Don Carlos Díaz [de la Serna] y Herrero, Alguacil Mayor de esta jurisdicción y de Jalacingo, otorga poder al Alférez Mariano Guerra, vecino de la colonia del Nuevo Santander, para que en su nombre demande y cobre de don Miguel de Urros y Apesteguia, la cantidad de 3, 108 pesos que le debe de plazo cumplido, pareciendo por ello ante las autoridades correspondientes y presentando la documentación requerida, para lo cual se le da éste con libre y general administración y con facultad de sustituir.
SANTANDER, CIUDAD DE
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Don Manuel de Cueto y Vierna, Capitán de Caballería de los Reales Ejércitos, otorga poder a Isidro Obregón y Francos, vecino de Molledo, en el valle de Iguña, para que defienda y administre su ferrería del Gorgollón, situada en la Villa de Pesquera, y solicite licencia del Comisario de Marina de Santander para el aprovechamiento de leñas muertas y rodadas, y en caso de concedérsele, se meta en los montes de la fija dotación de dicha fábrica a cortar las leñas, también se le da éste para ajustar cuentas, contratos o contratas de fierro con el fin de dirigirlos a esta América, y después de verificada la contrata pueda vender con acuerdo del Mayordomo Pablo de Vierna, todo el que labrase dicha fábrica.
Don José Diego Camus, hijo legítimo de los difuntos don Sebastián Toca y doña Antonia de Camus Ortiz, natural del lugar El Monte, jurisdicción de la Ciudad de Santander en los Reinos de Castilla y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder para testar y nombramiento de albacea a don Ignacio Muñoz, vecino de la Ciudad de la Veracruz, junto con don Sebastián de Herreros, vecino de España y residente en este pueblo, y como heredero designa al citado Muñoz, su primo.
Don Juan Francisco López del Diestro, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, otorga poder especial a sus hermanos don José López del Diestro, vecino de Cádiz y a Félix López del Diestro, vecino de [Santa Cruz de] Bezana, Abadía de la Ciudad de Santander, para que en su nombre lo representen como hijo y heredero de sus difuntos padres don Francisco López Sierra y doña Josefa del Diestro, cobrando y percibiendo lo que legítimamente le corresponda, para lo cual se le da con libre y general administración.
Don Juan Gómez, residente en Jalapa, otorga poder especial a su legítimo padre don Matías Gómez, vecino de la ciudad de Santander en los Reinos de Castilla, para que parezca ante el juez o jueces de los autos de inventarios y aprecios de bienes formados por fallecimiento de su legítima madre doña Josefa de la Torre y de doña Josefa del Solar Rivas Cacho, su abuela materna, y pida se forme la cuenta de división y partición y la parte de ambas herencias que le fueren aplicadas al otorgante, quedando éstas en poder de su padre hasta que el otorgante disponga de ellas.