SANTA CRUZ TLACOTEPEC, PARTIDO DE

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              MX UV.USBIX ANC-P-0016-PC_0016_0018 · Item · 1680/08/19
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Catalina de Esparragosa, mujer legítima de Joseph [José] de Leiva, vecino y Regidor por Su Majestad en esta villa de Córdoba, otorga poder a su marido para que juntamente y en su nombre imponga, sitúe y cargue un censo de 1 000 o 2 000 pesos sobre un trapiche de hacer azúcar y panelas en esta jurisdicción, y sobre las casa de vivienda que tienen en la villa de Córdoba, cantidad con la que pretenden aumentar el trapiche y aviarlo de algunas cosas de que está falto. Dicha cantidad de pesos les proveerá el Licenciado Diego Jaimes Ricardo [Villavicencio], Cura Beneficiado por Su Majestad Vicario y Juez Eclesiástico del partido de Santa Cruz Tlacotepec, de la obra pía para casar huérfanas que ordenó instituir y fundar el Licenciado Juan Francisco Ricardo, su hermano, Cura Beneficiado que fue de dicho partido, de cuya obra pía es primer patrón Diego Jaimes Ricardo [Villavicencio].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0051 · Item · 1691/09/24
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Joseph Gomes Davila, vecino de esta villa de Córdoba, y doña María de Leiva [Esparragosa], su mujer legítima, y la susodicha con licencia previa de su marido, otorgan que venden al Licenciado don Diego Xaimes Ricardo Villavicencio [Diego Jaimes Ricardo Villavicencio], Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario, Juez Eclesiástico del partido de Santa Cruz Tlacotepec, albacea testamentario y tenedor de bienes del Licenciado don Juan Francisco Xaimes Ricardo [Jaimes Ricardo Villavicencio], su hermano difunto, Cura Beneficiado que fue de dicho partido y administrador de las rentas de la obra pía de casar huérfanas que mandó a poner dicho difunto; 50 pesos de censo en cada un año que empiezan a correr y contarse desde la presente fecha, que imponen a censo redimible a razón de cinco por ciento, sobre una hacienda de trapiche de hacer azúcar, que poseen esta jurisdicción, nombrada San José. Dicho trapiche linda por la parte del oriente con tierras de Joseph de Leyva [José de Leiva]; por el norte con tierras de San Lorenzo Cerralvo, el camino real en medio; y por el poniente con tierras del Capitán Antonio de Brito [Lomelín]; y por el sur con una sierra que está sobre el río Blanco. Dichos 50 pesos pagarán al citado licenciado administrador de la obra pía por sus tercios corridos a fin de cuatro meses, y por precio y cantidad de 1 000 pesos de principal de a 8 reales cada uno que han recibido, y por tanto se obligan a cumplir las condiciones que se mencionan en la presente escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0052 · Item · 1691/09/25
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              A pedimento del Capitán don Diego Dabila Varrientos [Dávila Barrientos], residente en esta villa, en nombre y como apoderado del Licenciado don Diego de Xaimes Ricardo Villavicencio [Diego Jaimes Ricardo Villavicencio], Cura Beneficiado, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de Santa Cruz Tlacotepeque [Tlacotepec]; y en virtud de lo mandado por auto proveído por el Alférez Juan Maldonado, Alcalde Ordinario de esta villa, en cual señala que por cuanto en esta villa no hay escribano de cabildo ni libro donde se registren los censos, ordena que el presente escribano registre en su registro de escrituras un censo a favor de don Diego de Xaimes. Por lo cual, Nicolás de Estrada, Escribano Real y Público, registra la escritura de censo otorgada por Joseph Gómez Dávila, su fecha en la hacienda de labor nombrada Costitlán, jurisdicción del pueblo de Quechula, a los seis días de octubre 1688, a favor de don Diego Jaimes Ricardo Villavicencio [roto], y para que conste así lo certifica.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0053 · Item · 1691/09/25
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              “Ante mí el escribano”, el Capitán don Diego Dabila Varrientos [Dávila Barrientos], residente en esta villa, en nombre del Licenciado don Diego Xaimes Ricardo [Diego Jaimes Ricardo Villavicencio], Cura Beneficiado del partido de Santa Cruz Tlacotepeque [Tlacotepec], “de que yo el escribano doy fe y de ser capaz y bastante y de él usando, registró ante mí una escritura de censo otorgada por Domingo Antonio Gómez, Escribano de Su Majestad, vecino que fue de esta villa, difunto, de 400 pesos de principal que situó y cargó dicho difunto a favor del Licenciado don Diego Jaimes Ricardo Villavicencio a censo redimible, sobre una hacienda de trapiche de hacer panelas, con seis suertes. Y para que conste así lo certifico, y lo firmó dicho Capitán don Diego Dávila Barrientos”.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0054 · Item · 1691/09/25
