Don Manuel López, de esta vecindad, otorga que vende a don Jorge de la Serna, una casa de piedra y lodo, situada en esta ciudad, con el sitio propio que le pertenece, con 64 varas de fondo y 22 de ancho, en la calle que de la plazuela de la Constitución sigue por el poniente en la cuadra del campanero, haciendo frente al norte y esquina al poniente con callejón que va al de las Guzmanas o Tecajetes; por el oriente linda con solar de Ana María; y por el fondo al sur con el solar de las Guzmanas. Cuya casa hubo y compró de don Gabriel Roso hace como veinte años. La vende en precio de 150 pesos.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANOPLAZA DE LA CONSTITUCIÓN
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Doña María Josefa de Ochoa y Ariz, de esta ciudad, mayor de veinticinco años, dijo que por fallecimiento de sus padres don Manuel Ochoa de Castro y doña María Francisca de Ariz, quedó divisible entre ella y sus difuntas hermanas doña Manuela Josefa, doña María Gregoria y doña Justa de Ochoa, una casa ubicada en esta villa que su padre fabricó en terreno de 10 varas de frente, que compró a don Pedro Casanova. La cual linda por el poniente con casas que fueron de don Domingo Mier calle en medio, por el oriente con solar de los herederos de don José de Acosta, por el norte con el de Juan Santos y por el sur con Plazuela que llaman del Rey y ahora de la Constitución, misma que vende a don José Antonio Guevara, de esta vecindad, con sus entradas, salidas, usos y costumbres, libre de censo, empeño e hipoteca, al precio de 700 pesos.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Dionisio Camacho, Colector de Diezmos en ella, dijo que don Juan de Echeverría como albacea testamentaria de la finada doña Antonia Domínguez, y doña Luisa Uraburu Echeverría Domínguez y Gamboa, con licencia de su marido, don Fernando Sánchez, vecinos todos de la ciudad de México, le han conferido poder para que pueda proceder a la venta de una casa, ubicada en esta villa a la plazuela de la Constitución esquina que da vuelta a la calle de la Amargura. Y que en una de las facultades constantes en los referidos documentos tiene pactada con doña María Gertrudis Reyes la venta de la expresada casa en precio de 2 400 pesos, de los cuales han de quedar reconociéndose sobre ella misma 2 000 pesos a favor de una capellanía y los 400 restantes los ha de exhibir de contado. Además, queda de cargo de la compradora liquidar con el capellán o quien le represente la cuenta de réditos y satisfacer el alcance que resulte adeudársele hasta la fecha, de manera que los actuales vendedores queden libres de esa responsabilidad.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINODoña Francisca Rosas, vecina de esta villa, de estado viuda, otorga que vende, cede y traspasa realmente en favor de don José María Rivera, también de esta vecindad, actual regidor de este Ayuntamiento, una casita de paredes, cubierta de madera y teja, en esta villa situada en la calle que nombran de San Juan y es la que nace en la plaza de la Constitución para la plazuela que nombran del Carbón, por donde hace su frente al poniente con 7 y media varas, y del otro lado accesorias y paredes de los herederos del difunto don Juan José Florido, y 50 de fondo hacia el oriente por donde linda con otro resto de solar que pertenecía a la misma casa y que está en litigio con José Joaquín Rincón Ortiz de Zárate; por; por el costado del sur linda con el de la casita que fue de Manuela Peña; y por el del norte con el de la casa de Catalina Casanova. Cuya casita es la misma que hubo y compró de Catalina Casanova, por escritura pública otorgada en esta villa a 15 de enero de 1820. La venta la hace en 400 pesos en reales de contado.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODoña Inés Viveros y don José María Rivera y Viveros, de esta vecindad, madre e hijo, albaceas del finado don Antonio José Rivera, marido de la primera y padre de segundo, otorgan que han recibido de don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, la cantidad de 4 000 pesos en reales, que les ha prestado en varias partidas, y de cuya suma otorgan recibo en forma. La cual se obligan a entregarle 1 000 pesos anualmente, contados desde esta fecha hasta el año de 1827, año en que ha de quedar extinguida esta deuda. Y para seguridad de su obligación, hipotecan tres casas contiguas de paredes cubiertas de madera, ladrillo y teja, de edificio bajo, ubicadas en esta villa, en la calle que nace de la plaza de la Constitución para la que nombran del Carbón y calle de San Juan, que se componen de 37 varas de frente, que hacen al poniente con dicha plazuela y paredones que pertenecen a los herederos de don Juan José Florido, y 77 de fondo hacia el oriente, por donde lindan con el Aguaje y plazoleta de Xalitic, por el costado del sur, linda la primera con el de la casa de Domingo Cereseto, alias Piamonte, y por el del poniente hacia la última otro frente y esquina a una callejuela precipitada que nace de la misma plazuela del Carbón para el mencionado Xalitic. Cuyas deslindadas fincas de los costados son las mismas que han redificado y casi levantado desde sus cimientos sobre las deterioradas, que con la del medio, hubo y compró el marido de la primera otorgante y padre del segundo don Simón Santiago de Murrieta, en esta villa a 13 de diciembre de 1809. Y por las cuales se obligan a no ceder, cambiar o enajenar, hasta que no esté íntegramente pagado dicho principal.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINODon Pablo Álvarez y doña María Josefa Urriaga, marido y mujer, mayores de edad, de esta vecindad, ella con previa licencia de su consorte, dijeron que para fomentar el giro que de bizcochería que ambos tienen, les ha ministrado harina don Ramón Álvarez, a quien de esa procedencia le adeudan la cantidad de 300 pesos, además de que les ha franqueado en numerario 200 pesos que utilizarán para pagar a don Manuel Patiño, por deuda que tenían con él. Siendo el total de crédito de 500 pesos, mismos que se obligan a pagar en el término de 2 años, contados de ahora, y con premios de 8 pesos mensuales. Para seguridad de esta deuda, hace hipoteca y graba la Urriaga, una casita que heredó de su difunto padre, ubicada en esta ciudad, en la plazuela que se denominó antiguamente del Rey, y hoy se llama de la Constitución, haciendo frente al oriente con casa alta arruinada de los herederos del licenciado Durán, lindando por el norte con casa de don Antonio María de Casas, que antes fue de don Andrés Rodríguez, por el costado del sur con casita que fue una misma con la que ahora se trata y se dividió para doña Juliana Urriaga, quien la vendió a [José Mariano] Lucido al cual pertenece actualmente, y por la espalda que es el poniente con patio del mismo Lucido y de la casa del mismo diezmo.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODon José Juan Colin y su sobrina doña Juana Gertrudis Colin, viuda, mayores de edad, vecinos ambos de la población de la Hoya y presentes en este suelo, dijeron que por fallecimiento de doña María Josefa Nicanor de Olivos, quedaron como bienes suyos dos casas, una en dicha población de la Hoya y otra en esta ciudad, en la calle que de la plazuela de la Constitución conduce para el Calvario, haciendo su frente al poniente con dicha calle y otro frente al oriente con calle que nombran de San Juan. Asimismo, dijeron que los herederos de la señora Olivos son el nominado don José Juan Colin, como hijo de aquella; doña Juana Gertrudis Colin, como nieta de la misma; y don Joaquín Olivares, como nieto también; los tres por partes iguales. Dijeron que han convenido don José y doña Juana, se le adjudique a ésta una pieza de la casa que se ubica en esta ciudad y le dé en numerario don José 60 pesos, calculándose por valor de la pieza en 300 pesos, dándose de este modo por cubierto el total de herencia que le ha correspondido en ambas casas a doña Juana. Por lo tanto, don José Colin otorga que adjudica a doña Juana Colin una pieza de dicha casa, la cual es una sala de hace frente a la calle de San Juan al oriente, con 12 y 3 cuartas varas de frente y 7 y media de fondo al poniente.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODon Juan Franco, síndico del Muy Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad y representante del propio cuerpo a virtud del poder que le otorgaron; y don Austacio María Durán, de esta vecindad, por sí y en nombre de sus hermanos que se hallan ausentes, por quienes presta voz y caución; dijeron que sobre una casa de altos y bajos ubicada en esta ciudad, en una esquina de la plazuela de la Constitución, en la calle que sube para el Calvario, cuya finca pertenece en propiedad a dichos señores Durán, se reconoce un capital de 880 pesos a favor del mismo Ilustre Ayuntamiento, según escritura otorgada en primero de octubre de 1810. Asimismo, dijeron que dicha casa se encontraba bastante arruinada en términos de no haber quien quisiera ocuparla y permaneció por