Don Salvador García de Zepeda, vecino del pueblo de Jalacingo, otorga poder especial a don Manuel Martín, vecino del pueblo de Perote, para que comparezca en el remate del rancho de nombre San Antonio, por el cual los señores Pedro Miguel y Juan de la Peña, vecinos de Jalacingo, han hecho postura por 1, 000 pesos.
REMATES
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Benito Rendón, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que habiendo fallecido el año pasado el Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera, se procedió a hacer inventarios de sus bienes, el remate de ellos y juicio divisorio entre sus herederos por parte de su albacea, el Capitán José Gómez Dávila. Y habiendo el otorgante comprado en remate público una casa de cal y canto, cubierta de teja, en la cantidad de 1 600 pesos, la cual no ha pagado al dicho albacea, considerando que los hijos de dicho difunto son muchos, sus sobrinos, pobres y huérfanos, y con los réditos de 5 por ciento de los 1 600 pesos del valor de dicha casa, no es posible su sustento, vestido y casa, ni los demás menesteres precisos y necesarios. Y atendiendo a la mayor utilidad de dichos menores y desistiéndose del derecho y acción del remate celebrado, mirando las mayores conveniencias que les siguen a los menores, a quienes atiende como a sus propios hijos, por esta causa que se debe considerar piadosa y del servicio de Dios Nuestro Señor, y cumpliendo con la obligación que le asiste, presentó escrito ante el Señor Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad, ofreciendo quedarse con la casa sin el gravamen y derecho del celebrado remate, obligándose al sustento natural, vestuario [roto] y reparos de la dicha casa, manteniendo a los menores a su costa [roto] y de su propio caudal hasta que tengan edad para gobernar sus bienes. Todo lo cual fue consentido por el albacea y curador ad litem de dichos menores, mandando por auto el señor juez que entre en sus bienes la citada casa y otorgue escritura de obligación; por lo tanto, otorga que recibe dicha casa y se obliga a tenerla alineada y repararla en todo lo necesario, de manera que se mantenga el estado que hoy tiene, asimismo, se obliga a tener a los menores en dicha casa, en la suya o en otra donde vivan de balde y cómodamente; y durante el tiempo que sean menores de edad, no tomen estado y no tengan edad capaz para regir, gobernar o administrar sus bienes, se obliga a darles el sustento natural de todos los días en el vestuario, de modo que anden con toda decencia y curarles sus enfermedades. Asimismo, se obliga a pagar cada uno de los menores la cantidad de 266 pesos 5 y medio reales de contado que es lo que a cada uno le cabe por razón del valor de dicha casa, luego que tengan edad o tomen estado.
Sans titreDiego de la Torre Arnate, como principal obligado y Antonio Barradas como su fiador real y llano en que se constituye, otorgan que deben y se obligan a pagar a los señores Jueces y Receptores de la Masa General de la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de Puebla de los Ángeles, la cantidad de 585 pesos; la mitad la pagarán para fin de diciembre del año venidero de 1706 y la segunda mitad en diciembre de 1707. En cuyo monto se le remataron a Diego de la Torre Arnate los diezmos de este pueblo y su partido en la forma y manera que lo estaban antes de la división de este curato.
El Bachiller Manuel del Pozo vende a Sebastián Díaz de Acosta, vecino de Jalapa, 2 caballerías de tierra ubicados en términos de este pueblo, colindan con el cerro Macuiltépetl, con tierras de Domingo Luis, con tierras de Diego de Zárate y Sebastián Díaz de Acosta, cuyas tierras compró por remate que se le hizo de la capellanía que fundó Mariana de Astudillo, difunta, en 600 pesos de oro común a censo redimible, cuyo tributo ha pagar y reconocer a favor del Bachiller Miguel Pérez de Medina. Declara que no tiene otro gravamen, así le cede, traspasa para que pueda usar de ellas a su voluntad.