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              “Ante mí el escribano”, el Capitán don Diego Dabila Varrientos [Dávila Barrientos], residente en esta villa, en nombre del Licenciado don Diego Xaimes Rricardo [Diego Jaimes Ricardo Villavicencio], Cura Beneficiado del partido de Santa Cruz Tlacotepeque [Tlacotepec], en virtud de su poder, “registró ante mí una escritura de censo” otorgada por Joseph Gomes Davila, vecino de esta villa, y doña María de Leiva [Esparragosa], su legítima mujer, su fecha a 24 del presente mes, de 1 000 pesos de principal a favor del dicho Licenciado, pertenecientes a los [roto] del Licenciado don Juan Francisco Jaimes [Ricardo Villavicencio], su hermano difunto.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0063 · Item · 1693/10/17
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Diego Dávila Barrientos, dueño de la hacienda de hacer azúcar nombrada San José Omealco [sic], que tiene y posee en los términos del pueblo de Quezala [Coetzala], jurisdicción de la Antigua Veracruz, otorga que da su poder cumplido al Alférez Pedro Ruiz de Talavera, dorador mayor de la jineta del Rey, vecino de la ciudad de los Ángeles, y a Diego Dávila Leyda [Leida], vecino y labrador en la provincia de Tepeaca, para que en su nombre y representación busquen en la ciudad de los Ángeles y tomen a su crédito hasta en cantidad de 3 500 pesos, los cuales lo obliguen a pagar en los plazos que lo consideren conveniente. Otro se los da para que en caso de que no encuentren dichos 3 500 pesos a dicho préstamo los tomen a censo redimible y lo sitúen y carguen sobre su persona y bienes, especialmente sobre la dicha hacienda. Por otra parte declara que dicha hacienda tiene cargados y situados a censo redimible 1 860 pesos a favor del Licenciado Diego Xaimes Rricardo Villavizencio [Diego Jaimes Ricardo Villavicencio], su hermano, Cura Beneficiado del partido de San Cruz Tlacotepeque [Tlacotepec] de este obispado de la Puebla de los Ángeles.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0070 · Item · 1697/08/24
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Tomás Ferrer de Benavides, natural de la ciudad de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Thomas [Tomás de] Ferrer de Benavides y de Luisa Montiel, sus padres difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Pide y ruega por el amor de Dios a Antonia de Piña, su esposa, por vía de limosna, le mande decir algunas misas por su alma. Ítem pide a la susodicha dar 2 reales a las mandas forzosas y otros 2 reales para ayuda de la beatificación del Venerable Gregorio López. Ítem declara que tiene deudas con algunas personas que se mencionan en una memoria, pide que le perdonen la deuda. Ítem declara estar casado con Antonia de Piña, natural de esta villa, y al tiempo y cuando tuvo efecto su matrimonio trajo a su poder 330 pesos por dote, por los mismos que le cupieron por el nombramiento que se le hizo de la obra pía que instituyó de los bienes del Licenciado Juan Francisco Álvarez [de] Ricardo, Cura Beneficiario que fue del partido de Tlacotepeque [Tlacotepec] [roto]; durante su matrimonio procrearon por hijos legítimos a María Ferrer de Benavides de once años de edad, a Joseph [José] Ferrer de seis a siete años y a otro póstumo de que se haya preñada su mujer de siete u ocho meses. Declara paran en su poder 200 anegas de cal pertenecientes al Capitán Joseph [José] de Leiva Esparragosa, las cuales recibió, cuyo valor importan 40 pesos a razón de 3 tomines cada una. “Y la demás cantidad que superabunda del valor de dichas anegas de cal” pertenecen 15 pesos al don Josep [José] Valero [Grajeda]y lo demás a su mujer, por cuenta de que le toca de su dote y bienes hereditarios. Asimismo, para el pago de lo referido declara le pertenecen a la citada su mujer lo siguiente: una casa de barro y varas, techada de zacate, con muchas necesidades de reparo, la cual está fabricada en un medio solar; un pozo con su brocal; una mula y un macho; un solar que nuevamente se le hizo merced por la Justicia y Regimiento de esta villa, que está en la calle que sale de la plaza de esta villa para el camino de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] y la mata que llaman Redonda. Nombra por albacea y tenedor de bienes a su mujer Antonia de Piña e instituye y nombra como principales herederos a sus hijos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0003 · Item · 1681/02/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Catalina de Esparragossa [Esparrogosa], mujer legítima de José de Leyva [Leiva], vecino y Regidor de esta villa, con expresa licencia de su marido, dijo que por cuanto su marido y ella poseen en la jurisdicción de esta villa de Córdoba, un trapiche de hacer azúcar, cuyas tierras lindan por el oriente y parte del norte con tierras del trapiche que fue de Gaspar González, por lo restante del norte con tierras de los herederos de José de Brito; por el poniente con baldíos de esta villa; y por el sur con tierras del Capitán Nicolás Blanco. Asimismo, señala que tiene en esta villa una casa de vivienda con las paredes de cal y canto, cubierta de teja; sobre dicha hacienda de trapiche y casa tienen impuesto y cargado 1 000 pesos de principal de un censo a favor de la obra pía para casar huérfanas, que mandó instituir y fundar de sus bienes el padre Juan Francisco Ricardo, difunto, Cura Beneficiario que fue del partido de Tlacotepec; y para aumentar dicha hacienda de trapiche pretenden imponer y cargar sobre ella a censo principal redimible otros 500 pesos de oro común, los cuales para dicho efecto les da y tiene [roto] el padre Diego Jaymes [Jaimes] Ricardo [Villavicencio], actual Cura Beneficiado, Vicario y Juez Eclesiástico de dicho partido de Tlacotepec y patrón de dicha obra, para que a favor de ella hagan la imposición sobre dicha hacienda de trapiche y casa. Para cumplimiento de lo anterior otorga poder a dicho Regidor José de Leiva, su marido, para que en su nombre y juntamente imponga y cargue sobre sus personas y bienes el dicho censo de los 500 pesos, y la obligue a la paga y satisfacción de sus réditos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0031 · Item · 1699/05/02
