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              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0015 · Pièce · 1695/08/17
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Francisco de Varrios [Barrios], vecino de esta villa, dijo que [roto] postura a uno de los oficios de regidor de [roto] de ella por don Juan Balero de Grageda [roto] de 200 pesos que pagará de contado, la cual se le admitió por el señor alcalde; y para cumplir el susodicho con lo mandado, sobre asegurar dicha su postura, otorga que fiaba y fía a favor de don Juan Balero [Valero] Grageda, en tal manera que el susodicho pagará de contado los 200 pesos o la cantidad en la que se le hiciere el remate de dicho oficio, y comparecerá en la Real Almoneda de la corte de la ciudad de México en los días que se le requiera.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0020 · Pièce · 1695/08/25
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa, y dueño de trapiche en su jurisdicción, otorga que sale fiador a favor del Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de ella, y también dueño de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, “en tal manera, que seguirá el susodicho la instancia de la postura que tiene fecha 7 del corriente en los autos que se han fabricado de pregones dados a los oficios de depositario y demás regimientos que se hallan vacantes en esta villa, hasta que se le celebre el remate de él, y exhibirá de contado los 150 pesos en que puso uno de dichos oficios o la cantidad en que se le rematare”. Y el otorgante como tal su fiador y principal pagador, haciendo como hace de deuda y negocio ajeno suyo propio y sin que contra el dicho capitán postor ni sus bienes sea necesario [roto] diligencia ni excusión de fuero [roto] beneficio expresamente pagará [roto] en que pareciera celebrado dicho [roto] asistirá dicho capitán [roto] o por su procurador a la Real Almoneda y junta de la Real Hacienda de la ciudad de México, y lo cumplirá dicho otorgante luego que sea requerido bien y llanamente con las costas de su cobranza, y para ello obligó su persona y bienes.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0036 · Pièce · 1695/09/25
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Balthasar [Baltazar] González de Velilla Blanco, dijo que por cuanto obtuvo el oficio de Depositario de esta villa y Regidor, que estuvo poseyendo por remate que de él se le hizo, el cual por sus muchas ocupaciones y embarazos que en aquel tiempo tuvo, no le dieron lugar a poder enviar por la confirmación, sin embargo de no habérsele pasado el término hizo dejación y renuncia de él en Su Majestad para que pudiese beneficiar y aprovecharse de su valor, y respecto a haber tenido noticia de que se haya actualmente en el beneficio entre otros de regidores de esta villa por cuenta de dicha Real Majestad. Por lo que otorga poder especial al Capitán Diego Dávila Barrientos, vecino de esta villa y estante en la ciudad de México, para que en su nombre y representación comparezca ente la Real Hacienda y Caja de esta Nueva España, en la corte de la ciudad de México, y reproduzca los derechos que le asisten sobre el remate del oficio de depositario y regidor de esta villa. Asimismo, haga posturas en la cantidad que convenga, ofrezca y exhiba de contado, según y cómo se debe hacer. Y hecho el remate lo acepte en su nombre, y para todo lo conveniente se le otorga el presente con libre y general administración.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0042 · Pièce · 1696/05/13
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Micaela Ramos, vecina del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], viuda, albacea y tenedora de los bienes del Capitán Marcos Blanco, difunto; tutora y curadora adbona de sus menores hijos María, Nicolasa y Lorenzo [Antonio] Blanco; dijo que por ser mujer no puede personalmente asistir a sus negocios y a los de dicho albaceazgo, como tampoco hacer postura y pedir se le remate el abasto de carnicerías de este pueblo, sobre que se han dado los pregones en conformidad de postura que tiene hecha y para que se pueda continuar hasta conseguir su pretensión, como tal albacea y curadora otorga poder al Bachiller don Joseph [José] de Barros, Presbítero Domiciliario de este obispado de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre siga la postura que tiene hecha a dicho abasto, ofreciendo dar otra media libra más de dicha postura. Asimismo, para que cobre todos lo que le deban, para que pueda vender cualesquiera de sus esclavos, ganados y tierra; para que pueda comprar esclavos [roto]; y para que la pueda defenderla en todos sus pleitos, causas y negocios.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0008 · Pièce · 1702/02/13
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Alonso Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que compró de los bienes que quedaron de don Nicolás de Olivera, difunto, vecino que fue de esta villa, una casa baja de cal y canto cubierta de teja en la calle que va para el barrio de San Juan Teteltitlán [Tetitlán] [roto], que linda y hace esquina por una parte con casas del Capitán don Gregorio Martínez de Solís; y por otra con casa del Capitán don José de Segura y Ceballos, calle en medio; y por otra con casa y solar con los herederos de Miguel de Prado y con la de Antonio de Olivera, todos vecinos de esta villa. Cuya casa compró en almoneda y remate por la cantidad de 2 036 pesos, de los cuales 1 536 pesos tiene reconocidos a favor de los hijos y herederos de Juan García de Miranda y de Teresa Hernández, huérfana doncella, correspondientes a sus tutelas; y con la obligación de reconocer 500 pesos que están cargados a censo redimible sobre dicha casa a favor de las Benditas Ánimas del Purgatorio. Por lo tanto, otorga que reconoce dicho censo de 500 pesos de principal cargados sobre la referida casa y reconoce por dueño del principal a las Benditas Ánimas del Purgatorio y al síndico del convento de San Antonio, a quien se obliga a pagar los réditos de dichos 500 pesos a razón del 5 por ciento anual.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0114 · Pièce · 1702/11/21
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de labor en la provincia de Teguacan [Tehuacán] y dueño de trapiche del beneficio de hacer azúcar en esta villa; otorga poder a don Francisco de Meza, su hijo, vecino y labrador de dicha provincia, para que en su nombre, representando su persona y junto con los demás vecinos de la dicha provincia, solicite el derecho de las Reales Alcabalas de dicho partido y jurisdicción, pidiendo se les remate a dicha provincia, oponiéndose con los demás vecinos de ella contra cualesquier personas que soliciten dicho derecho, haciendo las posturas y mejoras que le parecieren convenientes ante cualesquier señores jueces y justicias de Su Majestad, hasta que lo consiga.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0010 · Pièce · 1704/02/17
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Baltazar González de Velilla Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, Regidor Perpetuo y Depositario General en ella por Su Majestad, albacea del Capitán Nicolás Blanco y de doña Ana González de Velilla Blanco, en el codicilo que otorgaron en esta dicha villa; dijo que por haber fallecido los demás albaceas y porque éstos, sin citación ni prevención, los poseyeron sin haber dado cumplimiento a dicho testamento, en grave perjuicio de los testadores y de sus bienes, hallándose deteriorados dichos bienes, sin limitación de dueño para la física administración de ellos; y a pesar que ha pretendido aliviar dicha situación, no le ha sido posible, por hallarse radicado este juicio en concurso de acreedores y rematados los bienes en Francisco de Santa Ana, posterior acreedor a ellos. Y habiéndose reconocido la hacienda que quedó por bienes de dichos testadores, dicho Santa Ana se retiró y dejó a cuidado de dicha hacienda a diferentes sujetos que sin cuidado la están disfrutando y menoscabando; por esta razón y para dar cumplimiento a dicho cargo, otorga poder especial al Alférez Miguel Manuel, Agente de Negocios, y al Secretario Domingo de Córdoba, Procurador de la Real Audiencia de la ciudad de México, vecinos de ella, para que en su nombre comparezcan ante el Rey, su presidente y oidores de dicha Real Audiencia de México, y pidan despacho para que las justicias de esta dicha villa reconozcan la hacienda del beneficio de hacer azúcar que quedó por bienes de dichos difuntos y reconocidos sus daños, atrasos y menoscabo se la entreguen para su administración y satisfacción de la última voluntad de los dichos difuntos, obligándolo a la paga de los acreedores que constaren en el juicio, con la condición que para lo referido se le han de conceder dos años para la siembra y reparos que dicha hacienda a menester; y para la paga de dichos acreedores nueve años.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0084 · Pièce · 1704/12/03
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio Acosta Padrón, se le celebró venta de una casa de piedra y madera que fue ejecutada y se trajo al pregón en esta villa, por bienes de don Miguel de Prado, vecino que fue de esta villa, por cantidad de 800 pesos que pagó de contado; y ahora declara que la dicha casa pertenece al Capitán Domingo Mucio, vecino de esta villa, por haberla puesto a su pedimento y dinero; por lo tanto, cede, renuncia y trasfiere en el dicho Capitán Domingo Mucio, a quién le pertenece dicha casa.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0006 · Pièce · 1706/01/20
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Inés María de Serrano y Perea, viuda del Pagador don Juan de Buendía, difunto, Alcalde [roto], otorga poder especial al Capitán don Felipe Serrano y Perea, su hermano, que lo es del [roto] de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre y representación pueda vender una negra su esclava nombrada Isabel María de León, criolla del Guárico, que será de edad de treinta años, con su cría nombrada Micaela Josefa, de edad de veinte meses, que por bienes del citado su marido se le remataron a Gaspar [roto], vecino de esta villa [roto].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0097 · Pièce · 1707/07/06
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto Juan de Miranda y Leiva, vecino que fue de esta villa, otorgó escritura de venta a favor de Pedro García de Meza, su suegro, vecinos que fueron de esta villa, de una hacienda de hacer azúcar en esta jurisdicción en el paraje que llaman la Piedra Gorda, en cantidad 5 000 pesos, los 1 300 que quedaron impuestos a censo redimible sobre dicha hacienda, otros 1 000 a favor de don José Gómez Dávila y los 300 a favor de los herederos de doña Ana González de Velilla Blanco y la restante cantidad [roto] a diferentes plazos. Asimismo, declara que por remate público le fue otorgada la citada hacienda con el cargo de dichos censos y los 1 000 pesos en la hijuela de partición que se hizo de los bienes que quedaron del Regidor don José Gómez Dávila, los cuales le tocaron a la Madre Catalina de San José, Religiosa Profesa del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, cuyos réditos ha pagado a don Juan Gómez Dávila, tío de la dicha religiosa y albacea que fue del difunto. Por otra parte, señala que Juan Gómez Dávila le ha solicitado otorgue reconocimiento del censo, por lo que en aquella vía y forma otorga que reconoce como dueño de los 1 000 pesos a la Madre Catalina de San José y se obliga de pagar los réditos desde hoy día de la fecha.

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