José Franco, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de San Juan Quescomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de esta villa, otorga que vende a Gregorio Merodio, vecino de esta villa, medio solar de 25 varas de frente y 50 varas de fondo, ubicado en la calle que va a la iglesia del Señor San Juan del pueblo de las Casillas, y linda con otro medio solar del Sargento Antonio de Villavicencio; y hace frente, calle en medio, con la cerca de la casa de Antonio de Olivera. Cuyo solar es el mismo que heredó de Ana Álvarez de Guzmán, su madre, a quien le hizo merced los Señores de Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, el 18 de enero de 1700. Lo vende en 40 pesos de oro común.
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Josefa Martínez Romano, vecina de esta villa de Córdoba, con licencia de su marido José de Amaro, otorga poder a dicho su marido para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre de los albaceas, herederos y tenedores de bienes de Gaspar González y de doña Ana de Meza Solano, su mujer, y de Salvador de Brito Lomelín, difuntos, vecinos que fueron de esta villa, la cantidad de 1 134 pesos de oro común, que por legítima de Catalina de Chávez, madre de la otorgante, heredó del Sargento Juan de Chávez, su padre difunto, y entraron en poder de doña Ana de Burgos, su bisabuela difunta, en tutela, habiendo sido sus fiadores Gaspar González y Salvador de Brito Lomelín, como consta en los autos hechos en esta razón. Asimismo, para que cobre de los bienes y herederos de doña Ana de Meza Solano, difunta, 200 pesos de oro común que por cláusula de su testamento mandó se dieran a la dicha Catalina de Chávez, madre de la otorgante.
UntitledAlonso Gómez Dávila, como principal, y Manuel Gómez Dávila, como su fiador y principal pagador, vecinos de esta villa de Córdoba; dijeron que Alonso Gómez Dávila compró en remate público una casa de piedra y madera, en esta villa, que quedó por bienes de [don Juan García de Miranda], difunto, en cantidad de 2 036 pesos, de los cuales 500 pesos están cargados a censo sobre dicha casa a favor de las Benditas Ánimas del Purgatorio; 600 pesos pertenecen a Teresa Hernández, doncella, hija del Sargento Antonio Hernández, difunto, y de Magdalena de Alcalá, cuya cantidad es la misma que le dejó su abuela a dicha Teresa; y los 936 pesos restantes pertenecen a los hijos y herederos de Juan García de Miranda, y paraban en poder de don Nicolás de Olivera por remanente y legítima herencia que les pertenece, como consta en la cuenta y juicio divisorio de bienes. Por lo tanto, poniendo en ejecución el contenido de dicho remate, se obligan a tener los 936 pesos pertenecientes a los ocho hijos y herederos de Juan García de Miranda, todos menores, a razón de 117 pesos cada uno; asimismo, se obligan a tener en sobre dicha casa los 600 pesos que le pertenecen a Teresa Hernández; y se obligan a pagarle a dichos menores lo que les corresponde de sus legítimas, luego que tengan edad o tomes estado, y en el ínterin los réditos del 5 por ciento cada año.
UntitledEl Sargento Mayor Rodrigo Serrano, vecino de la ciudad de la Nueva de la Veracruz, residente en esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de México, hijo legítimo de Fernando Gómez Serrano y de doña María Inés Tello, sus padres difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Pide ser sepultado en el convento de San Antonio de esta villa, manda 4 reales a las mandas forzosas y acostumbradas. Es su voluntad que se den 3 pesos a la cofradía del Santísimo Sacramento cita en la parroquia de esta villa; a Nuestra Señora del Rosario y a la Tercera Orden de Penitencia. Es su voluntad que se dé al convento de Santo Domingo de la ciudad de la Veracruz una hechura de un crucifijo de marfil. Declara que es casado con doña Bernarda de Perea, natural de la ciudad de la Nueva Veracruz, hija del Capitán Manuel de Perea y de doña Margarita Pérez, difuntos, y al tiempo de contraer matrimonio la susodicha trajo a su poder por dote la cantidad de 12 000 pesos que lo importaron del valor de una casa, que está en dicha ciudad de la Veracruz, en esquina del convento de Santo Domingo; tres esclavos, 40 marcos de plata; ropa y algunas joyas como consta de la carta de dote y él tenía de caudal hasta cantidad de 7 000 pesos. Y durante dicho matrimonio procrearon por hijos al Capitán don Felipe Serrano y Peres, que es presidio y plaza de la ciudad de Veracruz; a doña Inés María de Serrano y Perea, casada; a doña Bernardina Serrano y Perea, casada; al Alférez don Eugenio Serrano y Perea y a don Dionisio Serrano y Perea, estos dos se hayan casados en la jurisdicción del pueblo de San Juan Cuescomatepec [Coscoamtepec]; y a doña María Serrano y Perea, doncella. Declara por bienes, una casa que está en la ciudad de la Nueva Veracruz, de cal y canto, alta, cubierta de teja con el solar en que está edificada, cargados sobre dicha casa 2 000 pesos de principal a favor de Licenciado don José Toquero, vecino de la ciudad de los Ángeles y que paga cada año, por razón de suelo en que está edificada dicha casa, 25 pesos al convento de Santo Domingo de dicha ciudad, y pide que sus albaceas ajusten cuentas. Declara que el Capitán Pedro Bohórquez, vecino de la Veracruz, le puso demanda sobre que se le había dado más cantidad de dote por su mujer; entre otras cosas que se mencionan en el acta. Nombra por albaceas a Bernarda de Perea, su mujer, al Pagador don Juan de Buendía, su yerno, y al Capitán don Felipe de Serrano, su hijo, y por tenedor de bienes al dicho pagador. Y del remanente que quedare de todos sus bienes nombra por sus únicos y universales herederos a todos sus hijos.