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Joseph Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que hallándose favorecido él y su familia con la gran misericordia de Dios por los beneficios que le hace, considerando ser muy agradable a los ojos de su divina Majestad el que a su Santísima Madre se venere, siendo tan de él devoción el inefable misterio de la anunciación de la encarnación a la Santísima María que le celebra la Santa Iglesia el día 25 de marzo, y deseando en memoria de su devoción a tan santo misterio se logre también el consuelo de todos los moradores de esta villa con pública demostración, haciéndole una fiesta todos los años en la parroquia de esta villa; para lo cual tiene conferida esta determinación con el señor Doctor don Joseph [José] Valero, Cura por Su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico. Y reconocido el gasto que podrá tener la fiesta que se ha de celebrar a dicha señora, se ha considerado costear con 50 pesos en esta manera: por víspera, misa cantada con diácono y procesión 10 pesos; de limosna al predicador que ha de predicar dicho día, 10 pesos; a los cantores que beneficiaren la misa, procesión y víspera, 8 reales; al sacristán por la asistencia de campanas, altar y lo demás de su obligación, 8 reales; para hacer una ramada, luminarias y cohetes, 12 pesos; y para la cera del altar y su adorno, 16 pesos. Y reconocida dicha cantidad, siendo su intención que la fiesta quede perpetuada en la Santa Iglesia, ha tenido por bien de poner en venta a censo 1 000 pesos de principal, los cuales tiene para dicho efecto en poder de Alonso Gómez Dávila, su hermano, vecino de esta villa, dueño de trapiche de hacer azúcar. Dicha cantidad le tocó por razón de la herencia de sus padres, y al presente ha decidido separarla de sus bienes para esta santa obra; y que el dicho su hermano cargue sobre todos sus bienes, especialmente sobre su trapiche, con la obligación que ha de hacer en esta escritura de los 1 000 pesos de principal y por ellos 50 pesos en cada un año de sus réditos, los cuales ha de ser obligado a entregar por cada mes de febrero. Y para el cuidado y cobro de dichos réditos, se nombra por parte legítima como lo es patrono todos los días de su vida, y por su fin y muerte a sus hijos legítimos y por falta de ellos a sus hermanos. Y estando presente dicho don Alonso Gómez Dávila y doña Cathalina [Catalina] de Pedraza, vecinos que son de esta villa, ambos de mancomún, otorgan que venden realmente a dicho Joseph [José] Gómez Dávila, 50 pesos de censo en cada un año, los cuales imponen y cargan a censo redimible sobre todos sus bienes, especialmente sobre una hacienda de trapiche de fabricar azúcar nombrada San Joseph [José], sobre la cual están impuesto 400 pesos a censo redimible a favor del Licenciado Diego Xaimes [Jaimes] Ricardo [Villavicencio], Cura que fue del partido de Tlacotepec, que al presente cobra sus réditos Diego López de Luna, como síndico del convento de San Francisco de la ciudad de los Ángeles; igualmente otros 250 pesos que están impuestos a favor del Señor San José de esta villa para la celebración de su día; y otros 176 pesos que están impuestos a favor de una capellanía de misas rezadas que mandó fundar el Bachiller Juan Sánchez Niño [de Guevara]. Por lo que al presente venden a censo los dichos 50 pesos al citado Joseph [José] Gómez Dávila, por precio y cantidad de 1 000 pesos que como va referido pasarán a su poder, y por tal se dan por entregado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0085 · Item · 1699/09/26
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Regidor Joseph de Leyva [José de Leiva], vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de fabricar azúcar en esta jurisdicción, dijo que por cuanto su hacienda de trapiche nombrada San Juan Bautista se halla gravada con un censo a favor de la obra pía que instituyó y fundó el Licenciado don Diego Jaimes Ricardo [Villavicencio], difunto, cura que fue del partido de Santa Cruz Tlacotepeque, y para que haya persona que por el otorgante cancele esta escritura de imposición, otorga poder al Capitán Joseph de Leyva [José de Leiva] Esparragosa, su hijo, vecino de esta villa, para que en su nombre parezca ante cualquier juez y justicia eclesiástica y secular y pida se le reciban las cantidades de pesos por razón del censo o censos cargados e impuestos sobre dicho trapiche a favor de cualquier obra pía, convento o comunidad, quedando libre de todo gravamen su hacienda.

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