NAIPES

Elements area

Taxonomy

Code

Scope note(s)

    Source note(s)

      Display note(s)

        Hierarchical terms

        NAIPES

          Equivalent terms

          NAIPES

            Associated terms

            NAIPES

              31 Archival description results for NAIPES

              31 results directly related Exclude narrower terms
              Untitled
              MX UV.USBIX ANX-P-0013-PX_0013_0099 · Item · 18/10/1694
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El Alférez Don Juan de Sosa, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, por causas que le mueven se obligó, a que si en este pueblo jugare a los naipes, si no fuere por vía de entretenimiento, pagará a la Cofradía de Las Animas de Jalapa, 175 pesos de oro común, más la cantidad de pesos con la que se hallare jugando; así como 25 pesos para el denunciante, y dio poder a las justicias de este pueblo, para que lo compelan a lo dicho.

              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0015 · Item · 20/04/1637
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Lope de Gainza, Alguacil Mayor por Su Majestad de este partido, en nombre de Juan Fernández de Olavarria, Comisario de la Santa Cruzada, Tesorero en estas cordilleras del Obispado de Tlaxcala y Administrador de los Naipes en estas cordilleras, y en virtud de carta que tiene en su poder firmada por Mateo Barroso, vecino de México, Administrador General de la Fábrica de Naipes, manifestó 200 barajas de naipes para vender en este pueblo y su jurisdicción.

              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0046 · Item · 1701/08/02
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio Millán Quijada, mercader y vecino de esta villa de Córdoba, otorga que promete y se obliga de no jugar naipes, trucos, gallos, ni apostar con otro nombre, ni por mano de otra persona ni darle reales para que juegue por él, dentro de esta villa o fuera de ella, por tiempo de diez años y en el caso de faltar al contenido de esta escritura se impone la cantidad de 100 pesos de oro común, los cuales los aplica para doscientos misas rezadas; y de no hallarse con los reales para hacer dicha paga, pueda el mayordomo tomar de su casa cualquier prenda que valga dicha cantidad, en caso de que se lo impida lo podrá mandar a la cárcel de esta villa.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0080 · Item · 1711/07/06
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Gaspar Rendón, vecino de esta villa y mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial de esta villa, otorga haber recibido del Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Clérigo Presbítero, vecino de esta villa, 500 pesos de oro común en reales, por incurrir en la pena convencional que el susodicho se impuso, de no jugar naipes ni dados, como consta en escritura que otorgó en esta villa con fecha de 28 de junio de 1706.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0021-PC_0021_0022 · Item · 1686/04/20
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Gaspar de Carabaxal y Benavente [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente], vecino de esta villa de Córdoba, dijo que debido a los juegos se le ha recrecido mucha inquietud, pérdida y menoscabo de su caudal, lo que le ha provocado un gran perjuicio, por lo cual se obliga desde hoy día en adelante a no jugar naipes ni dados, con excepción al juego que llaman del renegado y quinqueño, pena de que cada vez que juegue naipes o dados incurra en la pena de [roto] pesos de oro común para la cofradía del Santísimo [roto].

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0022 · Item · 1697/03/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Domingo Mucio, vecino y mercader en esta villa, dijo que considerando los atrasos que se originan, así a los créditos, como a los tratos, contratos y caudales por el juego, “materia muy sensible para los hombres”; por tanto y para vivir libre de semejantes actos y no llegar por la naturaleza que me asiste [roto] el ejercicio de dicho juego, otorga que promete y se obliga a no jugar ningún juego de naipes, ni otros permitidos, ni prohibidos, en poca o mucha cantidad, por tiempo de tres años y pena de 1 000 pesos, de los cuales serán aplicados 200 pesos para la cámara [roto]; 400 pesos por mitad para la fábrica de la santa [roto] y la de San Antonio de esta villa; 300 pesos para [roto] del Purgatorio; y 100 pesos para el juez y denunciador.

              Untitled
              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0063 · Item · 26/09/1637
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Lope de Gainza, Alguacil Mayor, manifestó 500 barajas de naipes, asimismo, el corregidor le ordenó que el escribano público las rubrique.\n

              Untitled
              MX UV.USBIX ANX-P-0017-PX_0017_0186 · Item · 14/12/1721
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Juan José de Thormes, mercader vecino del pueblo de Jalapa, dijo que recibe como Alguacil Carcelero a Nicolás Bueno, vecino de la Ciudad de Tlaxcala, preso en esta cárcel por haber dado a vender dos barajas que se hallaron estar floreadas o señaladas.

              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0065 · Item · 1667/06/12
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller Joseph [José] de Cuéllar Haro, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba y su partido, otorga que se obliga a no jugar en público ni secreto así en esta villa como fuera de ella por tiempo de dos años “juego de primera tabaco quínolas ni a otro alguno de envite con naipes dados ni en otro manera”. Por el contrario declara que sólo ha de poder jugar “al renegado tablas reales y cientos y asimismo albures con las mujeres” sin que le sea permitido apostar a cada mano, más de 4 reales, en caso contrario se obliga a pagar 200 pesos de oro común a esta villa y a su mayordomo.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0008 · Item · 1705/01/14
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, Alcalde Ordinario, dijo que por diferentes causas que le asisten y en la mejor forma que haya lugar, otorga que promete y se obliga de no jugar naipes, dados, trucos ni otro juego alguno en ninguna parte de este reino, en el tiempo de cinco años, que empiezan a correr desde esta presente fecha, entendiéndose que si por accidente se pusiera a jugar cualquier juego, todas las veces que constare haber pasado la pérdida de 10 pesos, se impone pena de 1 300 pesos, los 1 000 pesos para misas a las Benditas Almas del Purgatorio, 200 para la persona que denuncie y 100 pesos para el juez.

              Untitled