UntitledDoña Bernarda de Perea, viuda del Sargento Mayor Rodrigo Serrano, natural y vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, residente en esta villa de Córdoba, hija de Manuel de Perea y de doña Margarita Pérez, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: pide ser sepultada en el convento de San Antonio de esta villa. Ítem manda 4 reales a cada una de las mandas forzadas y acostumbradas. Es su voluntad que se digan por su alma ochenta misas rezadas por la pitanza ordinaria; veinte misas por las almas de aquellas personas que quedó de encargo; doce misas para el alma de sus padres y la limosna se pague de sus bienes. Asimismo, declara y manda que se paguen de sus bienes 20 pesos a la cofradía de Nuestra Señora del Rosario sita en el convento de Santo Domingo de la Nueva Veracruz; 15 pesos a Nuestra Señora de Cosamaloapan; 10 pesos al Santísimo Sacramento sita en la iglesia parroquial de la Nueva Veracruz; 6 pesos en reales a Nuestra Señora de Loreto del hospital nuevo de la ciudad de la Nueva Veracruz; 25 pesos que le debe a un negro que fue su esclavo, vecino de la Veracruz y 20 pesos a Juan Domínguez, panadero, vecino de la nueva ciudad de la Veracruz. Declara que fue casada con el Sargento Mayor Rodrigo Serrano y cuando contrajeron matrimonio, ella llevó por dote la cantidad de 12, 000 pesos en el valor de una casa principal, que está en dicha ciudad de la Veracruz, en esquina del convento de Santo Domingo; tres esclavos; cuarenta marcos de plata, entre otras prendas; y el dicho su marido la dotó de 7, 000 pesos y su marido tenía de caudal otros 7, 000 pesos en reales y bienes. Y durante dicho matrimonio procrearon como hijos al Capitán don Felipe Serrano y Perea, que lo es del presidio y plaza de la ciudad de la Nueva Veracruz; a doña Inés María de Serrano, casada con el Pagador Juan de Buendía, Alcalde Mayor de esta villa; a doña Bernardina Serrano y Perea, casada con Jacobo Rodríguez Díaz; al Alférez don Eugenio Serrano y Perea; a Dionisio Serrano y Perea ambos casados en el Pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] y a doña María Serrano y Perea, doncella que hoy se haya en su compañía. Declara por bienes solo la casa antes mencionada y algunos “bienes muebles de poco valor”. Nombra por sus albaceas testamentarios al Pagador don Juan de Buendía, su yerno y al Capitán don Felipe Serrano y Perea, su hijo, y por tenedor de bienes al dicho pagador; y en el remanente que quedare de todos sus bienes, instituye y nombra por sus únicos y universales herederos a todos sus hijos.
UntitledNicolás de Bolaños, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende al Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, que lo es de esta villa, por Su Majestad, una casa de madera, cubierta de paja, con sus puertas y ventanas, edificada en un solar de 50 varas de frente y 50 de fondo, que es en esta villa, en la calle que de la plaza Pública sale para el convento del Señor San Antonio; linda por el oriente con casa y solar de Diego de Palma; por el poniente calle en medio con casa del Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa; por el [sur] con casa de doña Juana de Contreras GAtica, calle en medio; y por el norte con un pedazo de solar que pertenece al Sargento Antonio de Villavicencio. La vende en cantidad de 400 pesos de oro común y declara haberlos recibido en reales de contado.
