se desisten al derecho y propiedad de dichas negritas, cediéndola al Bachiller Buencuchillo para que disponga de ellas a su voluntad.
Sem títuloEl Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa y dueño hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder especial a don Alonso Gómez del Corro, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre parezca ante el Señor Coronel de Caballería don Nicolás Ventura de Chavarría, Caballero de la Orden de Santiago, Corregidor por Su Majestad de dicha ciudad, Gobernador de sus Armas y Teniente de Capitán General en ella, y se ofrezca a indulto y [composición] que proporcionadamente le pareciere y ajustare con su señoría, por razón de sus negros que sopreso [sic] en el palenque, en el paso de Catalina, el Sargento Mayor de dicha plaza.
Sem títuloEl Capitán don Pedro Ignacio Rodríguez, vecino de la jurisdicción de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en ella, otorga poder general al Sargento Francisco de los Cobos, vecino de esta villa, para que en su nombre busque a su dita y crédito de las personas que se los quieran dar, conventos de monjas, monasterios, catedrales, cofres u otra cualquier parte hasta cantidad de 2 000 pesos con los premios, réditos e intereses que se ajusten, obligándolo a que los pagará en los tiempos y plazos que se asienten, con hipoteca de su hacienda de trapiche nombrado Señor San José [alias Panzacola].
Sem títuloJosé Hernández Navarro, natural y vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Antonio Hernández Laboracho y de Teresa Navarro, difuntos, otorga poder al Sargento don Antonio de Villavicencio y al Capitán don Gaspar Rendón, vecinos de esta villa, para que después de su fallecimiento hagan y ordene su testamento como se los tiene comunicado. Nombra como albaceas a los susodichos y como herederos universales a José Hernández, de siete años de edad, y a José Antonio, de tres años de edad, sus hijos naturales.
Sem título