Don Manuel de Cano y Valle, de esta vecindad y comercio, dijo que el 30 de septiembre último confirió poder a don Juan Nepomuceno Herrero, de esta misma vecindad, para que recaudase de don Mariano Cadena, la cantidad de pesos que le adeuda y porque no le conviene que continúe dicho señor Herrero con este poder, lo revoca formal y expresamente y le pide que le haga la respectiva notificación a fin de que quede legalmente enterado de la relacionada revocatoria. Pero que necesitando facultar a una persona para que le diligencie ese cobro y otros; por la presente, otorga que da poder amplio a don Juan Bautista de Lezama, de esta propia vecindad, para que en su nombre haya, perciba, demande y cobre de todos sus deudores, todas las cantidades de pesos, efectos, frutos y bienes le deban y de lo que percibiere y cobrare, ministre los recibos y cartas de pago que le sean pedidas. Y en caso de lo expuesto fuere necesario comparecer ante juicio, lo verifique en todos los tribunales superiores o inferiores que importe.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOREVOCACIONES
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Don Gaspar Martín Vicario dijo que revoca el poder que en el mes de enero pasado confirió a su esposa doña María Lorenza Martín del Puerto ante el Juez de Letras de Tescoco [Texcoco]; y al presente otorga poder general de mancomún a su esposa doña María Lorenza Martín del Puerto y a don Manuel Patiño para que en su representación hayan, demanden, perciban y cobren judicial o extrajudicialmente de cualquier persona y de quien más haya lugar, las cantidades de dinero, mercaderías u otros de cualquier especie o porción que se le estén debiendo a la fecha y debiesen en adelante. Además, les autoriza para que puedan invertir lo que cobren, según sus instrucciones y para que puedan enajenar las tres fincas que posee en Tescoco [Texcoco] y proceder a la formación de las escrituras a favor de los que las comprasen. Y todo en cuanto percibieren y cobraren, otorgue recibos, cartas de pago finiquitos y demás documentos que le fueren pedidos.
FRANCISCO FERNÁNDEZ Y AGUDO, ALCALDE CONSTITUCIONAL DE SEGUNDA NOMINACIÓNDon Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, otorga que revoca el poder especial que, en esta villa y por ante el presente escribano, confirió a su sobrino don Calixto de Elías, el 13 de noviembre de 1823, para que no obre, ni haga fe en juicio ni fuera de él y dejándolo en su buen opinión y fama. Y confiere de nuevo dicho poder a don Diego Bretón, vecino de San Andrés Chalchicomula, para que en su nombre y representación gobierne, administre y rija la hacienda de labor y pastos nombrada la Yguera [Higuera], ubicada en aquella jurisdicción de San Andrés, de la pertenencia del mayorazgo así titulado y que el otorgante es el arrendatario.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon José Manuel Arcos, doña María de Jesús Santillán y Arcos en unión de su marido el ciudadano Román Rendón y de don Francisco Álvarez, a quien dicha Santillán por ser menor ha nombrado de curador para este solo acto, vecinos de esta ciudad, dijeron que en 9 de mayo de 1835 le otorgaron poder los nominados Arcos y Rendón y el ciudadano Antonio Flores, viudo de doña María Ignacia Arcos y tutor de sus hijos, a don Rafael de la Mora para que gestionase en la testamentaría de don Antonio Arcos; y que como en la actualidad no les conviene a los comparentes que el señor Mora continúe usando han resuelto revocarlo; por lo que otorgan que revocan solemnemente el relacionado poder a fin de que en virtud de él no pueda gestionar en dicho negocio ni en otro cosa alguna.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña Rosario Garrez de Ibáñez, residente en esta ciudad, viuda de don Martín Ibáñez, dijo que su finado esposo en el testamento que otorgó en la ciudad de Veracruz nombró por sus albaceas a la relacionante y a don José María Pasquel, y que por no poder residir la comparente en Veracruz le dio poder a su coalbacea, más que las muchas atenciones de dicho señor Pasquel no le han permitido desde luego dar todo lleno a la testamentaría, por lo cual la nominada doña Rosario Garrez otorga que revoca el poder mencionado y lo confiere ahora general a don José Rafael Carrillo, vecino de la misma ciudad de Veracruz, para que a nombre de la comparente como tal viuda y albacea de su nominado difunto esposo gestione lo conducente al arreglo y conclusión de la testamentaría.