Don Francisco de Thormes, vecino de Jalapa, Tesorero Receptor de la Bula de la Santa Cruzada en esta provincia, obligado del abasto de las carnicerías, dijo que Antonio Amaya de Cádiz, vecino y obligado de las carnicerías de Atrisco, se propuso como su fiador por la cantidad de 2, 000 pesos que debe (manchado) Martínez Navarro, vecino del puerto de Santa María en los Reinos de Castilla a cuyo favor otorga escritura en la Nueva Ciudad de la Veracruz obligándose como tal fiador y pagador.
SANTA MARÍA, PUERTO DE
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Don Francisco Javier Fleming, vecino del puerto de Santa María en España y residente en el pueblo de Jalapa, Sobrecargo de flota, principal deudor, junto con su fiador don Roberto Quirbán, vecino de la Ciudad de México y residente en este pueblo, deben y se obligan pagar a don José de Guerra, residente en este pueblo, la cantidad de 24, 800 pesos, en la Ciudad de México, luego que lleguen los navíos de azogue, pero si por alguna razón se llegaran a atrasar, se le pagará en el mes de octubre.
Don Tomás Martínez Navarro, residente en el pueblo de Jalapa, vecino del puerto de Santa María en los Reinos de Castilla, dijo que Francisco de Thormes, dio fianza a don Antonio de Amaya Cádiz, vecino de la Villa de Atlixco, en 2, 000 pesos de oro común y se obligó de mancomún con él a pagárselos el día último de mayo de 1718; no habiendo cumplido más que con 445 pesos, ejecutó al fiador por 1, 550 pesos, quien se opuso a tal ejecución, y estando para sentenciarse el remate de los bienes embargados, se suspendió por haber entregado Antonio de Amaya 900 pesos en la Ciudad de la Puebla y los 655 pesos restantes el fiador, con lo cual fue pagada dicha cantidad, y en atención a que el fiador le ha pedido carta de pago y lastos, entrega dicha carta de pago.
Alonso de Torquemada, vecino del pueblo de Jalapa, principal obligado, Félix de Castro y Lucas Duarte, residentes en este pueblo, como sus fiadores y principales pagadores, otorgan que se obligan de dar y pagar al Capitán Juan de Baquia, vecino del Puerto de Santa María en el Reino de Castilla y a quien su poder o causa tuviere, la cantidad de 423 pesos, 200 pesos para el despacho de la flota del General Manuel de Velasco y los 223 restantes a pagar desde esta fecha hasta en dos años y medio.