NAOLINCO, DOCTRINA DE

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              MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0124 · Stuk · 1829/04/23
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Juana Viveros, otorga que da en arrendamiento a don Lucas Antonio Romero, de esta vecindad, el trapichito de moler caña nombrado Tenampa, de donde es vecina, ubicado en doctrina y jurisdicción de Naolinco de éste cantón, con el terreno preciso de los campos de caña, el zapote y el limón, y parte del terreno abierto para que paste el apero de él, que le traspasó a ella a reales de contado, y otras veinte o veinticinco cabezas más con las crías que reproduzca. También se incluyen los útiles, oficinas y todo lo anexo al trapiche, como las rentas de los que en él siembran caña, y el resto del terreno le quedaran a ella en absoluto dominio. Dicho arrendamiento empieza a contarse desde hoy y durará por término de nueve años, por precio de 410 pesos cada uno que pagará dentro de cuatro meses. Siendo condición, que ella entrega con formal inventario y avalúo por peritos designados por ambas partes, para que al cumplirse el plazo de arrendamiento, se le entregue de la misma forma, y pagarles de contado las mejoras y aumentos, tanto de la fábrica como de los campos, o en su caso le abone el, los deterioros que hubiere del mismo modo. Por tanto, don Lucas Antonio Romero aceptó lo mencionado en este contrato y ofreció por su fiador a don Bernardo Sayago, vecino de este comercio y vecindad.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0128 · Stuk · 1836/10/20
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio María de Casas, hacendado en este cantón, dijo que en el Juzgado de Tercera Nominación de esta ciudad, se han seguido autos sobre espera que el comparente solicitó de sus acreedores y después de varios trámites y de la oposición de algunos de ellos se decretó, a virtud de consentirlas el mayor número, tuviesen efecto. Y reduciéndolo a efecto, el nominado Casas confiesa ser deudor a don Bernabé de Elías Vallejo de 11 895 pesos, 4 y medio reales; a don Martín Sánchez Serrano 800 pesos; a don Gervasio Rodríguez 554 pesos 3 y medio reales; a don Bernardo Sayago 891 pesos; a don Luis García 313 pesos; a don José María Ochoa 711 pesos; a don Francisco Lerdo de Tejada 500 pesos; a don Maximiano Hidalgo 1 273 pesos 4 reales; al Diezmo 200 pesos; a don José Antonio de Agrasar 720 pesos; a don Alonso Güido de Güido 3 220 pesos; a don Juan Francisco de Bárcena 399 pesos; a don José María Ruiz 217 pesos; a don Joaquín Muñoz y Muñoz por la testamentaría de don Juan de Guisasola 1 441 pesos 7 y medio reales; a don Juan Vanegas 233 pesos; al presbítero don Francisco Antonio Gil 779 pesos; a don Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete o don Pedro Paredes y Serna 940 2 y medio reales; a don Pedro Bon y Cornide 381 pesos; a don Lorenzo Meso 136 pesos; cuya partidas hacen el total de 25 605 pesos y 6 reales. En consecuencia, otorga que se obliga a pagar esos créditos al vencimiento de los seis años estipulados según el convenio transcrito exhibido a cada acreedor y satisfaciendo durante ese término el premio de 5 por ciento anual; y para seguridad del pago hipoteca su hacienda nombrada San Antonio, ubicada en doctrina de Naolinco. Y de acuerdo con los convenios establecidos nombra por su fiador a don Antonio Rodríguez Rojo y la consorte de Rojo doña Ana Petra Ortega, quienes no estando presentes le entregaron poder a Casas para que los constituya como fiadores y pagadores de lo que faltare.

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