Don Alonso Gutiérrez de Ceballos, dueño de ingenio de fabricar azúcar, se desiste de albaceazgo y del nombramiento que le fue hecho por el Sargento Manuel de Riveros con motivo de hallarse achacoso y muy ocupado en sus negocios relacionados con su ingenio y otras haciendas.
RENUNCIAS
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El Lic. Don Juan de Bañuelos Cabeza de Vaca, beneficiado de este partido, se desistió [renuncias] del nombramiento de albacea que le fue conferido por Francisco de Orduña Guzmán en su testamento, so cuya disposición falleció, por hallarse muy ocupado en los negocios de su beneficio.
Juan Bautista Ordóñez, escribano público de Jalapa, dio su poder cumplido a su tío el licenciado Pedro Maza de Ludeña, residente en la ciudad de México, para que lo represente en todos sus pleitos y causas civiles y criminales, y para que pueda cobrar en su nombre cualesquier maravedís, pesos de oro, joyas, esclavos, mercaderías, derechos y acciones que le fueren debidos.Y especialmente, para que pueda renunciar en su nombre el oficio de escribano público del pueblo y provincia de Jalapa.
Juan Romero de Acosta, vecino del pueblo de Jalapa, renuncia al cargo de albacea que le otorgó Mateo José Viveros, para otorgarlo a la legítima mujer de éste.
El Capitán don Manuel de Olmedo, vecino del pueblo de Jalapa, renuncia al cargo de albacea testamentario, mismo que recibió por disposición del difunto don Blas Fernández Álvarez, vecino de este pueblo.
Diego Cardeña, Escribano Público de la jurisdicción de Jalapa y su agregada Jalacingo, renuncia al citado oficio a favor de Miguel Eustaquio Cardeña, Escribano Real y su legítimo hijo.
Don Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de esta jurisdicción y la de Jalacingo, renuncia a favor de don José Joaquín de Acosta, su hijo, vecino de este pueblo, para que presentando testimonio pueda despachar en el citado oficio.
Don Juan Montañés de la Cueva, Escribano Público y de Cabildo de la Ciudad de la Nueva Veracruz, con poder especial de Francisco Montañés, otorga poder a su hijo para que en su nombre renuncie al Corregimiento de Ixtlahuaca y Metepec, a favor de don Juan de Paz Aguado o don Fernando Aguado y don Francisco González Ceballos.
Doña María Francisca Ulloa, de esta vecindad, de estado viuda, mayor de 25 años, otorga poder especial a don Bernardo Tadeo de la Guerra, residente en la Nueva Veracruz, para que en su nombre se presente en aquel magistrado de intendencia, y con el testimonio de la renuncia de su Oficio Público y de Cabildo de esta Villa, que a su favor otorgó en primer lugar la difunta su tía doña Nicolasa Catarina Cardeña, practique cuantas diligencias pertenezcan para que en el superior gobierno se le reconozcan y tenga por tal dueña del citado oficio público, y se le despache título en forma de él para poderlo poseer y servirlo por medio de teniente hábil para su despacho.\t
Don Juan Flores Gutiérrez de Terán, vecino de la Capital de México, residente en esta Villa, como actual capellán propietario de la capellanía, que con el principal de 4 000 pesos y cargo de 15 misas rezadas al año, fundó doña María González Guerra y Vértiz, por medio de su esposo y albacea don Gabriel Gutiérrez de Terán, abuelos del otorgante, y de la que hoy es patrono la Excelentísima Señora Condesa de Casa Flores, madre del otorgante, renuncia al relacionado beneficio de capellán, dejando sus rentas en favor del nuevo capellán que tenga a bien nombrar el patrono de la citada capellanía, cuya renuncia hace debido a que una de las cláusulas de la fundación expresa que pasando el capellán de la edad de 25 años, sin estar ordenado in sacris, debe renunciar para proveerla a otra persona hábil y habiendo el otorgante cumplido los 25 años edad sin estar ordenado ni tener intenciones de hacerlo, ha tenido a bien en renunciar.