Don Nicolás Pastoressa, como síndico primero de este Ilustre Ayuntamiento y a nombre de éste, y don Bernardo Sayago, por sí, dijeron que habiéndole rematado a dicho don Bernardo los derechos de consumo, plaza del mercado, plaza de carnes y alimento de presos; otorgan que han convenido que los derechos de introducción y consumo los percibirá don Bernardo Sayago, quien pagará por ello a la municipalidad 633 pesos mensuales, cuyo contrato se podrá rescindir cuando por circunstancias extraordinarias exceda la guarnición de tropas en esta ciudad de dos mil hombres y su permanencia sea por más de dos meses; si llegase a declararse la ciudad en estado de sitio riguroso, durando éste dos meses; y en el caso que las necesidades públicas obliguen al ayuntamiento en disminuir o aumentar los precitados impuestos. Asimismo, el señor Sayago percibirá los productos de las plazas del mercado y carnes, pagando al ayuntamiento mensualmente 200 pesos por la primera y 230 por la segunda. El señor Sayago también queda obligado al mantenimiento de los presos, por lo que el Ayuntamiento le pagará a fin de cada mes 3 cuartillas de real por cada uno diario. La duración del contrato será desde primero de mayo próximo hasta el día último de diciembre del año entrante de 1839.
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MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0033
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Pièce
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1838/04/25
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa