El Capitán Antonio de Campo, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial al Alférez Pedro Román, vecino de la Ciudad de México, para que en su representación parezca ante el Licenciado Juan de Ozaeta, Juez Superintendente de la Real Estampa de Naipes, Alcalde de la Real Sala del Crimen y Administrador General, a pedir en su nombre le den la cantidad de barajas de naipes que le parecieren, obligándose por sí sólo como su fiador o conjuntamente.
NAIPES
5 Descrição arquivística resultados para NAIPES
Domingo Mucio, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por diferentes causas y motivos que a ello le mueven, por la presente otorga que promete y se obliga de no jugar juego de naipes, dados, ni trucos, con ninguna persona y bajo ningún pretexto, en la ciudad de México, Puebla de los Ángeles, ni Veracruz ni en ninguna otra parte, excepto en esta villa y su jurisdicción, en el pueblo de Orizaba y en la suya, por tiempo de cinco años, que empiezan a correr desde esta fecha en adelante; pena que se impone de 1 500 pesos de oro común, de los cuales serán aplicados 500 para la Real Cámara de Su Majestad, otros 500 pesos para misas por almas del purgatorio y los 500 pesos restantes para el juez y denunciador de haber faltado a la obligación de esta escritura. Y para dicha cobranza da poder a cualesquier señores jueces y justicia de Su Majestad, sus ministros y su mayordomo para que en virtud de esta escritura lo puedan ejecutar.
Sem títuloDon Francisco de Thormes, dueño de recua, vecino de Jalapa, se obligó en favor de la Cofradía del Santísimo Sacramento sita en la parroquia de este pueblo, y a las cofradías fundadas en las iglesias parroquiales y catedrales de las ciudades de Puebla de los Ángeles, México y Nueva Veracruz del Santísimo Sacramento, en tal manera que si dentro del tiempo de cuatro años, a partir de hoy día de la fecha, jugare a los naipes, dados, barras y bolillos, en este pueblo y sus alrededores, en las ciudades de Puebla, México y la Nueva Veracruz, incurre en pena de 200 pesos de oro común que aplicará para el aceite de lámpara, cera y otros gastos de dicha cofradía.
Don Bartolomé de Castro, mercader vecino de Jalapa, dijo que por cuanto el Capitán Don Rodrigo Juan de Rivera Maroto, Provincial de la Santa Hermandad del Arzobispado de la ciudad de México y Obispado de Michoacán, asentista y administrador general del estanco y real fábrica de los naipes de esta Nueva España, le ha nombrado administrador en esta jurisdicción, según consta del nombramiento hecho en la ciudad de México el día 6 de julio del presente año; para que se le despache título en forma, y no se le impida por ninguna de la justicias de esta provincia, el asiento de dicha fábrica, dio su poder cumplido a Don Francisco de Tovar, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre parezca ante el Capitán Don Rodrigo Juan de Rivera Maroto, y por el tiempo de su voluntad, lo pueda obligar a la satisfacción de dicho asiento en esta jurisdicción, de todas las barajas que en ella despendiere, y que hará cada 4 meses remisión del producto de las que hubiere vendido, dándosele recibo, y con las demás cláusulas, requisitos y circunstancias que como ramo de Real Hacienda sean necesarios.
Lope de Gainza, Alguacil Mayor por Su Majestad de este partido, en nombre de Juan Fernández de Olavarria, Comisario de la Santa Cruzada, Tesorero en estas cordilleras del Obispado de Tlaxcala y Administrador de los Naipes en estas cordilleras, y en virtud de carta que tiene en su poder firmada por Mateo Barroso, vecino de México, Administrador General de la Fábrica de Naipes, manifestó 200 barajas de naipes para vender en este pueblo y su jurisdicción.