Don Francisco Fernández del Águila, Gobernador, don Juan Andrés, don Diego Jiménez y don Francisco Antonio, Alcaldes, Diego Sánchez y Diego Alonso, Regidores, don Pedro Gabriel, Escribano, naturales y oficiales todos del pueblo de San Pedro Tonayán, por medio de Andrés Pérez, intérprete, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, aprendan en ella la doctrina cristiana, se obligan a pagar a Pedro Calderón, vecino del pueblo de Jalapa, 100 pesos de oro común en cada año, 2 fanegas de maíz, agua, leña que fuere menester y un huevo que ha de dar cada muchacho por semana.
SAN PEDRO TONAYÁN, PUEBLO DE
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Don Juan José de Acosta, don Antonio Gaspar de Acosta, don José Antonio de Acosta y don José Mariano de Acosta, vecinos de Naolinco, junto con don Ignacio de Guevara y don Manuel Eugenio de Acosta, vecinos de Jalapa, otorgan poder especial a don Nicolás Mariano Domínguez Muñiz, vecino de Naolinco, quien es arrendatario de los diezmos del ramo de ese pueblo, Misantla, Actopan, Tlacolulan, Tonayan y Xilotepec, para que se obligue como principal deudor y a los otorgantes como sus fiadores y principales pagadores en la cantidad o cantidades que tengan, haciendo posturas y mejoras para el remate de los citados diezmos.
Don Miguel Jiménez Carralero, Gobernador actual del pueblo de Tonayán y demás oficiales de él, dijeron mediante intérprete, que en cumplimiento de lo mandado acerca de que haya escuelas en todos los pueblos, se obligan a pagar durante 4 años a Miguel Jerónimo, vecino de esta jurisdicción, 55 pesos en cada año, más 12 fanegas de maíz, un huevo por muchacho cada semana, con cargo de que ha de tener escuela para enseñar la lengua castellana, a leer y escribir a los muchachos desde los 5 años hasta que se casen y las muchachas hasta los 10 años.