Don Carlos Díaz y Herrero, Regidor Perpetuo, Alguacil Mayor del Ayuntamiento de esta Villa, otorga que renuncia a su oficio de Regidor Alguacil Mayor a favor de la Real Hacienda para que se saque al pregón y sea rematado.
RENUNCIAS
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Doña Nicolasa Catarina Cardeña, de esta vecindad, doncella mayor de 25 años, dueña del Oficio público de escribano, renuncia a dicho oficio, en primer lugar a favor del Capitán de Milicias don José de Arias, de esta vecindad, en segundo en don Juan Francisco Cardeña, escribano interino y en tercer lugar en don Juan José Corral y Cardeña, para que después de sus días se presenten con esta renuncia en el Real Gobierno, en el debido orden para que se les otorgue título en forma.
Doña Nicolasa Catarina Cardeña, de esta vecindad, doncella, mayor de 50 años, dueña del oficio público reunido al de cabildo, otorga que renuncia a dicho oficio, en primer lugar en el Capitán de Milicias don José de Arias, de esta vecindad, en segundo en don Juan Francisco Cardeña, Escribano Real que lo despacha interinamente y en tercero en don Juan José Corral y Cardeña, para que después de sus días y en el orden prevenido, se presenten en el Superior Gobierno para que se libre título en forma, para uso y ejercicio.
Doña Nicolasa Catarina Cardeña, de esta vecindad, mayor de 50 años, dueña del oficio público reunido al de cabildo, otorga que renuncia a dicho oficio en primer lugar en el Capitán de Milicias Retirado, José de Arias [y Torija], de esta vecindad, en segundo en don Juan Francisco Cardeña, Escribano Real que lo despacha interinamente y en tercero, en don Juan José Corral y Cardeña, para que después de los días de la otorgante, en el orden prevenido, se presenten en el Superior Gobierno, con testimonio de esta renuncia para que se le libre título en forma.
Doña Nicolasa Catarina Cardeña, de esta vecindad, mayor de 50 años, dueña del oficio público reunido al de cabildo, otorga que renuncia al citado oficio, en primer lugar en el Capitán de Milicias Retirado José de Arias, de esta vecindad, en segundo en don Juan Francisco Cardeña, Escribano Real que lo despacha interinamente y en tercero, en don Juan José Corral y Cardeña, para que después de los días de la otorgante y en el orden prevenido, se presente en el Superior Gobierno, con testimonio de esta renuncia para que se le libre título en forma.
Doña Nicolasa Catarina Cardeña, de esta vecindad, de estado doncella, mayor de 50 años, dueña del Oficio Público reunido al de cabildo, otorga que renuncia al citado suyo, en primer lugar en el Capitán de Milicias don José de Arias, de esta vecindad; en segundo en don Juan Francisco Cardeña, Escribano Real que lo despacha interinamente; y en tercero en don Juan José Corral y Cardeña, para que después de los días de la otorgante, en el orden prevenido, se libre título en el Superior Gobierno con testimonio de la renuncia.
Doña Nicolasa Catarina Cardeña, de esta vecindad, doncella, mayor de 50 años, dueña del oficio público reunido al de cabildo, otorga que renuncia a dicho cargo, en primer lugar en el Capitán de Milicias don José de Arias [y Torija], de esta vecindad, en segundo en don Juan Francisco Cardeña, escribano real que lo despacha interinamente y en tercero, en don Juan José Corral y Cardeña, para que después de los días de la otorgante, en el orden prevenido, se presenten en el Superior Gobierno para que se les libre título en forma, para uso y ejercicio.
Doña María Francisca Fernández de Ulloa, de esta vecindad, dijo que doña Nicolasa Cardeña, como propietaria que fue del oficio público de esta ciudad, le hizo renuncia de él, por instrumento otorgado el 12 de mayo de 1812, ante don Juan Bautista Soler, alcalde que era de esta población. Dicha María, otorga renuncia el oficio público en su hija doña Prisciliana Rascón y Ulloa, por falta de ésta en su otra hija doña María Josefa [Rascón y Ulloa viuda de don Joaquín Leño; y en defecto de ésta, en su nieta doña María Josefa Leño, hija de los antes mencionados. Para los fines legales, manda que exhiban la presente renuncia a fin de que se declare la propiedad a favor de la renunciataria, previos los requisitos y formalidades conducentes.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODoña María Francisca Fernández de Ulloa, de esta vecindad, dijo que doña Nicolasa Cardeña como propietaria que fue del oficio público de esta ciudad, hizo formal renuncia a su favor por instrumento que otorgó el 12 de mayo de 1812 ante don Juan Bautista Soler, alcalde de primera nominación. La comparente, otorga que renuncia dicho oficio público en su hija doña Prisciliana Rascón y Ulloa, por falta de esta, en su otra hija doña María Josefa [Rascon y Leño] viuda de don Joaquín Leño, y en defecto de ésta, en su nieta doña María Josefa Leño, hija de los antes mencionados.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODoña María Francisca Fernández de Ulloa, de esta vecindad, dijo que doña Nicolasa Cardeña, como propietaria que fue del oficio público de esta misma ciudad, hizo formal renuncia a su favor por instrumento otorgado el 12 de mayo de 1812, ante don Juan Bautista Soler, alcalde de primera nominación. Usando de la facultad que tiene de dicho oficio público, otorga que lo renuncia en su hija doña Prisciliana Rascón y Ulloa, y por falta de ésta, en su otra hija doña María Josefa [Rascón y Ulloa], viuda de don Joaquín Leño, y en defecto de ésta, en su nieta doña María Josefa Leño, hija de los nominados don Joaquín y doña María Josefa, para que después de sus días presenten esta renuncia donde corresponda.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO