Don José Ceballos y Burgos, presentó ante Don Juan Antonio Cano Moctezuma, Alcalde Mayor de Jalapa, como testigo para la información testamentaria de Bartolomé de la Cueva, al Lic. Nicolás Rogel, vicario y ayudante de cura del partido de Naolingo, quien dijo vio firmar al otorgante la memoria de su testamento y dijo se guardase y cumpliese lo en ella contenido.
NAOLINCO, PARTIDO DE
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El Lic. Nicolás Roxer, cura beneficiado del partido eclesiástico de Naolinco, dio su poder a Don Alonso Arias de Rivadeneira, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre y representando su persona, pida, reciba y cobre de la Real Caja de Su Majestad de la ciudad de México, los pesos de oro que se le deban de tres años de servicios en el dicho beneficio, desde el 28 de mayo de 1673 en que tomó posesión.
Don José de Ceballos y Burgos, vecino de esta jurisdicción, residente en su ingenio de hacer azúcar, como principal deudor, y Don Pedro Gutiérrez de Ceballos, como su fiador, se obligaron a pagar al Lic. Andrés de Benavides, presbítero, beneficiado del partido de Naolinco, como tutor y curador de las personas y bienes de Antonio y Matías Franquez, 1,112 pesos en reales, por otros tantos que el dicho beneficiado les ha dado en reales de contado, para el día de Navidad del presente año, con el rédito del cinco por ciento anual.
Diego Lagunes, como principal deudor, y el Lic. Nicolás Roxer, cura beneficiado por Su Majestad del pueblo y partido de Naolinco, como su fiador, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Puebla de los Ángeles y a los señores hacedores de los diezmos, 540 peso de oro común que montaron los diezmos de ganado mayor, menor y demás géneros y menudencias de los partidos de Naolinco y Tlacolula, de los años venideros de 1677, 1678 y 1679, a razón de 270 pesos en cada fin de año. Asimismo, se obligaron a pagar otros 405 pesos de oro común que montaron los diezmos del partido de Misantla, correspondientes a los años 1676, 1677 y 1678, a razón de 135 pesos, en el mes de diciembre de 1677, otra cantidad igual en diciembre de 1678, y en diciembre de 1679, lo restante.
Gaspar de Heredia, vecino de la provincia de Jalapa, dueño de trapiche, y Margarita de Acosta, su legítima mujer, se obligan a pagar a los señores comisarios del cofre de la Iglesia Catedral de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, 180 pesos de oro común en reales en que se le remataron los diezmos de azúcares y mieles de los trapiches e ingenios de la cordillera de este partido y el de Naolinco, por 3 años que han de contar desde ahora hasta 1717 a razón de 60 pesos en cada uno, excluyendo en el remate el ingenio que fue del Licenciado Miguel Pérez de Medina, para lo cual se obliga Gaspar de Heredia y la mencionada Margarita de Acosta, hipotecando la parte y porción que por herencia le tocó de su padre.
El Bachiller Juan de Mazarrón, Presbítero, Cura Interino del Partido de Naolinco, otorga poder general al Licenciado Isidro Santaren de San Pedro, Cura Interino de la Catedral de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su representación se presente ante el señor Obispo y demás señores jueces eclesiásticos y acepte la colación de la capellanía de misas rezadas de 2, 000 pesos de principal, que instituyó el licenciado Francisco Feret de Saavedra, cuya sujeción y goce caen en el otorgante, como consta en el nombramiento de capellán.