Pedro Rodríguez, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la villa de Lepe en los Reinos de Castilla, hijo legítimo de Juan Rodríguez y Catalina Hernández, ya difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que adeuda a Pedro Miguel, vecino del pueblo de San Antonio; a Pedro de Escolar, Antonio Gómez, Antonio Hernández, Juan Barba, Juan Pérez en la Veracruz, Juan Moreno, Francisco Tinoco, vecino de pueblo del Orizaba. Menciona por sus bienes a un negro esclavo llamado Francisco, veinte y ocho mulas y machos de recua aparejados, una suerte de tierras y solar. Señala que fue casado con [roto] Gómez, ya difunta, hija legítima de Juan Gómez Camacho y María Mar[roto], dentro del matrimonio tuvieron una hija de nombre Catalina. También declara que contrajo segundas nupcias con Agustina Vázquez, hija legítima de Salvador Vázquez [roto] Sánchez, la cual le dio dote 500 pesos, de cuyo matrimonio tienen un hijo. Nombra albaceas a la citada Agustina Vázquez y al Capitán Juan de Miranda, vecinos de esta villa, y como herederos universales a sus dos hijos y como tutora curadora de ellos a dicha Agustina Vázquez.
SAN ANTONIO, PUEBLO DE
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Ante el Capitán Gregorio de Arostegui, Alcalde Mayor, se presentó petición de doña Beatriz de Messa [Meza] y Bela [Vela], viuda y vecina de este pueblo. En dicha documento la compareciente relata que envió unas mulas a la Nueva ciudad de la Veracruz con Juan de Torres, mulato libre, vecino de este pueblo, para que las cargara de géneros de flotas. Estando en la ciudad de la Veracruz, mientras el susodicho preparaba unas cargas de aceite, se presentó Francisco de Acevedo, vecino de la misma, y le entregó dos mulas cargadas de aceite, pertenecientes a Nicolás Hernández Cimapan, vecino de este pueblo, para que las llevara a su cargo, junto con las suyas, y entregara a sus dueños en la ciudad de la Puebla. Debido a las lluvias, y por temor a que los ríos por el Camino Real estuvieran llenos de agua, se dirigió por el camino que va al pueblo de San Antonio; y en el paraje llamado “Las dos Puentes”, una de las mulas del dicho Nicolás Hernández cayó al río, la cual murió y la carga no apareció; y prosiguieron su viaje hasta la Puebla. En dicha ciudad entregaron la carga a sus dueños, y “por las 9 arrobas de aceite que se perdieron en el río le escalfaron de sus fletes 7 pesos por cada arroba de aceite”, siendo así que éste no debía pagarlo, sino el dicho Nicolás Hernández. Por esa razón ha requerido al susodicho para que le pague, pero éste no lo ha querido hacer, argumentando que primero le tiene que pagar la mula que se le ahogó. Y para que conste solicita le reciba la información de lo que refiere en este pedimento.