PRÓRROGAS

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              2 résultats directement liés Exclure les termes spécifiques
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              MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0129 · Pièce · 1836/10/29
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Los señores licenciados don Sebastián Camacho, apoderado del común del pueblo de Tlatlatilan (Tatatila), y don José María Aparicio representante del de Tlacolulan, dijeron que en 31 de agosto formalizaron escritura de compromiso, sujetando a juicio de arbitrios la demanda de los de Tlatlatilan sobre tierras, habiéndose designado para la sentencia el término de dos meses, los cuales están por espirar sin que haya podido finalizarse dicho juicio; y para que pueda verificarse de común acuerdo, los comparentes a virtud de las facultades que le están conferidas en los poderes a que se refiere dicha escritura, y reproduciendo en todas sus partes, otorgan que prorrogan por otro mes más el término del cual han de pronunciar su laudo los árbitros nombrados licenciados don Luis Gonzaga Gago y don Manuel de Zárate.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0143 · Pièce · 1836/11/26
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Los señores licenciados don Sebastián Camacho y don José María Aparicio, representantes el primero del común del pueblo de Tlatlatilan [Tatatila] y el segundo del de Tlacolulan, dijeron que en 31 de agosto de este presente año formalizaron escritura de compromiso sujetando a arbitrios, que lo son los señores licenciados don Manuel de Zárate y don Luis Gonzaga Gago, la demanda de los de Tlatlatilan sobre tierras, habiéndose designado para ese juicio el término de dos meses. Que en 29 de octubre último otorgaron la prórroga de un mes por no haberse podido concluir el negocio en los dos señalados y que no habiéndose aún finalizado todavía, han convenido prorrogar otros quince días. A cuyo fin, por el presente, en el modo más oportuno los nominados señores licenciados don Sebastián Camacho y don José María Aparicio a virtud de las facultades que les están concedidas, otorgan que prorrogan por quince días más el término dentro del cual hayan de pronunciar su laudo los referidos arbitrios.

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