UntitledEl Sargento Miguel Díaz de Aguilar y doña Josefa de Prado, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, dijeron que por cuanto don Francisco José de Alvarado apoderado de don Diego Manuel de Alvarado, su hermano, Asentista que fue de la Real Fábrica de la Pólvora, por él y en nombre de los demás hederos del Capitán don Juan de Alvarado, difunto, Caballero que fue del Orden de Santiago, su padre, presentó escrito y un mandamiento del virrey ante el Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de esta villa, por el cual se manifestaba que el presente compareciente Miguel Díaz de Aguilar adeuda 761 pesos y un real a los herederos de Juan de Alvarado, del tiempo que fue comisario de la pólvora en esta villa. También, dijeron que reconocían el escrito, pero que sólo estaban debiendo 334 pesos y un real por haber pagado 427 pesos, sin embargo, en la presente fecha no contaban con la cantidad restante, razón por la cual el compareciente fue encarcelado y embargados todos sus bienes. Asimismo, dijeron que posteriormente convinieron con el citado don Francisco José de Alvarado, que cuando el compareciente saliera de la cárcel, a los ocho días subiría a la Puebla y daría cuenta de dicho débito de 300 pesos y lo demás dentro de un año. En consecuencia, don Francisco José de Alvarado se presentó ante el señor alcalde para manifestar el acuerdo al que había llegado con el presente otorgante y autorizaba el desembargo de sus bienes y que fuera suelto de la prisión. En cuya virtud los otorgantes para cumplir con el trato, otorgan que se obligan a pagar a los herederos del Capitán Juan de Alvarado, 426 pesos de oro común, dicha cantidad incluye los costos y salarios de dicha ejecución, los cuales pagarán en la manera siguiente: 300 pesos dentro de ocho días en la ciudad de la Puebla de los Ángeles y los 126 pesos restantes dentro de un año.
UntitledEl Sargento Esteban de Naval y Pintos, vecino de esta villa de Córdoba, natural del lugar de San Miguel de Marcón en el arzobispado de Santiago de Galicia en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Juan de Naval y María de Pintos, vecinos de dicho lugar; y María de Madrid, su mujer legítima, vecina de esta villa y natural del pueblo de Orizaba, hija legítima de Tomás de Madrid y de Josefa Pizarro, sus padres difuntos, dijeron que las cosas del descargo de sus conciencias y bien de sus almas se las tienen comunicadas el uno al otro y el otro al otro, por tanto, en aquella vía y forma se otorgan el poder que se requiere para hacer su testamento. Mandan 2 pesos de limosna a Nuestra Señora de Guadalupe y Nuestra Señora del Carmen. Declaran que son casados y durante el cual han tenido por hija legítima a María Eugenia Naval, niña que será de edad de un año. Y para cumplir y pagar su testamento se nombran el uno al otro y el otro al otro por albaceas testamentarios, asimismo, nombran por albaceas al Cabo escuadra Juan [roto]; y nombran por su única y universal heredera a su hija.
UntitledDon Nicolás de Espinosa, vecino del pueblo de Orizaba, registró una escritura por la cual consta que don Juan de Espinosa, vecino del dicho pueblo, en nombre y en virtud de sus poderes obligó a pagar a don Juan de Espinosa, Escribano de Su Majestad, y a doña Antonia Gómez Dávila, su legítima mujer, sus padres, a la capellanía que instituyó el Sargento Mayor don Juan Vázquez Mellado y al Licenciado don Carlos Vázquez Mellado, Presbítero de este obispado, capellán y propietario de dicha capellanía, parte legítima de 5 000 pesos de oro común en reales, por otros tantos que por decreto del ilustrísimo señor venerable deán y cabildo de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, se les mandaron a entregar por tiempo de dos años con sus réditos correspondientes, para cuyo seguro en nombre de sus padres obligó e hipotecó, una hacienda del beneficio de hacer azúcar que dichos sus padres tienen en esta jurisdicción nombrada Señor San José con todo lo que le pertenece, la cual linda por el oriente con trapiche del Capitán don Lope Antonio de Iribas, por el poniente con el trapiche que posee doña María de Espinosa de los Monteros, viuda de Amaro José Bocarando, por el norte con tierras del pueblo de San Lorenzo [Cerralvo] y por el sur con la Sierra Grande que [roto] sobre río Blanco; y asimismo tres pares de casas que dichos sus padres poseen en Orizaba. La escritura fue otorgada el 29 de enero del presente año.
UntitledDon Francisco de Estrada y Galindo, Sargento Mayor de Infantería de los partidos de Cosamaluapa [Cosamaloapan], Tustla [Tuxtla] y Acayuca [Acayucan] por Su Majestad, natural de la ciudad de Cholula, hijo del Escribano General don Diego de Estrada Carbajal [Carvajal] y de doña Luisa de Chabes [Chávez] Galindo, difuntos; otorga poder a don Joseph [José] Camacho, vecino del pueblo de Cosamaluapa [Cosamaloapan], para que en su nombre y representación, haga su testamento poniendo en él, las cláusulas legados y todo lo demás que para su validación se requiera y así le tiene comunicado. Por otra parte, ordena que su cuerpo sea enterrado en la iglesia de este pueblo, en la parte y lugar que a él le pareciere. Igualmente lo nombra por su albacea, tenedor de bienes y heredero, por no tener herederos forzosos ascendentes y descendentes.
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