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOEl ciudadano Miguel Francisco, juez de paz del pueblo de San José Pastepec [Paxtepec], y los ciudadanos Domingo Francisco, Tomás Bonilla y José Francisco Álvarez, de la misma vecindad, prestando voz y caución por la demás vecindad, dijeron que revocan el poder que tenían otorgado a don Manuel Patiño y otorgan poder general a don José María Aparicio, para que en nombre de los vecinos de San José Pastepec [Paxtepec], los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales. Para que haya, perciba, demande y cobre todo lo que le deban a dicho pueblo. Para que apee, deslinde y amojone no solo los términos del expresado pueblo, sino también los que recaigan en él y todos los bienes raíces que posee el pueblo. Para que descubra y aclare los bienes que le tengan usurpados y consten en archivo, echando a los extranjeros y administrándolos como suyos.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Bernabé de Elías Vallejo, de esta vecindad y comercio, revoca el poder especial que le confirió al licenciado don Manuel Fernández Leal, dejándolo como lo deja en su buena opinión y fama. Y por la presente, otorga poder general al licenciado don Manuel Ponte, vecino de la ciudad de Puebla, para que en su nombre se presente en el tribunal que corresponda, a agitar el giro y conclusión del concurso a bienes del finado don Francisco Antonio Cortina, dueño que fue de la hacienda de Cuantotolapan [Cuautotolapa], en jurisdicción del partido de Jalacingo, términos a Perote, a cuyo efecto pueda parecer y parezca en todos los tribunales superiores o inferiores que importen. Así como, le otorga poder para todos los asuntos, pleitos, causas y negocios que al presente tenga o en adelante se le ofreciere, promoviendo y practicando cuantos actos, autos, agencias y diligencias judiciales o extrajudiciales se requieran.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO NACIONALEl Alférez don Diego Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, dijo que el 14 de noviembre de 1709 otorgó escritura de donación a favor de José García Nava, Rafaela, Gertrudis, Tomás, Ana María y Miguel, hermanos, hijos de Micaela de Soto, vecinos de esta villa, de 27 caballerías de tierra, ocho esclavos de diferentes nombres y edades, y todos los ganados mulares, caballares y vacunos que están herrados, y porque los deseos del otorgante habían sido el hacerles bien; y estando bien cierto y sabedor de su derecho y estar cargados algunos censos sobre dichas tierras y esclavos, de que no se acordaba por entonces, porque consideraba tenía caudal bastante para haberla hecho, por lo que a través de la presente revoca dicha donación para que no valga ni haga fe en juicio ni fuera de él, y así lo otorga y firma.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon José Luciano Hernández, vecino y labrador de esta jurisdicción, dijo que en esta ciudad el 22 de junio de 1835 le confirió poder a don José Antonio Seferino Rebolledo, para pleitos, cobranzas, transacciones y todo lo anexo; cuyo poder otorgar que revoca en toda forma.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODoña Piedad Due, viuda, mayor de edad, vecina del Plan del Río y residente en este suelo, dijo que el 16 de junio de 1836 dio poder general a don Elías José Nogueira Ortiz de Zárate para que la representara en todos los negocios relacionados con la testamentaria de su finado esposo, don José María Suárez; y en 3 de agosto del mismo año confirió otro especial al mismo don Elías y a su hermano don Juan Nogueira para ciertos objetos concernientes a la misma testamentaria; y el 20 de junio de este año otorgó otro poder general al señor licenciado don José María Cordera para el mismo objeto que los anteriores, a causa de que los señores Nogueira no podían hacerse cargo por sus grandes ocupaciones. Asimismo, el señor Cordera recientemente ha sido promovido para juez de letras en el ramo civil, por cuyo motivo no le es posible seguir representándola. Por lo cual, revoca los poderes que anteriormente había otorgado y por la presente otorga poder general a don Félix Lucido, de esta vecindad, para que en su nombre gestione todo lo concerniente a los negocios que estén pendientes por el intestado de su referido esposo, promoviendo todo lo que sea necesario.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO