El Presbítero Bachiller don Francisco de Campo, Clérigo de esta vecindad, dijo que en esta ciudad el 29 de marzo de 1802 ante don Ignacio José Justiniano, Escribano Público y de Cabildo, otorgaron escritura don Francisco Javier de Olartegoechea como apoderado de los Cañetes, don José Francisco Díaz y Torres, don Mariano de Acosta, don Mariano de Campo y don José Antonio Viveros, todos troncos de los herederos del difunto Capitán don Manuel de Acosta. En la citada escritura, pusieron en poder de don Manuel Viveros, vecino del pueblo de Naolinco, por vía de depósito 10 caballerías de tierras, de las que llaman el Tecuane en términos del mismo pueblo de Naolinco, con el arbitrio de que se pudiera disfrutar de sus rentas en recompensa de 1 000 pesos que el susodicho Manuel Viveros les entregó para sus urgencias en dinero de contado. En virtud de ese contrato, Viveros ha tenido posesión de las nominadas 10 caballerías de tierra, percibiendo sus arrendamientos hasta que las entregó a don Rafael de Aguilar, vecino del mencionado pueblo de Naolinco, en atención a haber entregado éste a aquel, los relacionados 1 000 pesos, por cuya razón Viveros traspasó a Aguilar los derechos hipotecarios y usufructuario que al primero de los dos le competía. Asimismo, dijo que dentro de las 10 caballerías que Aguilar tiene en posesión, se encuentran intercaladas una y media caballerías de tierra, en el mismo Tecuan, que pertenecen exclusivamente a don José Reyes y Acosta, que murió en el año de 1810, dejando por viuda a doña Josefa Meza, y algunos hijos, de los que solo vive doña María de Jesús Leocadia; situación por la cual, el comparente Presbítero don Francisco de Campo, otorga y declara que don José Reyes y Acosta, y en representación de éste su hija doña María de Jesús Leocadia Reyes y Meza, es dueña de una y media caballería de tierra comprendida dentro de las diez de que ya se ha hecho mención.
Sem títuloNAOLINCO, PUEBLO DE
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El ciudadano presbítero Manuel María Carvajal, cura propietario del pueblo de Naolinco de este cantón y actual diputado del Honorable Congreso de este Estado Libre de Veracruz, otorga poder especial a don José Volante y Ocariz, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre lleve a cabo el juicio de apelación ante aquel Tribunal Superior de Segunda Instancia, en el pleito ejecutivo que tiene en el juzgado de primera instancia de la ciudad de Tlaxcala contra don Esteban Orozco, dueño de la hacienda de Aticpa y rancho anexo, sobre cantidad de pesos que le adeuda de premios devengados, por capital que reconoce esta finca.
Sem títuloCristóbal de Zárate y María Domínguez, su mujer, vecinos de Jalapa, venden a Francisco de la Barreda Gayón, vecino del pueblo de Naolinco, una casa de piedra y lodo cubierta de teja y su solar, ubicado en la Calle Real que va para el Calvario; mide 18 varas de largo y 47 de ancho; colinda con solar de Petrona Licona, con calle en medio que va al barrio de Santa María. La venta se hace libre de censo, empeño e hipoteca, en 300 pesos de oro común que le han pagado.
Antonio García de Baldemora, vecino de Naolinco, otorga su testamento, donde declara lo siguiente: fue casado con Catalina de Acosta con quien tuvo 5 hijos legítimos. Como dote aportaron cada uno 200 pesos. Tiene como bienes la casa donde vive, 3 caballos, entre otros bienes que se enlistan.
El Capitán Luis Fernández de la Flor y Pareja, Caballero de la Orden de Santiago, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de la jurisdicción de Jalapa, dijo que para la buena y puntual administración de la Real Justicia en las partes que convenga y que haya persona que sea de las calidades que se requiere, nombra como Teniente del pueblo de Naolinco al Capitán Santiago Álvarez Ramírez, residente en este pueblo, para que conozca todos los casos civiles, criminales y haga averiguación contra quienes lo cometan.
El Licenciado Diego Martín de los Reyes, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo de Naolinco, otorga poder especial a don Baltazar de Jáuregui y Bárcena, Notario de la Audiencia Episcopal de la Ciudad de Puebla de los Ángeles, de esa vecindad, para que en su representación reciba y cobre de la Real Caja de México y de los Jueces Oficiales Reales, la cantidad de 975 pesos de oro común, que se le deben desde hace 6 años a razón de 162 pesos 4 tomines por año, por concepto de salario.
Francisco de la Barreda Gayón, vecino del pueblo de Naolinco, vende a don Francisco de Arteaga y Cuéllar, Clérigo Presbítero, vecino del pueblo de Atzalan, una esclava prieta llamada María de Barreda de 25 años más o menos marcada con una R en el lado inferior del hombro derecho, sana y sin defecto que parezca tener. La venta se hace libre de censo, empeño e hipoteca en 400 pesos de oro común que le ha dado.
José de Acosta y Josefa Lagunes, vecinos del pueblo de Naolinco, juntos de mancomún como marido y mujer, venden a Hipólito de la Peña, de la misma vecindad, una casa de piedra y zacate, que mide 16 y media varas de largo y 11 de frente, con un solar que tiene 58 varas de frente y 36 de largo, ubicado en este pueblo frente al cementerio de la parroquia, colinda con solar de María Lagunes y por otro lado con la zanja. La venta se hace en 250 pesos.
El Capitán José de Hoz Escalante, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de Jalapa y de la de Jalacingo su agregado, dijo que en el mes de febrero de este año nombró a Miguel Rogel como Teniente del pueblo de Naolinco, quien se encuentra con achaques, lo que le impide atender el empleo. Por tanto usando de la facultad que tiene, nombra como tal a Juan de Campuzano, español, para que conozca cualquier causa civil y criminal procediendo en ellas de oficio o a pedimento.
El Capitán Juan de Malpica, vecino del Desierto de Perote, el Capitán Juan Lagunes, vecino del pueblo de Naolinco, y Miguel Jiménez Carralero, vecino de Jalapa, dijeron que cuando el Capitán José de Hoz Escalante fue nombrado Alcalde Mayor, fueron fiadores en la Ciudad de México para los reales tributos que causan los naturales, en cuya virtud don José de Urrutia, Juez Contador Administrador General de Tributos, le dio comisión y facultad para su recaudación, y en atención a haberse cumplido el tiempo de la fianza y no poder seguir siéndolo, otorgan poder especial a don Francisco Félix Díaz Hidalgo Procurador del Número de la Real Audiencia, para que representando sus personas parezca ante la Contaduría de Reales Tributos, Servicio y Azogues y ante los demás tribunales a hacer los requerimientos hasta conseguir quedar sin tal obligación.