PROPIOS DE LA VILLA

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              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0021 · Item · 1725/11/19
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Fernando de Carvajal, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, Procurador Mayor en ella, otorga que da en arrendamiento al Capitán don Manuel Garayta [Garaita], vecino de dicha villa, un rancho de labor perteneciente a los propios de ella, que está en el paraje nombrado la Jopa, que se compone de caballería y media de tierra con más 108 679 areolas las que hacen 43 solares y medio; que por el oriente linda con tierras de los ranchos del Licenciado don Pedro Montenegro, don Phelipe [Felipe] Fonte [de las Cuevas] y Antonio Laboreyro [Laboreiro]; por occidente con la brecha de la villa; por el norte con tierras de los ranchos de don Geronymo [Jerónimo] de Olasso [Olaso] y Salgado y Juan Hernández Navarro; y por el sur con tierras del rancho de don Juan de Ascanio y Messa [Meza]. El arrendamiento lo hace por tiempo de nueves años en precio de 21 pesos en cada uno, y con las condiciones siguientes: que dicho Manuel Garayta [Garaita] pagará puntualmente; que no ha de sembrar caña dulce, más que tabacos y maíces; ni haber casas de cal y canto.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0039 · Item · 1749/12/21
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco Valero y Alvarado, Alguacil Mayor, Regidor Perpetuo por Su Majestad, actual procurador, otorga que da en arrendamiento a Salvador Díaz, vecino de esta villa, una caballería de tierra con exceso de algunas varas pertenecientes a los propios de la villa, en el paraje que nombra el Ojo de Agua, cuya tierra está de norte a sur, linda por la parte de oriente con el camino real que pasa para la hacienda del Potrero perteneciente a doña Gertrudis de Sagade Bugueyro [Bugueiro] y con rancho de don Bartolomé Laurencio; por el poniente con rancho de don Miguel Domínguez y un pozo del susodicho con cerca de iquimites; por el norte con la hacienda de fabricar azúcar del Regidor don Francisco García de Lara, fundada como dichos ranchos en tierras que pertenecen a los expresados propios. El arrendamiento es por tiempo de nueve años, en precio de 12 pesos y 5 reales de oro común, bajos las condiciones que se mencionan en la escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0004-PC_0004_0062 · Item · 1647/04/05
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              José de [roto], Mayordomo de los Propios [roto] de esta villa, otorga que da en arrendamiento a Diego de Araso, un potrero de tierra que el dicho Diego tiene poblado, que han tenido arrendado a los propios de esta villa; el cual está ubicado por [roto] de la punta del encinar, que está a orillas del río Blanco, en el pago que llaman rincón de don Juan, junto al comedero que solía tener arrendado Juan de la Rea, dueño de carros. Dicho potrero linda por una parte con olleras [orillas] del río Blanco abajo y cercado de dos barrancas. Lo arrienda por tiempo de nueve años que corren y se cuentan desde el 12 de octubre de 1646 en adelante, en precio de 15 pesos de oro común en cada año.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0003 · Item · 1660/07/21
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Nicolás Rodríguez, vecino de esta villa, declara que a los 13 días del mes de enero de 1659 pidió a los señores Justicias, Cabildo y Regimiento de esta villa, un solar de 50 varas en cuadra que está en la plaza de ella, el cual linda por la parte del poniente con solar del Tesorero Tomás de Jáuregui; por la del oriente con solar de Salvador de Brito, calle en medio; con calidad que de hacerle dicha merced ofreció para los propios de esta villa 60 pesos que quedarían a censo hasta que el susodicho los redimiese. También señala que después de lo susodicho, por nuevo contrato que tuvo con el Cabildo se ajustaron y recibió 40 pesos por cuenta de los dichos propios. Por lo cual el compareciente otorga que ha recibido de esta villa, Cabildo y Regimiento de ella, el solar así como los dichos 40 pesos y se obliga a pagar dicho censo a favor de esta villa.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0015 · Item · 1663/05/31
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Diego de Brito Lomelín, Alcalde Ordinario, declara que hizo petición a los señores justicias de esta villa, para que le otorguen un solar para hacer casa de vivienda, el cual es de su comodidad uno que la villa tiene en la en la plaza de ella, que linda por el oriente con solar del señor Alférez Mayor Juan García Valero, por el norte con dicha plaza, por el poniente con solar que fue del Alguacil Mayor Bartolomé Rodríguez Bolaños, por el cual ofreció dar 60 pesos de oro común impuestos a censo redimible en favor de los propios de esta villa. También señala que por auto celebrado en el Ayuntamiento las justicias le concedieron el solar que solicitó, con agregación del que le sigue, por ser barranco e inútil, con calidad de que haga escritura de obligación. Por lo que cumpliendo con el auto expresado, otorga que se obliga de dar y pagar a la villa de Córdoba 3 pesos y 2 tomines de oro común de censo de tributo y rédito en cada un año hasta la redención del principal.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0009-PC_0009_0019 · Item · 1672/12/31
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Nicolás Rodríguez, [roto] Mayordomo de Propios de esta villa de Córdoba, usando de dicha facultad otorga en arrendamiento a Nicolás Blanco, vecino de esta villa, el herbaje [roto] tierra que esta villa tiene por sus propios en [roto] de Zacatepec, para que en ella pasten y coman sus ganados por tiempo de siete años, por precio de 35 pesos de oro común anuales.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0014 · Item · 1626/04/13
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Alonso Galván, Alonso García, Gaspar de los Reyes, Francisco Vélez, Regidores de esta villa, otorgan que dan en arrendamiento a Hernando de Lemos, vecino de la ciudad de los Ángeles, Alguacil del Santo Oficio de la Inquisición y dueño de su cuadrilla de carros, el herbaje del comedero que al presente ha pastado sus boyadas y caballadas, que es en los ejidos de esta villa, entre el camino real de los carros y las medidas de las caballerías de tierra de los fundadores de esta dicha villa, lo cual le arrienda para propios y gastos de ella, por tiempo de dos años, por el precio en cada uno de 70 pesos de oro común. Por otra parte, estando presente Domingo Álvarez, Alcalde Ordinario de esta villa, en virtud de poder de dicho Alguacil Hernando de Lemos, acepta la escritura de arrendamiento en la manera en que está declarada.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0020 · Item · 1720/07/31
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa de Córdoba, Procurador Mayor de sus Propios y Rentas, otorga que da en arrendamiento a Marcos Trujillo (alias) “Yslago” vecino de esta villa, dos terceras partes de una caballería y un solar de tierra laborea pertenecientes a los propios de dicha villa, por oriente linda con Joseph [José] González; por occidente con Pascual de Molina; por el norte con Pedro Ibáñez; y por el sur con María Benítez de Suerte; por las partes del norte y sur corren dos arroyos que se origina en Tlacotengo y corren por oriente y en medio de ellos están las dichas tierras de dicho “Yslago”. El arrendamiento lo hace por tiempo de nueve años en precio de 8 pesos y 3 reales cada uno, bajo las condiciones siguientes: Condición que no ha de sembrar caña dulce, más que tabacos y maíces; ni construir casas de cal y canto; ni meter otras personas más que la dicha; es condición que en caso de traspasar la tierra a otra persona debe avisar a él o al mayordomo; y asimismo, es condición que el arrendatario debe satisfacer los costos de la escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0060 · Item · 1691/10/09
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa de Córdoba, Alguacil y Regidor Perpetuo de ella por Su Majestad, Procurador Mayor de sus Propios y Rentas, otorga que da en arrendamiento a Miguel de Prado, vecino de esta dicha villa, Profesor de Medicina y Cirugía, 3 caballerías de tierra pertenecientes a los propios de esta villa, en un ojo de agua, lindan por la parte del sur con tierras de los propios que tienen arrendadas don Bernardo de Rojas; por el norte y oriente con la sierra de Matlaquiaguitl [Matlaquiahuitl]. El arrendamiento es por nueve años en precio de 40 pesos cada uno.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0066 · Item · 1695/12/24
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Diego Balero [Valero] de Grageda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba y Procurador Mayor de sus Propios y Rentas, otorga arrendamiento a Francisco de la Cruz, vecino de esta villa, 2 caballerías de tierra, que pertenecen a dichos propios y distan de esta villa como 2 leguas poco más o menos, en el monte que llaman de Totutla, que lindan por una parte en el potrero con el camino de Nicolás [de Bolaños], que va a dar al cerro de Tepostepeque; y por otro lado con las tierras de don Joseph [José] de Segura [y Ceballos]. Lo arrienda por tiempo y espacio de seis años, que comenzaron a correr desde el primero de este corriente mes en adelante, y por precio de 27 pesos de oro común anuales, que dicho Francisco pagará por sus tercios corridos cada cuatro meses. Por lo que obliga a dichos propios de esta villa en toda forma a que le serán ciertas y seguras dichas 2 caballerías de tierras, como las ha tenido y no será despojado durante el tiempo de este arrendamiento, pena, de que se le darán otras tales con las mismas características, tiempo y precio. Siendo condición que por cuanto no se le han arrendado más que tierras ciegas y sin beneficio [roto], dicho Francisco no podrá pedir [descuento] a dicha villa de lo que hubiere labrado y mejorado en ellas al tiempo del cumplimiento de esta escritura.

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