eso desalquilada algunos años, hasta que últimamente se consiguió quien franqueara para repararla bajo la condición de reintegrarse con sus arrendamientos. Dijo también, que por esto se encuentra el fundo bastante recargado y en mucha indigencia las hermanas mujeres del propio señor don Austacio, que tiene precisamente parte en la casa. Que por todas estas razones propuso dicho señor Durán se hiciese una remisión de los réditos atrasados y que se venzan en los últimos días que restan del presente mes, comprometiéndose a ir cubriendo religiosamente los réditos que se vayan devengando desde el día primero de enero próximo. Y convencido el señor Franco de los méritos alegados por el señor Durán y teniendo en consideración que el Ilustre Ayuntamiento aprobó su solicitud por acuerdo de 12 de agosto último; por lo tanto, otorgan que a nombre de sus representantes y por sí, transigen el indicado negocio en los términos referidos, obligando el señor Franco a la Municipalidad a que no demandará cosa alguna por los réditos que adeudan los señores Durán hasta el día último del presente mes por el enunciado capital de 880 pesos, pues quedan dichos réditos condonados para siempre; y el señor Durán se obliga y a sus hermanas a ir pagando los réditos que por dicho capital se vayan causando desde el día primero de enero próximo, pagándolos mensualmente con el producto de una de las accesorias bajas de la misma casa, cuya transacción aprueban y ratifican solemnemente.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODon Dionisio Luis Camacho y Reyes, de esta vecindad, otorga que vende a don José María Rivera, de esta misma vecindad, una casita ubicada en esta ciudad, en la calle que de la plazuela de la Constitución conduce al barrio de Jalitic [Xallitic], cuyo sitio tiene 16 varas de frente al sur, lindando por dicho viento, dicha calle en medio, con casa de don Jorge de la Serna; y 36 varas de fondo al norte, por cuyo rumbo linda con terreno de los herederos de don José Ignacio Pavón y Muñoz, como también por oriente; lindando por poniente con casa de los herederos de don Francisco Javier Gorospe. La vende en precio de 325 pesos. Cuya casa y terreno don Dionisio Luis Camacho y Reyes la hubo y compró de doña María Mauricia Luna, el 11 de febrero de 1836 en esta ciudad, quien la heredó de su padre Antonio Guadalupe Luna, asimismo, éste la compró el 21 de octubre de 1807 de don José Ignacio Pavón, siendo solamente solar, con la condición de no incluirse en la venta el agua que en los bajos y subterráneo de dicho solar pudiera haber, pues siempre sería de la pertenencia de Pavón, igualmente, sin permitirse dar paso para que por ese terreno pudiera extraerse agua sin consentimiento de Pavón y, últimamente, ni por Luna ni por los que lo sucediesen en la propiedad del fundo, se hagan lugares comunes ni obra que pudiera perjudicar el agua que en él o sus inmediaciones hubiera, tanto para contenerla como para ensuciarla, bajo cuyas mismas condiciones lo vende a don José María Rivera.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODoña Diega Muñoz, de esta vecindad, libre de matrimonio, tutela y patria potestad, por sí y en nombre de su hermano, don José Muñoz, soltero, quien desde principios de este siglo se dementó y desapareció; y don José Antonio Rincón, vecino de la Hoya, por su esposa doña Rosalía Muñoz; dijeron que por fallecimiento de sus padres, don Francisco Domínguez y doña Ana Josefa de Ariz, heredaron una casa, la cual necesita recomposiciones que ellos no pueden reportar; por lo cual, otorgan que venden dicha casa a don Jorge de la Serna, de esta vecindad, misma que es de cal y canto de edificio bajo, cubierta de madera y teja, está ubicada en esta ciudad, en sitio propio que mide 13 y tres cuartas varas de frente, por otro lado 11 varas y 12 en la medianía lateral, teniendo de fondo 89 varas, y hace frente al poniente con la plazuela de la Constitución; por el costado del norte con casa de don Domingo Franceschi; por el costado del sur con casa y solar de doña Antonia de la Barreda Gayón; por el oriente, que es su fondo, con calle de la fuente de Jalitic [Xallitic]. La venden en precio de 1 138 pesos 6 y un octavo real, que por su total valor ha de dar y entregar a doña Diega dentro de un año y en el ínterin sus correspondientes réditos, no de un 5 por ciento anual, sino de 6 pesos mensuales, cuya venta se hace bajo las condiciones que se mencionan en esta escritura.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO