Don Francisco Antonio Domínguez Muñiz, vecino de Naolinco, debe y se obliga pagar a la Iglesia Catedral de Puebla de los Ángeles y señores comisarios de su cofre de masa general 10, 350 pesos, cantidad en que se remataron los diezmos caseros y de naturales de los partidos de Naolinco, Tlacolula, Misantla y Actopan, los cuales administrara por 5 años, obligándose a formar las declaraciones a los diezmatarios en los cuadernos que para ellos se le dieren en la contaduría de diezmos devolviéndolos a ellos anualmente, nombrando como fiadores a don Félix José de los Reyes, don Domingo Pérez, don Bartolomé Zurita, don Manuel de Acosta, don Francisco de Aguilar y otros vecinos del pueblo de Naolinco.
NAOLINCO, PUEBLO DE
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Don José Santiago de Casas, de esta vecindad, dijo que en el juzgado del partido pende un artículo contra don Rafael de Aguilar, actual alcalde Constitucional del pueblo de Naolinco, a consecuencia de queja que interpuso el de igual clase el del pueblo de Chiltoyac, por haberle puesto en la cárcel de aquel pueblo. La junta provincial, preceptó que se le pusiese en libertad de la prisión bajo la correspondiente fianza; y en obedecimiento de esto, el compareciente deseoso de hacer este servicio, por la presente otorga que se constituye fiador del mencionado don Rafael de Aguilar, al que recibe al fiado en la puerta del arresto, y donde se constituye y se obliga a presentarlo siempre y cuando se lo pida el señor juez de la causa o en el juzgado.
Zonder titelManuel de Acosta, como principal, Marcos de Acosta y Eugenio de la Peña, fiadores vecinos de la jurisdicción de Jalapa, se obligan a pagar a la Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles, 525 pesos de oro común que le están debiendo de diezmos de los trapiches de Naolinco y de los ingenios de Jalapa, que fueron a su cargo, cuyo pago han de hacer a 50 pesos en cada división, siendo la primera por septiembre y diciembre de este año y el resto en los años siguientes por los meses de mayo, junio, septiembre y diciembre, hasta terminar.
Blas de Aguilar, vecino de Naolinco, debe y se obliga a pagar 819 pesos y 4 reales, a don Pedro García de Baldemora, Cura de Tlacolulan, el cual es apoderado de doña María de Jesús Álvarez de Guzmán, viuda de Juan López Meilán y tutora del menor Juan José López Meilán, por la compra de ganado vacuno. Debido a que dicho Aguilar no cumplió a tiempo con el pago, salio como su fiador Francisco Munguía, obligándose a cubrir dicha cantidad el día 4 de octubre de este año.
Don Francisco Pérez de Arellano, residente en el pueblo de Jalapa y dueño de la hacienda de ganado mayor llamado Tulapa, en la jurisdicción de Jalacingo, hizo postura del abasto de carne que se sacó a pregón en los ramos de Naolinco y Coatepec, a don Pedro de Parraga Robledano, ofreciendo mejor postura, por lo cual se le dio el remate, otorgando por fiadores a don Juan Antonio de Zavalza y don Laureano Fernández de Ulloa, vecinos de este pueblo.
Don Nicolás Mariano Domínguez Muñiz, vecino de Naolinco, otorga que se obliga a dar y pagar a la Masa General de la Santa Iglesia Catedral de la Puebla, Señores Comisarios de su Cofre, 6, 495 pesos en que se remataron los diezmos de semillas, ganados y mestas y el conmutado de maíz de los naturales de los partidos de Naolinco, Tlacolula y Misantla por tiempo de tres años. Y otorga que obliga a don Juan Gómez de Estrada, don Ignacio de Guevara, don Manuel Eugenio de Acosta, vecinos de Jalapa, y a don José Mariano de Acosta, vecino de Naolinco, como sus fiadores.
El Capitán Juan de Malpica, vecino del Desierto de Perote, el Capitán Juan Lagunes, vecino del pueblo de Naolinco, y Miguel Jiménez Carralero, vecino de Jalapa, dijeron que cuando el Capitán José de Hoz Escalante fue nombrado Alcalde Mayor, fueron fiadores en la Ciudad de México para los reales tributos que causan los naturales, en cuya virtud don José de Urrutia, Juez Contador Administrador General de Tributos, le dio comisión y facultad para su recaudación, y en atención a haberse cumplido el tiempo de la fianza y no poder seguir siéndolo, otorgan poder especial a don Francisco Félix Díaz Hidalgo Procurador del Número de la Real Audiencia, para que representando sus personas parezca ante la Contaduría de Reales Tributos, Servicio y Azogues y ante los demás tribunales a hacer los requerimientos hasta conseguir quedar sin tal obligación.
Manuel y Marcos de Acosta, Antonio García de Baldemora, con poder de Catalina de Acosta, Antonio de la Barreda Gayón, marido de Isabel de Acosta, vecinos del pueblo de Naolinco, y por otra parte Gaspar de Heredia, marido de Margarita de Acosta y Ventura de Acosta, dijeron que en este juzgado se ha seguido juicio divisorio de los bienes que quedaron por muerte de su padre Manuel de Acosta, entre ellos un trapiche del cual no pueden sacar cosa alguna hasta pagar las deudas, ya que se hizo pregón y no hubo postor, por lo que han convenido concertar que Gaspar de Heredia y Ventura de Acosta, reciban los 2 trapiches por vía de depósito y composición con todos lo que ahí se tiene, pero estos no han de sacar fuera de sus frutos ningún otro bien, salvo que sea necesario vender algún esclavo por algún defecto y en todo caso se ha de comprar otro con el mismo importe, y para mayor seguridad dan como fiador a Antonio de la Barreda Gayón, y los demás se desisten y apartan, lo ceden y transfieren a Gaspar de Heredia y Ventura de Acosta por el trabajo y asistencia que han de tener en el trapiche.
Francisco de la Barreda Gayón, vecino del pueblo de San Mateo Naolinco, otorga fianza a favor de don Pedro Jiménez, Gobernador de ese pueblo; Gregorio López, Alcalde; Francisco Ramírez, Regidor; Gaspar de Rivera y Salvador Diego, indios de Naolinco, para que salgan de la cárcel en que se hallan presos, sin que procedan contra los bienes de los susodichos ni se haga excursión.
Don Juan José de Acosta, don Miguel Pérez, don Antonio Gaspar de Acosta, don Luis de Acosta, don Manuel Eugenio de Acosta, vecinos del pueblo de Naolinco; don Ignacio de Guevara del pueblo de Jalapa y don Manuel Antonio de Acosta de la jurisdicción de la Antigua Veracruz, dijeron que por estar para rematarse en arrendamiento por la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de Puebla de los Ángeles, los diezmos del ramo de Naolinco, otorgan poder a don Nicolás Domínguez Muñiz, para que en sus nombres, y obligándose el susodicho como principal deudor, obligue a los otorgantes junto con sus fiadores lisos, llanos y principales pagadores de la cantidad o cantidades que por bien tuviere hacer posturas, pujas y mejoras a dichos diezmos.