El Capitán Luis Fernández de la Flor y Pareja, de la Orden de Santiago, don Francisco García de Mendoza, los Capitanes Luis González de Lucena, don Bartolomé de Castro, don José Robledano de Cardeña, los Alféreces Juan de Morales y Juan José Rincón, Luis Fernández de Ulloa, Pascual de Castro, Diego de Castro, Cipriano Sancho y Lucas Francisco de Ayala, todos vecinos de la jurisdicción de Jalapa, otorgan poder especial a don Lorenzo de Richarte y a don Antonio Chavero Santa Cruz, residentes en la Ciudad de México, para que en sus nombres, de los demás vecinos y comerciantes de la jurisdicción de Jalapa y Jalacingo su agregada, por quienes prestan voz y caución, para que cualquiera de los dos parezca en la Real Almoneda que se celebrará en la Ciudad de México en el remate de las alcabalas de esta jurisdicción y de su agregada a hacer las posturas que por bien tuvieren bajo las condiciones, circunstancias y calidades que asienten.
Don Melchor Francisco Sánchez, vecino de Jalacingo, persona en quien se remataron las alcabalas de los partidos de San Juan de los Llanos, Jalapa, Jalacingo, Teziutlán y Atempa, dio en arrendamiento por tiempo de dos años, etc.
Don Alonso de Olivares, vecino de Teziutlán, como principal obligado, y el Lic. Don Miguel Pérez de Medina, cura beneficiado de Jalapa, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Los Ángeles, 375 pesos de oro común, por otros tantos en que al principal se le remató por término de tres años, el diezmo de las menudencias del pueblo y partido de Teziutlán, de los años de 1697, 1698 y 1699, a razón de 125 pesos en cada uno, conforme fueren corriendo; el primero para la Navidad de 1697, y así, sucesivamente.
Diego de la Torre Arnate como principal y Antonio Barradas como su fiador, se obligan a pagar a la Masa General de la Santa Iglesia de la Ciudad de los Ángeles, a su mayordomo o a quien con su poder representare, 585 pesos de oro común que al dicho principal le han sido rematados para los diezmos de menudencia de este partido. El primer pago lo harán en diciembre de 1702 y los subsecuentes en diciembre de 1703 y en diciembre de 1704.
Esteban Álvarez de Palacios, Escribano de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles con poder del Bachiller Gabriel Pérez de Alvarado, Clérigo Presbítero Domiciliario de este Obispado, labrador en la Provincia de Huejotzingo, vende a Juan Bravo de Alarcón un sitio de venta nombrado Los Naranjos, molino de pan moler y 10 caballerías de tierra eriaza, con todo lo anexo, libres de censo e hipoteca, cargados a la capellanía que se fundó de 3, 600 pesos, pero que sólo se reconocen 1, 000 por haberse deteriorado las fincas. El remate se hizo en Gabriel Pérez, y los dichos 1, 000 se cargaron sobre dichas fincas a censo principal redimible de 20, 000 el millar, para pagar sus réditos que corren a partir de noviembre de 1701 al dicho Bachiller Gabriel Pérez de Alvarado.
El Bachiller Manuel del Pozo, Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, dijo que por despacho del Doctor y Maestro Carlos López Torrijos, Juez de Testamentos, Capellanías y Obras Pías mandó por auto de 17 de julio de 1703 se trajesen al pregón las fincas de la capellanía cuyo propietario es el Bachiller Miguel Pérez de Medina y por comisión al Bachiller Antonio Méndez de la Cruz, Teniente de Cura, para que procediese al remate, informándose que el remate se haría el 27 del mismo mes y año, y habiendo sacado el último pregón y hecho el remate de 2 caballerías de tierra por 600 pesos de oro común a censo redimible, se notificó en ese día para que se le hiciera la escritura de imposición, por lo que impone en las tierras 600 pesos en que se remataron para pagar los réditos que le corresponde por cada año hasta su redención. Dichas caballerías de tierra colindan con el cerro Macuiltépetl, por otra parte con tierras de Diego de Zárate, con tierras de Sebastián de Acosta y con tierras de Domingo Luis.