PODERES

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  • Se llama asimismo el instrumento en que alguno da facultad a otro para que en lugar de su persona y representándola, pueda ejecutar alguna cosa.

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  • Real Academia Española.
    Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...]. Compuesto por la Real Academia Española. Tomo quinto. Que contiene las letras O.P.Q.R.
    Madrid .
    Imprenta de la Real Academia Española, por los herederos de Francisco del Hierro.
    1737.
    Reproducido a partir del ejemplar de la Biblioteca de la Real Academia Española.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0151 · Item · 1830/11/22
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          El Muy Reverendo Padre Fray José de San Agustín Sarrio, Religioso Carmelita Descalzo, Presbítero, residente al presente en esta misma villa, otorga poder especial al Presbítero don Gabriel Ferra, Cura Propio de Tlaxcala, que también reside al presente en esta propia villa, para que en su nombre parezca ante el señor gobernador de esta sagrada mitra en sede vacante, ante el señor provisor y vicario general y en todos los tribunales eclesiásticos y seculares que convengan, solicitando que el prescrito pontificio ganado por el otorgante en la curia romana para su secularización y relajación de los votos monacales, tenga su más puntual y debido cumplimiento, a cuyo fin pruebe por el otorgante, las justas causas en que cimentó y apoyó su pretensión de deberse restituir al siglo, de conveniencia y utilidad; para lo cual presente escritos, certificaciones y testimonios que se le pidan y sean convenientes.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0154 · Item · 1830/11/26
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          El Escribano Señor don Victoriano Sánchez, Presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso del Estado, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino de la villa de Córdoba, otorga poder al Presbítero don José María Torres Carpintero, Colector de Ánimas de la ciudad de la Puebla, para que a nombre del señor otorgante parezca ante el gobernador de esa sagrada Mitra en sede vacante, ante el señor Juez Previsor y Vicario general, donde presente las cuentas de las colecciones de Diezmos pertenecientes a la Santa Iglesia Catedral, que están al cargo del señor otorgante en la expresada villa de Córdoba, pidiendo su aprobación.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0137 · Item · 1836/11/15
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          El señor presbítero don Gabriel Palacio y Acosta, cura actual de la doctrina de Jilotepec, y sus hermanos don José Mariano y don Rafael Palacio y Acosta, el primero como albacea de su finado padre don Manuel María Palacio y Soto Carrillo, y los tres como herederos del mismo difunto, otorgan poder a su otro hermano don Miguel Palacio y Acosta, para que a nombre de todos perciba y cobre las cantidades y bienes que se le deban a la testamentaría del mencionado finado.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0147 · Item · 1836/12/02
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Juan Nepomuceno Vanegas, de esta vecindad y comercio, otorga poder a don Miguel Palacio, de esta misma vecindad, para que a nombre del comparente parezca y se presente en todos los tribunales superiores e inferiores que importe, defendiéndole en cuantos negocios ocurran. Para que pida espera a los acreedores del otorgante por el tiempo y con arreglos a las instrucciones que para ello tiene.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0155 · Item · 1836/12/23
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad, como apoderado de don Nicolás Campero y Bustamante, hacendado en doctrina de Calpulalpan, partido de Texcoco, dijo que en 3 de junio de 1807, otorgó escritura en esta ciudad, don Diego Antonio Llanos de Vergara a favor del nominado don Nicolás Campero por cantidad de 1 500 pesos que con pensión de réditos de 5 por ciento anual, para cuyo seguro le hipotecó Vergara los llenos de una tienda que poseía en esta misma ciudad a la última cuadra de la calle de la Amargura. Que en 1810, el propio don Diego Antonio Llanos le vendió a don José Ignacio del Campillo un rancho de labor y de ganado nombrado Zoncuantla, con la condición de que reconociese Campillo sobre ese rancho los referidos 1 500 pesos a favor de Campero con causa de réditos de 5 por ciento anual. Que de poder de Campillo pasó el dominio del repetido rancho al de don José Sandoval y Rojas, de éste al de don Elías Nogueira, por cuyo fallecimiento recayó en don Juan Nogueira como uno de sus hijos y herederos; y últimamente de poder de Nogueira ha pasado al del presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa en clase de depósito de los 1 500 pesos de la imposición hecha a favor de Campero. Que en tal estado reclamó Campero y facultó al comparente para que en cuanto a los réditos transigiese con Nogueira, como en efecto han transigido en que éste último satisficiese por todos los insolutos la cantidad de 650 pesos, los que así como el capital tiene ya enterados Nogueira. Que en tal virtud no resta más que formalizar la respectiva carta de pago y reduciéndolo a efecto, el nominado don Francisco Fernández y Agudo, en uso del poder que se agrega a este registro, otorga que a nombre de don Nicolás Campero y Bustamante declara libre absolutamente a don Juan Nogueira y al racho Zoncuantla por la responsabilidad en que se hallaba con respecto al repetido capital de 1 500 pesos y sus réditos.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0017 · Item · 1837/02/10
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Diego Macartney de esta vecindad, otorga poder a don Juan Ibylie residente en Guadalajara, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones demande y cobre a don Guillermo Pollard cantidades de pesos. Deuda procedente del traspaso que le hizo el relacionante de los enseres, muebles, ganados, mejoras y dependencias activas pertenecientes a la finada compañía que el otorgante llevó como encargado de la casa de Eye Miller Wylie [Wyllie] y compañía Liverpool, situada en el paraje nombrado Chapultepec y Molino del Rey, cuyo adeudo y premios vencidos demandará su apoderado con arreglo a la escritura que sobre el particular se otorgó.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0020 · Item · 1837/02/16
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Doña Juana Ortiz de Alcina, en representación de su difunto marido don Jaime Alcina, y como tutora de sus hijos, otorga poder especial a don José María Ochoa, para que, en nombre y representación de su persona, derechos y acciones, comparezca en el Tribunal Mercantil de esta ciudad a defenderlos de la demanda que intenta poner o ha puesto la señora viuda de don Antonio Maraboto sobre cuenta que este finado y el citado Alcina llevaron en vida. Para lo cual, el señor Ochoa exhiba constancias, pruebas, documentos, haga, promueva y practique cuantos actos y diligencias sean necesarios.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0030 · Item · 1837/03/17
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Ildefonso del Castillo, de esta vecindad, dijo que doña Josefa y doña María de Jesús González, residentes en la ciudad de Veracruz, heredaron de sus padres unas paredes y sitio ubicado en esta ciudad a la calle que va para el Calvario, que tiene 11 varas de frente, que lo hace al poniente, y 31 de fondo al oriente, donde termina en 7 y media varas la latitud del terreno. Sitio que linda por norte con casa de la cabaña, por sur con casa alta de don Ignacio Sánchez, por oriente con patio de la misma cabaña, y por poniente, que es el frente, con la expresada calle del Calvario. Por dicho fundo las nominadas González, facultaron al relacionante, quien señala que desde 1º de febrero de 1835, lo vendió en cantidad de 88 pesos a don Antonio Sequeda, sin que hasta entonces se hubiese formalizado la respectiva escritura. Posterior a la mencionada venta, Sequeda vendió el mencionado sitio a Simón Silva al precio de 75 pesos, por lo que a través de la presente Castillo, ratifica y hace formal venta al susodicho Sequeda, al precio señalado.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0051 · Item · 1837/05/05
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad, dijo que por poder que tiene otorgado de don José María de Goiri, se obliga a enterarles la cantidad de 1 600 pesos, con su premio de 1 y medio por ciento mensuales, y con la condición de que cuando se les pidan, se le avise con tres meses de anticipación. Cantidad que pertenece a los menores Juan Manuel, José María Julián y Pomposo Lascurain y Altamirano, que tiene pactado conservar en depósito irregular, que ha de caucionar con hipoteca de la casa a que se refiere el mencionado poder, y que es propiedad de dicho Goiri, la cual es de altos y bajos, ubicada en esta ciudad haciendo esquina con la plaza principal por poniente, y con la calle principal por sur, y del otro lado casas que fueron del finado don Domingo Franceschi, lindando por oriente con casa baja propia hoy del presbítero don Francisco Antonio Gil, y por norte con el mesón nombrado de las Ánimas. En la hipoteca sólo se comprende el capital y no los premios, éstos los habrá de sus bienes, por lo que está consciente que en caso de no hacer efectivo el entero al vencimiento de los tres meses después del aviso, se le persiga en dichos sus bienes, vendiendo en almoneda pública o fuera de ella.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0052 · Item · 1837/05/09
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Doña Joaquina Gallardo de Vélez, mujer de don Luis Velasco Quiroz, con previa licencia del susodicho, dijo que su anterior marido don Pedro Pablo Vélez la nombró su albacea testamentaria, junto con don Antonio Juille y Moreno, don José María Gómez Vélez y a don Ángel María Vélez, como consta en el testamento de fecha de 13 de diciembre de 1830. En consecuencia, doña Joaquina, como tal albacea dio su poder general a don Ángel María Vélez, en fecha de 15 de enero de 1831, mismo que revoca en don Cayetano Becerra, para que, en nombre y representación de su persona, derechos y acciones, como tal albacea de Pedro Pablo, active el giro de la testamentaria.

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