El Capitán Diego Cardeña, vecino del pueblo de Jalapa, vende a Luisa de Zárate, viuda vecina del pueblo de Naolinco, una casa de madera techada de teja y otra choza inmediata a ella, ubicada en la calle de la plazuela de Nicolasa de Vargas, tiene 22 varas de frente y 55 de fondo, linda al oriente con solar de don Luis Fernández de la Flor y Pareja, al norte con solar de Nicolasa de Vargas y al sur con el de Diego Gómez, cuyo solar hubo por compra a Juana Severina de Quiroz. La venta se hace en 113 pesos 4 reales de oro común que le ha pagado.
NAOLINCO, PUEBLO DE
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Don Francisco Antonio Domínguez Muñiz, hijo legítimo del difunto Alférez Francisco Muñiz y de doña Antonia Felipa de Acosta, viva; y doña Gertrudis Josefa de Guevara, hija legítima de los difuntos Capitán Nicolás de Guevara y doña Marcela Ruiz Cañete, vecinos del pueblo de Jalapa, marido y mujer, se otorgan poder para testar mutuamente y se nombran albaceas, y como herederos designan a sus hijos legítimos.
Juana de Escobar, hija y heredera de doña Catarina Lagunas, viuda de Domingo Gómez, junto con Antonio de Escobar, hijo de Patricio de Escobar y heredero de la citada Catarina Lagunas, venden un solar y una casa de palos y techada con tejas, que linda al oriente con casa y solar que fueron del Capitán don Nicolás de Guevara, al norte con casa y solar de Juan de Rivera, al poniente con calle que va al rancho que era de fray Fabian y del otro lado solar de los herederos de Bernardino Ibáñez y al sur con solar de los herederos de Melchor de los Reyes. Una parte la venden Juana y Antonio, a los herederos de doña Micaela, Juana y Patricio, y la otra a Nicolás, Gervasio y Lorenzo, los hijos de doña Ursula, en la cantidad que los valuadores les han dicho.
El Capitán Agustín García Campomanes, Esteban Paut Ramírez, y José Julián Durán y Adame, vecinos del pueblo de Naolinco, se otorgan poder general para que cualquiera se encargue de los asuntos, causas y negocios civiles, administrativos, judiciales y criminales.
El Capitán don Agustín García Campomanes, viudo y albacea testamentario de Margarita Josefa Pérez, se obliga a entregar a sus hijos menores, la cantidad de 1, 660 pesos 3 reales y una cuartilla que les tocó de herencia materna, cantidad que entregará cuando sus hijos tengan mayor edad.
El Capitán don Agustín García Campomanes, vecino de este pueblo de Naolinco, viudo, albacea y con poder para testar de doña Margarita Josefa Pérez, su difunta esposa, se obliga a pagar a Bartolomé García Campomanes, su nieto, la cantidad de 788 pesos y 7 reales, para cuando sea mayor de edad.
Doña Josefa de Acosta, viuda del Capitán don Nicolás de Guevara, vecina de este pueblo de Jalapa, vende a don Manuel de Acosta, vecino de Naolinco, una casa y solar de 23 varas de frente y 15 y media de fondo, ubicada en el pueblo de Naolinco, la cual linda por el poniente con casa y solar de Juan García; por el oriente con solar del vendedor; por el norte con casas de los herederos de don Antonio García, calle en medio; y por el sur con calle que sale para este pueblo. La vende por precio de 700 pesos.
El Capitán Agustín García Campomanes, vecino del pueblo de Naolinco, otorga poder general a don Domingo Díaz Mier y al Capitán Pedro José Durán, vecinos de dicho pueblo, para que pidan, demanden y cobren a cualquier persona, todas las cantidades de pesos que le deba, así como para defenderlo en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Juan García, vecino del pueblo de Naolinco, vende un solar a Juan Eugenio de Rivera, vecino de dicho pueblo, el cual mide 34 varas de frente y 70 varas de fondo, linda al oriente con casa de doña Josefa de Acosta, viuda del Capitán don Nicolás de Guevara y de José Antonio Rodríguez, al poniente con la casa de Josefa de Escobar y al norte con casa de doña Petrona Guevara, viuda de Nicolás Domínguez, en la cantidad de 400 pesos.
Don Agustín García Campomanes, Capitán de la Compañía Cuarta Montada Miliciana de Naolinco, junto con su Alférez don José Modesto Montiel, vecinos de Naolinco, otorgan poder general a don Pablo de Arizabalo, vecino de la Ciudad de México y Agente de Negocios en su Real Audiencia, para que los represente en todos los pleitos que tengan.